Acuerdo Ejecutivo No. 050-A-2016 — Autorización al Procurador General de la República para ejercer facultades de expresa mención en demanda contencioso administrativa
Presidencia de la República
1.
Que de conformidad a los numerales 1, 2 y 11 del Artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República, entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, emitir los Acuerdos, Decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley.-
2.
Que de conformidad con el Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros.-
3.
Que corresponde a la Procuraduría General de la República comparecer en representación del Estado, conforme a las instrucciones del Poder Ejecutivo y al otorgamiento de los actos o contratos en los que estuviere interesada la Nación.-
4.
Que la Procuraduría General de la República, para poder ejercer las facultades de expresa mención consignadas en el Artículo 81 y 82 del Código Procesal Civil, para la cual se requiere la emisión de Acuerdo Ejecutivo suscrito por el Presidente de la República, según lo dispuesto en el Artículo 19, numeral 1° de su Ley Orgánica.-
5.
Que en fecha veintiséis (26) de septiembre del año dos mil once (2011) la señora MARÍA ERLINDA LANZA AMADOR, interpuso contra el Estado de Honduras, por intermedio de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, Demanda Contencioso Administrativo en materia de personal, pidiendo la A. 4 U D I -D EG T-U N AH LIC.MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 nulidad de un acto administrativo, que se declare la ilegalidad del acto, se reconozca una situación jurídica individualizada, por el despido ilegal e injusto del que fue objeto y como medida para su restablecimiento del derecho se solicita la restitución al cargo; demanda registrada en el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con el número450-11J-7.-
6.
Que en fecha veintiséis (26) de enero del año dos mil dieciséis (2016), el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, dictó sentencia definitiva, declarando PROCEDENTE la acción incoada por la ciudadana María Erlinda Lanza, por no ajustarse a derecho el acto administrativo impugnado, consistente en la Resolución GA No. 1541/02-09-2011, emitida por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros.-
7.
Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros,recurrió mediante el Recurso de Apelación mismo que fue interpuesto para que la Corte de Apelaciones mediante sentencia definitiva confirme o revoque la Sentencia dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo.-
8.
Que la parte demandante en el relacionado proceso judicial, ha propuesto a la Procuraduría General de la República, la transacción para poner fina a esta controversia, consistente en un arreglo conciliatorio, lo cual puede resultar más conveniente para el Estado de Honduras. Puesto que mediante sentencia de fecha 26 de enero de 2016, el Juzgado de Letras de Contenciosos Administrativo declara procedente la acción interpuesta contra el Estado de Honduras y condena a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros al reintegro de la demandante, más el pago de la indemnización por los salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta la fecha de su reintegro, por haber sido despedida sin causa justificada y que según cálculos efectuados por la unidad de Recursos Humanos de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros le corresponden en concepto de salarios caídos y demás derechos laborales la cantidad de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON DIECISIETE CENTAVOS (L.4,441,174.17).-
9.
Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, cuenta con el respaldo presupuestario para cubrir la obligación emanada en el presente caso; en la partida presupuestaria: “Reserva para Prestaciones Laborales”.-
10.
Que para los efectos relacionados en el Considerando anterior, mediante oficio No. 229-D-PGR-2016 de fecha 20 de junio de 2016, la Procuraduría General de la República, U D I -D EG T-U N AH de conformidad a la Atribución 3a de su Ley Orgánica, ha solicitado ante el Poder Ejecutivo la emisión del Acuerdo Ejecutivo mediante el cual se autorice a esta Representación Legal del Estado, para que en nombre del Estado de Honduras ejerza las facultades de Expresa Mención Consignadas en los Artículos 81 y 82 del Código Procesal Civil.-
11.
Que según Acuerdo Ejecutivo Número 031-2015 de fecha 01 de junio de 2015, el Presidente de la República, ciudadano JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO, delegó la facultad de firmar los Acuerdos Ejecutivos de Autorizaciones al Procurador General de la República para Ejecutar Facultades de Expresa Mención en las demandas promovidas contra el Estado de Honduras, en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno, JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO.-
Articulo 1
Autorizar al señor Procurador General de la República, Abogado Abraham Alvarenga Urbina, para que en nombra y representación del Estado de Honduras, ejerza las facultades de Expresa Mención, las consignadas en los Artículos 81 y 82 del vigente Código Procesal Civil, Artículos 1 y 19 Atribución Primera de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República según corresponda o sean las aplicables de conformidad al proceso judicial particular relacionado en el presente Acuerdo Ejecutivo; específicamente las FACULTADES DE DESISTIR EN PRIMERA INSTANCIA DE LA ACCIÓN DEDUCIDA, ABSORVER POSICIONES, RENUNCIAR DE LOS RECURSOS Y TÉRMINOS LEGALES, CONCILIAR, TRANSIGIR, APROBAR CONVENIOS, en la Demanda Contencioso Adminis- trativo para el reintegro más el pago de salarios dejados de percibir a Título de daños y perjuicios, promovida por la ciudadana María Erlinda Lanza Amador, contra el Estado de Honduras por intermedio de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, ante el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, registrada bajo el número 450-11 J-7.-
Articulo 2
El presente Acuedo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en “La Gaceta” Diario Oficial de la República.- Dado en la ciudad de Tegucigalpa, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016).- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- (F y S) JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO, SECRETARIO DE ESTADO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO, por delegación del Presidente de la República, Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 25 de noviembre de 2015.- (F y S) REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA, Secretario de Estado, Secretaría de la Presidencia”. JOSÉ LUIS VALLADARES GUIFARRO Secretario General Secretaría de la Presidencia U D I -D EG T-U N AH Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
Acuerdo No. 08-2017 — Cancelación de Delia Francisca Rivas Lobo del cargo de Subsecretaria de Salud
Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
1.
Cancelar a la ciudadana DELIA FRANCISCA RIVAS LOBO, del cargo Subsecretaria de Salud en el área de Inversiones y Proyectos, de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud,a quien se le rinden las gracias por los servicios prestados.
2.
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha de notificación y debe publicarse en “La Gaceta” Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa,municipio del Distrito Cen- tral,a los dos(02)días del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017). REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONELAYALAALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓNY DESCENTRALIZACIÓN Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
Articulo 1
Cancelar a la ciudadana DELIA FRANCISCA RIVAS LOBO, del cargo Subsecretaria de Salud en el área de Inversiones y Proyectos, de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud,a quien se le rinden las gracias por los servicios prestados.
Articulo 2
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha de notificación y debe publicarse en “La Gaceta” Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa,municipio del Distrito Cen- tral,a los dos(02)días del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017). REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONELAYALAALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓNY DESCENTRALIZACIÓN Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
Acuerdo No. 09-2017 — Nombramiento de Delia Francisca Rivas Lobo como Secretaria de Estado en el Despacho de Salud
Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
1.
Nombrar a la ciudadana DELIA FRANCISCA RIVAS LOBO,en el cargo de Secretaria de Estado en el Despacho de Salud.
2.
La nombrada tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley,el juramento que establece el segundo párrafo del Artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.
3.
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha de notificación y debe publicarse en “La Gaceta” Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa,municipio del Distrito Cen- tral,a los dos(02)días del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017). REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONELAYALAALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓNY DESCENTRALIZACIÓN U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales Sección “B” CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “
Articulo 1
Nombrar a la ciudadana DELIA FRANCISCA RIVAS LOBO,en el cargo de Secretaria de Estado en el Despacho de Salud.
Articulo 2
La nombrada tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley,el juramento que establece el segundo párrafo del Artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.
Articulo 3
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha de notificación y debe publicarse en “La Gaceta” Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa,municipio del Distrito Cen- tral,a los dos(02)días del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017). REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONELAYALAALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓNY DESCENTRALIZACIÓN U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales Sección “B” CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “
Resolución No. 911-2016 — Concesión de Personalidad Jurídica y Aprobación de Estatutos a Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Comunidad del Coyol de Linaca
Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
1.
Que la JUNTA ADMINISTRA- DORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL COYOL DE LINACA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.
2.
Que el Presidente de la República emitió el ACUERDO EJECUTIVO No. 46-2014, de fecha diez de febrero del año dos mil catorce, se nombró a la ciudadana CLARISA EVELIN MORALES REYES, Subsecretaria de Estado en los Despachos de Gobernación y Descentralización.
3.
Que el señor Secretario de Estado, en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial No. 410-2016, de fecha 15 de junio de 2016, delegó en la ciudadana CLARISA EVELIN MORALES REYES, Subsecretaria de Estado en los Despachos de Gobernación y Descentralización, la facultad de firmar las resoluciones, acuerdos y demás trámites administrativos cuyo conocimiento corresponde a esta Secretaría de Estado.
4.
Que de acuerdo al Artículo 26 numeral 2 de la Ley General de la Administración Pública, los Subsecretarios de Estado en ausencia o impedimento legal sustituirán a los Secretarios de Estado.
Articulo 1
Se constituye la organización cuya denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL COYOL DE LINACA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, como una Asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad del Coyol.
Articulo 2
El domicilio será en la comunidad del Coyol de Linaca,municipio de Choluteca,departamento de Choluteca y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.
Articulo 3
Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS
Articulo 4
El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.
Articulo 5
La organización tendrá los siguientes objetivos:
a)
Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.
b)
Asegurar una correcta administración del sistema. c.-Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.
Articulo 6
Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:
a)
Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias.
b)
Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados.
c)
Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema.
d)
Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales.
e)
Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema.
f)
Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema.
g)
Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca.
h)
Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS
Articulo 7
La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros:
a)
Fundadores; y,
b)
Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.
Articulo 8
Son derechos de los miembros:
a)
Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto.
b)
Elegir y ser electos.
c)
Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva.
d)
Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios.
e)
Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.-Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.
Articulo 9
Son obligaciones de los miembros: a.-Conectarse al sistema de saneamiento. b.-Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO
Articulo 10
La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de:
a)
Asamblea de Usuarios.
b)
Junta Directiva.
c)
Comités de Apoyo. U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS
Articulo 11
La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.
Articulo 12
Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.-Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.-Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las Comisiones o Comités de Apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA
Articulo 13
Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua Potable y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros:
a)
Un Presidente(a).
b)
Un Vicepresidente. c.-Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales.
Articulo 14
La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a)
Mantener un presupuesto de ingresos y egresos.
b)
Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.
c)
Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua.
d)
Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.
e)
Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.
f)
Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses.
g)
Cancelar o suspender el servicio de agua.
h)
Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.
i)
Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.
Articulo 15
Son atribuciones del PRESIDENTE(A):
a)
Convocar a sesiones.
b)
Abrir, presidir y cerrar las sesiones.
c)
Elaborar junto con el Secretario la agenda.
d)
Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones.
e)
Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos.
f)
Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.
Articulo 16
Son atribuciones del VICEPRE- SIDENTE:
a)
Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General.
b)
Supervisará las comisiones que se establezcan.
c)
Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.
Articulo 17
Son atribuciones del SECRETARIO:
a)
Llevar el libro de actas.
b)
Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos.
c)
Encargarse de la correspondencia.
d)
Convocar junto con el Presidente.
e)
Llevar el registro de abonados.
f)
Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento.
g)
Manejo de planillas de mano de obras.
Articulo 18
Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos:
a)
Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.
b)
Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.
c)
Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).
d)
Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad.
e)
Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas.
f)
Llevar el inventario de los bienes de la Junta.
g)
Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos.
h)
Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.
Articulo 19
Son atribuciones del FISCAL:
a)
Es el encargado de fiscalizar los fondos de la Organización.
b)
Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.
c)
Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta.
d)
Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.
Articulo 20
Son atribuciones de LOS VOCALES:
a)
Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.
b)
Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico.
c)
Los Vocales coordinarán el Comité U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.
Articulo 21
Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.-Trimestralmente en forma Ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO
Articulo 22
La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo:
a)
Comité de Operación y Mantenimiento.
b)
Comité de Microcuenca.
c)
Comité de Saneamiento.
d)
Comité de Vigilancia.
Articulo 23
Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO
Articulo 24
Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados. b.-Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.
Articulo 25
Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Articulo 26
Causas de Disolución:
a)
Por Sentencia Judicial.
b)
Por resolución del Poder Ejecutivo.
c)
Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó.
d)
Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 27
El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.
Articulo 28
Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL COYOL DE LINACA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL COYOL DE LINACA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL COYOL DE LINACA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL COYOL DE LINACA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se hará de conformidad a sus Estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente Resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL COYOL DE LINACA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecinueve días del mes de octubre de dos mil dieciséis. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 11 E. 2017. _______ JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL SANTA ROSA DE COPÁN
Juzgado de Letras de la Sección Judicial Santa Rosa de Copán
REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: HERNAN MEJIA, mayor de edad, casado, labrador, hondureño, con Identidad número 0405-1953-00127, vecino del Azaharillo, municipio de San Pedro Copán, departamento de Copán, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, de un inmueble ubicado en el lugar Azaharillo, del municipio de San Pedro Copán, departamento de Copán, que consta de cuatro Manzanas, que tiene la siguiente relación de medidas siguientes: Al Norte, colinda con quebrada de por medio con Manuel Santos y Santos Antonio Díaz; al Sur, colinda con calle de por medio con Felicita Mejía, Escuela El Progreso Azaharillo y Manuel Santos; al Este, colinda con Laura Maribel Romero; y, al Oeste, colinda con quebrada de por medio y con Jorge Sanabria. Dicho terreno lo ha poseído en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de diez años, y en la que los testigos JORGE ALBERTO SANABRIA MARTINEZ, FELICITA PAZ MEJIA y SANTOS ANTONIO DIAZ, quienes afirmaran ser cierto. Santa Rosa de Copán, 27 de octubre del año dos mil dieciséis. GERMAN VICENTE COREA MURILLO SECRETARIO 7 D. 2016., 11 E., y 11 F. 2017.
Certificación No. 342-16 — Cancelación de Marca de Fábrica Mutaflor
Instituto de la Propiedad - Departamento Legal de Propiedad Industrial
Articulo 1
Declarar CON LUGAR, la Solicitud de Cancelación No.10307-16, del Registro de la Marca de Fábrica MUTAFLOR, clase internacional (05), registrada bajo No.114383 del Tomo 317, Folio 118, en fecha 15 de noviembre del 2010, a favor de la Sociedad Mercantil ALTIAN PHARMA, S.A., Solicitud de Cancelación presentada el 08 de marzo del 2016, por el Abogado MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil PHARMA-ZENTRALE GMBH, en virtud que el titular del derecho protegido no acreditó haber usado la Marca de Fábrica, en el país durante los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de cancelación, ni haber pagado la tasa anual de rehabilitación por no uso. SEGUNDO: Una vez firme la presente resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar la presente por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un Diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el Libro de Registro y en la Base de Datos correspondiente. La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de a la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFÍQUESE. Firma la presente el Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, autorizado mediante Acuerdo de Delegación de firma No.001-2010 de fecha 09 de julio del 2010. FIRMA Y SELLO. ABOG. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, JEFE DEPARTAMENTO LEGAL. FIRMA Y SELLO. LIC. ZOILA ROSA INESTROZA,OFICIAL JURÍDICO. Tegucigalpa, M.D.C., 21 de noviembre del 2016. Firma la presente el Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, autorizado mediante Acuerdo de Delegación de Firma No. 001-2010 de fecha 09 de julio del 2010. ABOG.FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Jefe Departamento Legal 11E.2016. CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaría General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo, que literalmente dice:
Certificación No. 1076-2016 — Licencia de Distribuidor No Exclusivo para Distribuidora Comercial S.A. (DICOSA)
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
LICENCIA DE DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A. (DICOSA), como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO, de la Empresa Concedente TECFEN MEDICAL, de nacionalidad estadounidense; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. Otorgada mediante Resolución Número 1076-2016 de fecha 11 de noviembre del año 2016, mediante Carta de fecha 3 de agosto de 2016; Fecha de Vencimiento: POR TIEMPO INDEFINIDO. ALDO R. VILLAFRANCA, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No.108-2016. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaría General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 11 E. 2017. _______ LA no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito
Aviso No. 2015-032234 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica FUJI ELECTRIC Y DISEÑO, Clase 7
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2015-032234 [2] Fecha de presentación: 12/08/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: FUJI ELECTRIC CO., LTD. [4.1] Domicilio: 1-1, TANABESHINDEN, KAWASAKI-KU, KAWASAKI- SHI, KANAGAWA 210-9530, Japón. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FUJI ELECTRIC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Máquinas y herramientas para trabajar metal; máquinas y aparatos para construcción; máquinas y aparatos de carga y descarga; máquinas y aparatos de procesamiento químico; máquinas y aparatos textiles; máquinas y aparatos para procesar alimentos o bebidas; máquinas y aparatos de corte, carpintería, chapado o contrachapados de madera; máquinas y aparatos para fabricación o procesamiento de pulpa de papel o papel; máquinas y aparatos de impresión y encuadernación; máquinas y aparatos de procesamiento de plástico; máquinas y sistemas para la fabricación de semiconductores; máquinas y aparatos para la fabricación de artículos de caucho; motores no eléctricos, que no sean para vehículos (excepto molinos de agua y molinos de viento); molinos de agua; molinos de viento; máquinas e instrumentos neumáticos e hidráulicos; timbrado ras automáticas; lavadoras eléctricas para uso industrial; máquinas mezcladoras de alimentos para uso comercial; máquinas para pelar alimentos para uso comercial; máquinas lavavajillas para uso industrial; máquinas de uso comercial para cortar, picar y rebanar alimentos; máquinas eléctricas de uso industrial para encerar; aspiradoras para uso industrial; máquinas y aparatos para la reparación y arreglo de otras maquinarias; sistemas mecánicos de estacionamiento; máquinas y aparatos para com pactar residuos; máquinas trituradoras de residuos; arranques para motores y máquinas, motores de corriente alterna y continua (excepto aquellos para vehículos terrestres pero incluyendo las partes para cualquier motor de corriente alterna o continua), generadores de corriente alterna (alternadores); generadores de corriente continua; máquinas herramientas para trabajar metales, tales como máquinas para el corte, estampado y gravado de metales por medio de láser; prensas punzonadoras (para metalurgia); máquinas para conformar (para la metalurgia), máquinas para serrar metales; máquinas rectificadores (para metalurgia); máquinas perforadoras (para metalurgia); máquinas de corte (para metalurgia), tornos (para metalurgia); mortajadoras (para metalurgia), mandrinadoras (para metalurgia); fileteadoras; roscado ras; máquinas para tallar y acabar engranajes;fresadoras(para metalurgia);máquinas de escariado(para metalurgia); máquinas de cepillado (para metalurgia); bruñidores (para metalurgia); máquinas de perforación (para metalurgia); máquinas de esmeril ad o (para metalurgia); máquinas de conformación de metales primarios y sus aparatos; máquinas laminadoras (para metalurgia); fábricas de tubos (para metalurgia); máquinas de extrusión de alambre;máquinas de trefilado;máquinas y aparatos de conformación de metales secundarios; prensas mecánicas (para metalurgia); prensas hidráulicas (para la metalurgia); cizallas (para metalurgia); máquinas de forja (para metalurgia); curvadoras (para metalurgia); prensas hidráulicas de aceite (para metalurgia); máquinas de conformación de alambre; máquinas de soldadura de gas; máquinas de corte y soldadura de ac etileno y oxígeno; máquinas de soldadura eléctrica; herramientas de mano motorizadas; máquinas y aparatos de procesamiento de fibra química; máquinas y aparatos de procesamiento de cereales, rodillos de presión de cebada; molinos de harina; máquinas pulidoras de arroz o cebada; máquinas para hacer fideos; máquinas para el corte de cebada; máquinas homogeneizadoras de leche; máquinas para fabricación de queso; máquinas de mantequilla; máquinas y aparatos de procesamiento de carne; máquinas de salchichas; picadoras de carne; máquinas para descamación de carne de pescado seco; máquinas para la fabricación de pasta de pescado; máquinas para en la tar; máquinas cortadoras de raíz; máquinas para hacer gaseosas; máquinas de procesamiento de té; máquinas para la industria azucarera; máquinas de embotellado; aparatos para elaborar agua mineral; máquinas para rallar hortalizas; maquinaria de procesado de láminas de semiconductores; motores de combustión interna (excepto para vehículos terrestres); motores de gasolina (excepto para vehículos terrestres); silenciadores para motores y máquinas; motores diesel (excepto para vehículos terrestres); bujías de encendido (excepto para vehículos terrestres); motores de queroseno (excepto para vehículos terrestres); motores de bola caliente (excepto para vehículos terrestres); máquinas de vapor (excepto para vehículos terrestres); motores marinos de vapor (excepto para vehículos terrestres); motores terrestres de vapor (excepto para vehículos terrestres); motores a reacción (excepto para vehículos terrestres); turborreactores (excepto para vehículos terrestres); motores turbo hélice (excepto para vehículos terrestres); motores esta torre actores (excepto para vehículos terrestres); motores cohete (excepto para vehículos terrestres); turbinas (excepto para vehículos terrestres); turbinas de gas (excepto para vehículos terrestres); turbinas de aire (excepto para vehículos terrestres); turbinas de vapor (excepto para vehículos terrestres); turbinas hidráulicas (excepto para vehículos terrestres); motores de aire comprimido (excepto para vehículos terrestres), ventiladores para máquinas y motores; impulsores nucleares; turbinas hidráulicas; bombas (para fines no específicos); bombas centrífugas (no para uso específico); bombas alternativas (para uso no específico); bombas rotativas (para uso no específico); bombas de vacío (para uso no específico); bombas de flujo axial (para uso no específico); bombas de flujo mixto (para uso no específico); bombas de vacío de alternativo (para uso no específico); bombas de vacío rotativo (para uso no específico); bombas de difusión (para uso no específico); sopladores y sopletes (para uso no específico); sopladores centrífugos (para uso no especifico); sopladores rotativos (para uso no específico); ventiladores de flujo axial (para uso no específico); sopladores turbo (para uso no específico); compresores (para fines no específicos); compresores centrífugos (para uso no específico); compresores alternativos (para uso no específico); compresores rotativos (para uso no específico); compresores de flujo axial (para uso no específico); turbocompresores (para fines no específicos); elevadores de accionamiento para estacionamientos de vehículos terrestres; batidores para fines industriales; motores lineales para el control de puertas corredizas automáticas instaladas en vagones eléctricos o en plataformas; timbrado ras; generadores eléctricos geo térmicos; generadores termoeléctricos; generadores hidroeléctricos; generadores eléctricos eólicos; turbogeneradores; generadores de energía de emergencia; aparatos de apertura y cierre neumático para las puertas de vagones de ferrocarriles; aparatos de apertura y cierre hidráulico para las puertas de vagones de ferrocarriles,máquinas para elaborar bebidas gaseosas; aparatos para elaborar aguas gaseosas; máquinas electromecánicas para preparar bebidas; motores eléctricos para buques; e rv o motores; mandos electromecánicos para equipos operativos y motores por medio de control de la corriente; calderas de máquinas de vapor; aparatos de soldadura por arco eléctrico; aparatos eléctricos de corte de metal (por arco, gas o plasma); aparatos de soldadura eléctrica; máquinas expendedoras; distribuidores de gasolina para estaciones de servicio; paneles, paneles de control y teclados para bombas de gasolina; abrepuertas eléctricos; pre calentadores de aire (para uso industrial); sobre calentadores de vapor (para uso industrial); atemperadores (atemperadores de vapor); fogoneros (proveedores de arbón); aparatos para eliminación de cenizas (eyectores de cenizas para calderas); máquinas para hacer helados; máquinas de fabricación de productos de confitería; máquinas para hacer leche en polvo; máquinas para hacer leche condensada.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de septiembre del año 2016. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017
Aviso No. 2014-023564 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica FUJI ELECTRIC Y DISEÑO, Clase 9
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2014-023564 [2] Fecha de presentación: 04/07/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: FUJI ELECTRIC CO., LTD. [4.1] Domicilio: 1-1, TANABESHINDEN, KAWASAKI-KU, KAWASAKI, KANAGAWA 210-9530, Japón. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FUJI ELECTRIC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Ozonizadores; electrolizadores; cajas registradoras; máquinas para contar o clasificar las monedas; paneles eléctricos para la visualización de cifras objetivo, resultados actuales o similares; máquinas fotocopiadoras; aparatos e instrumentos de dibujo adaptados para uso con ordenadores; máquinas estampado ras de fecha y hora; relojes (dispositivos de registro de tiempo); máquinas de fichas perforadas para oficina; máquinas de votación; aparatos de verificación de sellos postales; indicadores de gasolina; puertas para estacionamientos que funcionan con monedas; alarmas contra incendios; alarmas de gas; aparatos antirrobo; instrumentos y aparatos fotográficos; instrumentos y aparatos cinematográficos; aparatos e instrumentos ópticos; máquinas e instrumentos de medición o ensayo; máquinas y aparatos de distribución o de control de energía; convertidores rotativos; modificadores de fase; baterías y pilas; medidores y probadores eléctricos o magnéticos; hilos y cables eléctricos; dispositivos y aparatos de telecomunicaciones; máquinas y aparatos electrónicos y sus partes; máquinas eléctricas para la detección de monedas falsas; detectores de fugas de gas; alarmas antirrobo; máquinas y aparatos de medición de unidades estándar; indicadores de temperatura; gasómetros; termómetros; contadores de agua; balanzas; planímetros; máquinas y aparatos de medición de la unidad derivada; medidores de presión (manómetros); indicadores de nivel; metros acústicos; tacómetros; acelerómetros; refractómetros; metros de flujo luminoso; fotómetros; altímetros; higrómetros; metros de iluminación; medidores de vibración; medidores de ruido; bitácoras (máquinas de medición); indicadores de velocidad; calorímetros; viscosímetros; medidores de concentración o tensión; gravímetros; densímetros; dinamómetros; caudalímetros; máquinas y aparatos para pruebas de llanura; máquinas e instrumentos automáticos de control de presión; máquinas e instrumentos automáticos de control de flujo de líquidos; máquinas e instrumentos automáticos de control de la composición de fluidos; máquinas e instrumentos automáticos de control de nivel de líquidos; máquinas e instrumentos automáticos de control de combustión; máquinas o aparatos de medición de distancia (telémetros); instrumentos para su uso en la medición / vigilancia de la contaminación atmosférica y del agua; analizadores de gases; aparatos de medición de radiación; monitores de radiación; temporizadores para uso industrial; aparatos de alta frecuencia; cajas de derivación (electricidad); disyuntores; condensadores; cuadros de distribución (electricidad); cerrado res de circuito eléctrico; conectores eléctricos; rectificadores de corriente eléctrica; reactores eléctricos; relés eléctricos; resistencias eléctricas; fusibles eléctricos;interruptores eléctricos;transformadores eléctricos;reguladores de voltaje de inducción; inversores (electricidad); pararrayos; interruptores locales; controladores programables; aparatos de suministro de energía eléctrica; medidores eléctricos; dispositivos de contacto eléctrico; baterías eléctricas, células solares y baterías, pilas de combustible; máquinas y aparatos de radiocomunicación aeronáutica; aparatos de conmutación automática para la telecomunicación;máquinas y aparatos de transmisión por cable;máquinas y aparatos de navegación loran; aparatos de conmutación manual para la telecomunicación; máquinas y aparatos de radiocomunicación marina; máquinas y aparatos de radiocomunicación multicanal para estaciones fijas; aparatos de navegación para vehículos (ordenadores de a bordo); máquinas y aparatos de comunicación por radio portátil; aparatos telefónicos portátiles; máquinas y aparatos de radar; máquinas y aparatos de baliza de radio; radiogoniómetros; receptores de ondas de radio; transmisores de ondas de radio; máquinas, e instrumentos de control remoto de telemetría;máquinas y aparatos de radiocomunicación individual y aparatos para estaciones fijas; aparatos telefónicos; aparatos telefónicos para aparatos de intercomunicación; receptores de televisión; transmisores de televisión; máquinas y aparatos de radiocomunicación vehicular;cámaras digitales;cámaras de vídeo (videocámaras); tubos de rayos catódicos; computadoras; periféricos de computadoras; programas informáticos, ciclotrones (para uso no médico); equipos y computadoras para procesamiento y transmisión de datos; ecosondas; tubos de descarga eléctrica que no sean para la iluminación; microscopios electrónicos; calculadoras electrónicas de mesa; sistemas electrónicos de cierre de puertas; máquinas copiadoras electrostáticas; contadores geiger; soldadoras de alta frecuencia; máquinas y aparatos para hidrófonos; betatrones industriales (para uso no médico); máquinas y aparatos industriales de rayos x (para uso no médico); circuitos integrados; circuitos integrados a gran escala; detectores de objetos magnéticos; máquinas de prospección magnética; tubos foto sensibles (células fotoeléctricas); partes de fotocopiadoras, tales como el miembro foto sensible de electro fotografía para su uso en máquinas fotocopiadoras; rectificador tubos; máquinas y aparatos de exploración sísmica; elementos semiconductores, tales como termistores, diodos, transistores, transistores con efecto de campo a base de semiconductores de metal óxido, transistores bipolar es de puerta aislados; soportes magnéticos de datos en blanco, discos de grabación, tales como, discos compactos, dvd, discos magneto-ópticos, discos duros; estuches protectores para discos magnéticos; detectores de defectos por ultra sonidos; sensores ultrasónicos; software programable por el usuario instalado en los ordenadores para controlar equipos, máquinas y robots utilizados para fines industriales; tubos de vacío; procesadores de texto; tubos de rayos x (para uso no médico); amplificadores; paneles táctiles programables de operación con pantallas eléctricas; ohmímetros; oscilógrafos (osciloscopios); variómetros; indicadores de fase; probadores de circuitos; aparatos de diagnóstico que no sean para uso médico; aparatos de medición de parámetros de antena; detectores (medidores eléctricos o magnéticos y probadores); galvanómetros; detectores de tierra (detectores de fugas eléctricas); magnetómetros; medidores de frecuencia; probadores característicos de tubo de vacío; medidores de vatios hora; instrumentos de medición de resistencia; voltímetros; indicadores de pérdidas eléctricas; medidores de ondas; amperímetros; vatímetros; medidores de longitud de onda; osciladores; medidores de capacidad (medidores eléctricos o magnéticos y probadores); cajas de acumulador; pilas galvánicas; cajas de baterías; pilas secas; células fotovoltaicas; baterías de alta tensión; células húmedas; frascos acumuladores; baterías para la iluminación; frascos para baterías; baterías de ánodos; contadores; g1ro compases; termostatos; instrumentos de observación; aparatos de medición; dispositivos de medición eléctricos; indicadores (electricidad); cargadores de baterías; cargadores de baterías eléctricas. dosímetros; luces indicadoras (para aparatos de telecomunicación); baterías solares; células solares; detectores de radiación; monitores de radiación, dosímetros personales electrónicos; estabilizadores de tensión para la energía eólica y la generación de energía fotovoltaica; acondicionadores de potencia que convierten la corriente con- tinua producida en corriente alterna; sistemas de vigilancia y control de la energía; semiconductores; transistores bipolar es de puerta aislada; transistores de efecto de campo de semi conductor metal- óxido; medidores de vatio-hora utilizados para gestionar la información sobre la oferta y la demanda de electricidad a través de una red de telecomunicaciones (contadores inteligentes); rectificadores de alta capacidad; sistemas de alimentación ininterrumpida de energía; transformadores para vehículos terrestres; aparatos de apertura y cierre eléctrico para puertas de vagones de ferrocarriles; contactores magnéticos, contactores de estado sólido; máquinas e instrumentos de ajuste / regulación automática; máquinas e instrumentos de control automático de temperatura; máquinas e instrumentos automáticos de control de vacío; máquinas automáticas e instrumentos de con- trol de calorías; máquinas e instrumentos de control de programa; convertidores eléctricos; máquinas y aparatos de transmisión de alambres abiertos; máquinas y aparatos de transmisión en línea de alimentación; dispositivos y aparatos de frecuencia de vídeo.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de octubre del año 2016. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017
Aviso No. 2015-032233 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica FUJI ELECTRIC Y DISEÑO, Clase 12
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2015-032233 [2] Fecha de presentación: 12-08-2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: FUJI ELECTRIC CO., LTD. [4.1] Domicilio: 1-1, TANABESHINDEN, KAWASAKI-KU, KAWASAKI-SHI, KANAGAWA 210- 9530, Japón. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FUJI ELECTRIC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Motores principales no eléctricos para vehículos terrestres (no incluye sus partes); motores de corriente alterna o motores de corriente continua para vehículos terrestres (no incluye sus partes); embarcaciones y sus partes y accesorios (que no sean aerodeslizadores); aerodeslizadores; aeronaves y sus partes y accesorios; material rodante ferroviario y sus partes y accesorios; automóviles y sus partes y accesorios; vehículos de dos ruedas a motor, bicicletas y accesorios; motores de inducción para vehículos terrestres; cajas de cambio para vehículos terrestres; engranajes para vehículos terrestres; máquinas motrices para vehículos terrestres; reactor de filtro para vehículos terrestres; inversores y convertidores para controlar el funcionamiento del material rodante para vehículos terrestres.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de septiembre del año 2016. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017
Aviso No. 16-33204 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica QUIRELLI & Diseño, Clase 25
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 16-33204 2/ Fecha de presentación: 18-08-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DISTRIBUIDORA QLI S.A.P.I. DE C.V. 4.1/ Domicilio: BLVD. FRANCISCO VILLA #201-1, COL. ORIENTAL LEÓN, GUANAJUATO, MÉXICO 37510. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QUIRELLI & Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Calzado, prendas de vestir y sombrerería. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-09-16. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017
Aviso No. 2016-12988 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica HEPATIN, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2016-12988 2/ Fecha de presentación: 29-03-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Laboratorios Biomont, S.A. 4.1/ Domicilio: Av. Industrial No. 184, Ate, Provincia y Departamento de Lima. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Perú
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HEPATIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos veterinarios. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel.
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-09-16. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017 HEPATIN
Aviso No. 2016-12990 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica QUETAMIN, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2016-12990 2/ Fecha de presentación: 29-03-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Laboratorios Biomont, S.A. 4.1/ Domicilio: Av. Industrial No. 184, Ate, Provincia y Departamento de Lima. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Perú
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QUETAMIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos veterinarios. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel.
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-09-16. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017 QUETAMIN
Aviso No. 16-26583 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica EXXODO, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 16-26583 2/ Fecha de presentación: 29-06-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXXODO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO.
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-09-16. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017 EXXODO
Aviso No. 16-26584 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica EXITO, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 16-26584 2/ Fecha de presentación: 29-06-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXITO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO.
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-09-16. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017 EXITO
Aviso No. 16-26585 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica VELMARK, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 16-26585 2/ Fecha de presentación: 29-06-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VELMARK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO.
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-09-2016. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017 VELMARK
Aviso No. 16-26586 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica ATRAPRIM, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 16-26586 2/ Fecha de presentación: 29-06-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ATRAPRIM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO.
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-09-2016. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017 ATRAPRIM
Aviso No. 16-26588 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica KARACOLIO, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 16-26588 2/ Fecha de presentación: 29-06-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KARACOLIO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO.
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-09-2016. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017 KARACOLIO
Aviso No. 16-26589 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica CPF KONTROL, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 16-26589 2/ Fecha de presentación: 29-06-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CPF KONTROL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO.
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-09-2016. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017 CPF KONTROL
Aviso No. 2016-030334 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica BIOSAVIT Y DISEÑO, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030334 [2] Fecha de presentación: 26/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: BIOCOMBUSTIBLES Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (BIOSA). [4.1] Domicilio: ALDEA RIO NANCE, MUNICIPIO DE CHOLOMA DEPARTAMENTO DE CORTÉS, KM. 15 A CORTÉS, EDIFICIO EXP O FRUTA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIOSAVIT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suplemento alimenticio y minerales.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ELVIN ONAN RODRÍGUEZ ALVARENGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de noviembre del año 2016. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “BIOSAVIT” no se protege la palabra MULTIVITAMINS, que aparece en los ejemplares de etiquetas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E . 2017.
Aviso No. 2016-030339 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio BIOSAVIT Y DISEÑO, Clase 35
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030339 [2] Fecha de presentación: 26/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: BIOCOMBUSTIBLES Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (BIOSA). [4.1] Domicilio: ALDEA RIO NANCE, MUNICIPIO DE CHOLOMA DEPARTAMENTO DE CORTÉS, KM. 15 A CORTÉS, EDIFICIO EXP O FRUTA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIOSAVIT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ELVIN ONAN RODRÍGUEZ ALVARENGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de octubre del año 2016. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E . 2017.
Aviso No. 2016-030337 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica BIOSAVIT Y DISEÑO, Clase 29
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030337 [2] Fecha de presentación: 26/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: BIOCOMBUSTIBLES Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (BIOSA). [4.1] Domicilio: ALDEA RIO NANCE, MUNICIPIO DE CHOLOMA DEPARTAMENTO DE CORTÉS, KM. 15 A CORTÉS, EDIFICIO EXP O FRUTA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIOSAVIT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Aceites y grasas comestibles.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ELVIN ONAN RODRÍGUEZ ALVARENGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de noviembre del año 2016. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “BIOSAVIT” no se protege la palabra GLYCERINE, que aparece en los ejemplares de etiquetas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E . 2017.
Aviso No. 2016-030342 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica BIOSAVIT Y DISEÑO, Clase 5
Instituto de la Propiedad - Registrador de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030342 [2] Fecha de presentación: 26/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: BIOCOMBUSTIBLES Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (BIOSA). [4.1] Domicilio: ALDEA RIO NANCE, MUNICIPIO DE CHOLOMA DEPARTAMENTO DE CORTÉS, KM. 15 A CORTÉS, EDIFICIO EXP O FRUTA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIOSAVIT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suplemento alimenticio y minerales
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ELVIN ONAN RODRÍGUEZ ALVARENGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de noviembre del año 2016. 12] Reservas: Se protege únicamente como denominación “BIOSAVIT” no se protege la palabra SQUALENE. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E . 2017.
Aviso No. 2016-030341 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA BIOSAVIT Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030341 [2] Fecha de presentación: 26/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: BIOCOMBUSTIBLES Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (BIOSA). [4.1] Domicilio: ALDEA RIO NANCE, MUNICIPIO DE CHOLOMA DEPARTAMENTO DE CORTÉS, KM. 15 A CORTÉS, EDIFICIO EXP O FRUTA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIOSAVIT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suplemento alimenticio y minerales
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ELVIN ONAN RODRÍGUEZ ALVARENGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de noviembre del año 2016. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “BIOSAVIT” no se protege la palabra TOCOTRIENOL, que aparece en los ejemplares de etiquetas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E . 2017
Aviso No. 2016-039001 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO OUTLETBRANDS Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-039001 [2] Fecha de presentación: 27/09/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante:SOCIEDAD FASHION COMPANY,S.DER.L. [4.1] Domicilio: COLONIA PERFECTO VASQUEZ, SECTOR EL POLVORIN, 33 CALLE COMPLEJO DE OFICINAS BLUEWARE HOUSE, LOCAL No.5,SAN PEDRO SULA,TEL.2580-1453/1431, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5]Registro Básico:NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6]Denominación y [6.1]Distintivo: OUTLET BRANDS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Venta de zapatilla, ropa y accesorios.
D)
APODERADO LEGAL [9]Nombre: JOSÉ ARTURO ZELAYA MARADIAGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2016. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E . 2017.
Aviso No. 2016-039003 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO FAMOUS BRANDS Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-039003 [2] Fecha de presentación: 27/09/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante:SOCIEDAD FASHION COMPANY,S.DER.L. [4.1] Domicilio: COLONIA PERFECTO VASQUEZ, SECTOR EL POLVORIN, 33 CALLE COMPLEJO DE OFICINAS BLUEWARE HOUSE, LOCAL No.5,SAN PEDRO SULA,TEL.2580-1453/1431, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5]Registro Básico:NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FAMOUS BRANDS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Venta de zapatilla, ropa y accesorios.
D)
APODERADO LEGAL [9]Nombre: JOSÉ ARTURO ZELAYA MARADIAGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2016. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E . 2017.
Aviso No. 2016-039002 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO FAMOUS FOOTWEAR Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-039002 [2] Fecha de presentación: 27/09/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante:SOCIEDAD FASHION COMPANY,S.DER.L. [4.1] Domicilio: COLONIA PERFECTO VASQUEZ, SECTOR EL POLVORIN, 33 CALLE COMPLEJO DE OFICINAS BLUEWARE HOUSE, LOCAL No.5,SAN PEDRO SULA,TEL.2580-1453/1431, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5]Registro Básico:NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y[6.1]Distintivo: FAMOUS FOOTWEAR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Venta de zapatilla, ropa y accesorios.
D)
APODERADO LEGAL [9]Nombre: JOSÉ ARTURO ZELAYA MARADIAGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2016. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E . 2017.
Aviso No. 2016-030340 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA BIOSAVIT Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030340 [2] Fecha de presentación: 26/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: BIOCOMBUSTIBLES Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (BIOSA) [4.1] Domicilio:ALDEA RÍO NANCE, MUNICIPIO DE CHOLOMA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, KM. 15 A CORTÉS, EDIFICIO EXP O FRUTA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIOSAVIT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suplemento alimenticio y minerales.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Elvin Onan Rodríguez Alvarenga USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de noviembre del año 2016. [12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “BIOSAVIT”, no se protege la palabra STEROL que aparece en los ejemplares de etiqueta. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12 y 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-030338 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA BIOSAVIT Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030338 [2] Fecha de presentación: 26/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: BIOCOMBUSTIBLES Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (BIOSA) [4.1] Domicilio:ALDEA RÍO NANCE, MUNICIPIO DE CHOLOMA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, KM. 15 A CORTÉS, EDIFICIO EXP O FRUTA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIOSAVIT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suplemento alimenticio y minerales.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Elvin Onan Rodríguez Alvarenga USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de noviembre del año 2016. [12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “BIOSAVIT”, no se protege la palabra CAROTENES que aparece en los ejemplares de etiqueta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12 y 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-030336 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA FRITOSANO Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030336 [2] Fecha de presentación: 26/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: BIOCOMBUSTIBLES Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (BIOSA) [4.1] Domicilio:ALDEA RÍO NANCE, MUNICIPIO DE CHOLOMA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, KM. 15 A CORTÉS, EDIFICIO EXP O FRUTA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FRITOS A NO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Aceites y grasas comestibles.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Elvin Onan Rodríguez Alvarenga USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de octubre del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12 y 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-030335 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA BIOFRITOS Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030335 [2] Fecha de presentación: 26/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: BIOCOMBUSTIBLES Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (BIOSA) [4.1] Domicilio:ALDEA RÍO NANCE, MUNICIPIO DE CHOLOMA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, KM. 15 A CORTÉS, EDIFICIO EXP O FRUTA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIO FRITOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Aceites y grasas comestibles.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Elvin Onan Rodríguez Alvarenga USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de octubre del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12 y 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-030720 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA OLEANDRX
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030720 [2] Fecha de presentación: 28/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA SALUD INTEGRAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: BLV. SUYAPA, EDIFICIO METROPOLIS, TORRE II, PISO 21, LOCAL 22105, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OLEANDRX [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Heidi Michelle Gonzáles USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de agosto del año 2016. [12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “OLEANDRX”, sin dar exclusividad de las letras “RX” los elementos figurativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-030719 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA NERIUMRX
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030719 [2] Fecha de presentación: 28/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA SALUD INTEGRAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: BLV. SUYAPA, EDIFICIO METROPOLIS, TORRE II, PISO 21, LOCAL 22105, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NERIUMRX [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Heidi Michelle Gonzáles USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de agosto del año 2016. [12] Reservas: No se da exclusividad sobre las letras “RX” Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-030715 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA NERIUM SKINCARE
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030715 [2] Fecha de presentación: 28/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA SALUD INTEGRAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: BLV. SUYAPA, EDIFICIO METROPOLIS, TORRE II, PISO 21, LOCAL 22105, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NERIUM SKINCARE [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Heidi Michelle Gonzales USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de agosto del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-030714 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA NERIUM SKINCARE
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
NERIUM SKINCARE [1] Solicitud: 2016-030714 [2] Fecha de presentación: 28/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA SALUD INTEGRAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: BLV. SUYAPA, EDIFICIO METROPOLIS, TORRE II, PISO 21, LOCAL 22105, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NERIUM SKINCARE NERIUM SKINCARE [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Heidi Michelle Gonzales USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de agosto del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-030721 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA OLEANDRX
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-030721 [2] Fecha de presentación: 28/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA SALUD INTEGRAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: BLV. SUYAPA, EDIFICIO METROPOLIS, TORRE II, PISO 21, LOCAL 22105, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OLEANDRX [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Heidi Michelle Gonzáles USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de agosto del año 2016. [12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “OLEANDRX”, sin dar exclusividad de las letras “RX” los elementos figurativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-10461 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA FUMITAN
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2016-10461 2/ Fecha de presentación: 08-03-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida Madison, New York, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FUMITAN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua, fertilizantes y abonos incluidos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Mario Antonio Mendoza Castillo
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-09-16. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 10460-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA CARBISTIN
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
FUMITAN 1/ Solicitud: 10460-2016 2/ Fecha de presentación: 08-03-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida Madison, New York, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CARBISTIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua, fertilizantes y abonos incluidos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Mario Antonio Mendoza Castillo
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-08-16. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 10463-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA CARBISTIN
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
CARBISTIN 1/ Solicitud: 10463-2016 2/ Fecha de presentación: 08-03-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida Madison, New York, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CARBISTIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Mario Antonio Mendoza Castillo
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-08-16. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017. CARBISTIN
Aviso No. 10464-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA FUMITAN
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 10464-2016 2/ Fecha de presentación: 08-03-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida Madison, New York, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FUMITAN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Mario Antonio Mendoza Castillo
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-08-16. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 26570-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA DOMINANTE
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
FUMITAN 1/ Solicitud: 26570-2016 2/ Fecha de presentación: 29-06-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida Madison, New York, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOMINANTE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua, fertilizantes y abonos incluidos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Mario Antonio Mendoza Castillo
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-08-16. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 26571-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA EXXODO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
DOMINANTE 1/ Solicitud: 26571-2016 2/ Fecha de presentación: 29-06-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida Madison, New York, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXXODO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua, fertilizantes y abonos incluidos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Mario Antonio Mendoza Castillo
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-08-16. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017. EXXODO
Aviso No. 2016-021589 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA DISEÑO ESPECIAL
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-021589 [2] Fecha de presentación: 25/05/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL [4.1] Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases, productos de imprenta, artículos de encuadernación, fotografias, papelería, adhesivos (pegamentos) para la papelería o la casa, material para artistas, pinceles, máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles), material de instrucción o de enseñanza (excepto aparatos); materias plásticas para embalaje (no comprendidos en otras clases), caracteres de imprenta; clichés.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Suyapa Lorena Rivera USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de junio del año 2016. [12] Reservas: Se reivindica el diseño de la Virgen de Suyapa con la Bandera de Honduras en el centro, en forma de mosaicos, en varios colores, tal como se presenta en el ejemplar que le acompaña. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 21586-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO SUYAPA TV Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 21586-2016 2/ Fecha de presentación: 25-05-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUYAPA TV Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Virgen de Suyapa al lado izquierdo de la marca, ambos en color Dorado. 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Canal de televisión. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-06-2016. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 21587-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO CLUB AMIGOS Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 21587-2016 2/ Fecha de presentación: 25-05-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLUB AMIGOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Virgen de Suyapa al lado izquierdo de la marca, ambos en color Azul y Dorado. 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Recaudación de fondos sin fines de lucro. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-06-2016. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 21588-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO CLUB AMIGOS Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 21588-2016 2/ Fecha de presentación: 25-05-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLUB AMIGOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Virgen de Suyapa al lado izquierdo de la marca, ambos en color Azul y Dorado. 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Servicios de telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-06-2016. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 21590-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO CORRIENDO POR LA VIRGEN DE SUYAPA Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 21590-2016 2/ Fecha de presentación: 25-05-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CORRIENDO POR LA VIRGEN DE SUYAPA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Silueta Virgen de Suyapa en colores: Verde, Anaranjado, Azul y Morado, con la silueta de una persona en el centro en Blanco, al lado izquierdo. 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Actividades deportivas. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-06-2016. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 21591-2016 — Solicitud de registro de marca de servicio LA VOZ DE SUYAPA, RADIO CATÓLICA Y DISEÑO ESPECIAL
Registroduría de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 21591-2016 2/ Fecha de presentación: 25-05-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA VOZ DE SUYAPA, RADIO CATOLICA Y DISEÑO ESPECIAL. 6.2/ Reivindicaciones: Virgen de Suyapa al lado izquierdo de la marca, ambos en color Verde. 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Radio emisora. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-06-2016. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 21593-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO SUYAPA TV EDUCATIVA Y DISEÑO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 21593-2016 2/ Fecha de presentación: 25-05-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUYAPA TV EDUCATIVA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Virgen de Suyapa al lado izquierdo de la marca, ambos en color Azul. 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Programa educativo. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-06-2016. 12/ Reservas: Se protege en su forma, conjunta, sin exclusividad sobre uso “TV EDUCATIVA”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 21595-2016 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA FIDES Y DISEÑO ESPECIAL
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 21595-2016 2/ Fecha de presentación: 25-05-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FIDES Y DISEÑO ESPECIAL. 6.2/ Reivindicaciones: Virgen de Suyapa al lado izquierdo de la marca, ambos en color Morado. 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Periódico impreso. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-06-2016. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 21594-2016 — Solicitud de registro de marca de servicio SUYAPA TV EDUCATIVA Y DISEÑO para canal de televisión
Registroduría de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 21594-2016 2/ Fecha de presentación: 25-05-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUYAPA TV EDUCATIVA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Virgen de Suyapa al lado izquierdo de la marca, ambos en color Azul. 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Canal de televisión. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-06-2016. 12/ Reservas: No se da exclusividad sobre “TV EDUCATIVA”, por ser uso común. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 21592-2016 — Solicitud de registro de SEÑAL DE PROPAGANDA EL DECANO DE LA PRENSA NACIONAL
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 21592-2016 2/ Fecha de presentación: 25-05-2016 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL DECANO DE LA PRENSA NACIONAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Periódico impreso. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-06-2016. 12/ Reservas: Se usará con la marca “FIDES”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017. EL DECANO DE LA PRENSA NACIONAL
Aviso No. 2016-021596 — Solicitud de registro de marca de servicio SUYAPA MEDIOS Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-021596 [2] Fecha de presentación: 25/05/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL [4.1] Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SUYAPA MEDIOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Medios de comunicación radial, televisiva y digital.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Suyapa Lorena Rivera USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de agosto del año 2016. [12] Reservas: Se reivindica el color Dorado tal como se presenta en el ejemplar que le acompaña. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 37982-2016 — Solicitud de registro de marca de servicio SUYAPA Y DISEÑO ESPECIAL DE LA VIRGEN DE SUYAPA
Registroduría de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 37982-2016 2/ Fecha de presentación: 20-09-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO PABLO VI, ATRÁS DE LA BASÍLICA DE SUYAPA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUYAPA Y DISEÑO ESPECIAL DE LA VIRGEN DE SUYAPA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Radio emisora. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Suyapa Lorena Rivera
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-10-16. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 D. 2016, 11 y 26 E. 2017.
Aviso No. 2016-043557 — Solicitud de registro de marca de fábrica GUARATI Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-043557 [2] Fecha de presentación: 28/10/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: PROCESADORA GUANGOLOLA DE CARNES, S.A. DE C.V. (PROG CARNES) [4.1] Domicilio:DOS CAMINOS, VILLANUEVA, CORTÉS, HONDURAS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GUARATI Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sandra Consuelo Sandoval Chirinos USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de noviembre del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 2016-043556 — Solicitud de registro de marca de fábrica GUANGOLOLA RUNNING Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-043556 [2] Fecha de presentación: 28/10/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: PROCESADORA GUANGOLOLA DE CARNES, S.A. DE C.V. (PROG CARNES) [4.1] Domicilio:DOS CAMINOS, VILLANUEVA, CORTÉS, HONDURAS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GUANGOLOLA RUNNING Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sandra Consuelo Sandoval Chirinos USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de noviembre del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 2015-032232 — Solicitud de registro de marca de fábrica FUJI ELECTRIC Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2015-032232 [2] Fecha de presentación: 12/08/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: FUJI ELECTRIC CO., LTD. [4.1] Domicilio: 1-1, TANABESHINDEN, KAWASAKI-KU, KAWASAKI-SHI, KANAGAWA 210-9530, JAPÓN [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FUJI ELECTRIC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Ozonizadores; electrolizadores; cajas registradoras; máquinas para contar o clasificar las monedas; paneles eléctricos para la visualización de cifras objetivo, resultados actuales o similares; máquinas fotocopiadoras; aparatos e instrumentos de dibujo adaptados para su uso con ordenadores; máquinas estampado ras de fecha y hora; relojes (dispositivos de registro de tiempo); máquinas de fichas perforadas para oficina; máquinas de votación; aparatos de verificación de sellos postales; indicadores de gasolina; puertas para estacionamientos que funcionan con monedas; alarmas contraincendios; alarmas de gas; aparatos antirrobo; instrumentos y aparatos fotográficos; instrumentos y aparatos cinematográficos; aparatos e instrumentos ópticos; máquinas e instrumentos de medición o ensayo; máquinas y aparatos de distribución o de control de energía; convertidores rotativos; modificadores de fase; baterías y pilas; medidores y probadores eléctricos o magnéticos; hilos y cables eléctricos; dispositivos y aparatos de telecomunicaciones; máquinas y aparatos electrónicos y sus partes; máquinas eléctricas para la detección de monedas falsas; detectores de fugas de gas; alarmas antirrobo; máquinas y aparatos de medición de unidades estándar; indicadores de temperatura; gasómetros; termómetros; contadores de agua; balanzas; planímetros; máquinas y aparatos de medición de la unidad derivada; medidores de presión (manómetros); indicadores de nivel; metros acústicos; tacómetros; acelerómetros; refractómetros; metros de flujo luminoso; fotómetros; altímetros; higrómetros; metros de iluminación; medidores de vibración; medidores de ruido; bitácoras (máquinas de medición); indicadores de velocidad; calorímetros; viscosímetros; medidores de concentración o tensión; gravímetros; densímetros; dinamómetros; caudalímetros; máquinas y aparatos para pruebas de llanura; máquinas e instrumentos automáticos de control de presión; máquinas e instrumentos automáticos de control de flujo de líquidos; máquinas e instrumentos automáticos de control de la composición de fluidos; máquinas e instrumentos automáticos de control de nivel de líquidos; máquinas e instrumentos automáticos de control de combustión; máquinas o aparatos de medición de distancia (telémetros); instrumentos para su uso en la medición/vigilancia de la contaminación atmosférica y del agua; analizadores de gases; aparatos de medición de radiación; monitores de radiación; temporizadores para uso industrial; aparatos de alta frecuencia; cajas de derivación (electricidad); disyuntores; condensadores; cuadros de distribución (electricidad); cerrado res de circuito eléctrico; conectores eléctricos; rectificadores de corriente eléctrica; reactores eléctricos; relés eléctricos; resistencias eléctricas; fusibles eléctricos; interruptores eléctricos; transformadores eléctricos; reguladores de voltaje de inducción; inversores (electricidad); pararrayos; interruptores locales; controladores programables; aparatos de suministro de energía eléctrica; medidores eléctricos; dispositivos de contacto eléctrico; baterías eléctricas, células solares y baterías, pilas de combustible; máquinas y aparatos de radiocomunicación aeronáutica; aparatos de conmutación automática para la telecomunicación; máquinas y aparatos de transmisión por cable; máquinas y aparatos de navegación loran; aparatos de conmutación manual para la telecomunicación; máquinas y aparatos de radiocomunicación marina; máquinas y aparatos de radiocomunicación multicanal para estaciones fijas; aparatos de navegación para vehículos (ordenadores de a bordo); máquinas y aparatos de comunicación por radio portátil; aparatos telefónicos portátiles; máquinas y aparatos de radar; máquinas y aparatos de baliza de radio; radiogoniómetros; receptores de ondas de radio; transmisores de ondas de radio; máquinas e instrumentos de control remoto de telemetría; máquinas y aparatos de radiocomunicación individual y aparatos para estaciones fijas; aparatos telefónicos; aparatos telefónicos para aparatos de intercomunicación; receptores de televisión; transmisores de televisión; máquinas y aparatos de radiocomunicación vehicular; cámaras digitales; cámaras de vídeo (videocámaras); tubos de rayos catódicos; computadoras; periféricos de computadoras; programas informáticos, ciclotrones (para uso no médico); equipos y computadoras para procesamiento y transmisión de datos; ecosondas; tubos de descarga eléctrica que no sean para la iluminación; microscopios electrónicos; calculadoras electrónicas de mesa; sistemas electrónicos de cierre de puertas; máquinas copiadoras electrostáticas; contadores geiger; soldadoras de alta frecuencia; máquinas y aparatos para hidrófonos; betatrones industriales (para uso no médico); máquinas y aparatos industriales de rayos x (para uso no médico); circuitos integrados; circuitos integrados a gran escala; detectores de objetos magnéticos; máquinas de prospección magnética; tubos foto sensibles (células fotoeléctricas); partes de fotocopiadoras, tales como el miembro foto sensible de electro fotografía para su uso en máquinas fotocopiadoras; rectificador tubos; máquinas y aparatos de exploración sísmica; elementos semi- conductores, tales como termistores, diodos, transistores, transistores con efecto de campo a base de semiconductores de metal óxido, transistores bipolar es de puerta aislados; soportes magnéticos de datos en blanco, discos de grabación, tales como, discos compactos, DVD, discos magneto-ópticos, discos duros; estuches protectores para discos magnéticos; detectores de defectos por ultra sonidos; sensores ultrasónicos; software programable por el usuario instalado en los ordenadores para controlar equipos, máquinas y robots utilizados para fines industriales; tubos de vacío; procesadores de texto; tubos de rayos x (para uso no médico); amplificadores; paneles táctiles programables de operación con pantallas eléctricas; ohmímetros; oscilógrafos (osciloscopios); variómetros; indicadores de fase; probadores de circuitos; aparatos de diagnóstico que no sean para uso médico; aparatos de medición de parámetros de antena; detectores (medidores eléctricos o magnéticos y probadores); galvanómetros; detectores de tierra (detectores de fugas eléctricas); magnetómetros; medidores de frecuencia; probadores característicos de tubo de vacío; medidores de vatios hora; instrumentos de medición de resistencia; voltímetros; indicadores de pérdidas eléctricas; medidores de ondas; amperímetros; vatímetros; medidores de longitud de onda; osciladores; medidores de capacidad (medidores eléctricos o magnéticos y probadores); cajas de acumulador; pilas galvánicas; cajas de baterías; pilas secas; células fotovoltaicas; baterías de alta tensión; células húmedas; frascos acumuladores; baterías para la iluminación; frascos para baterías; baterías de ánodos; contadores; giro compases; termostatos; instrumentos de observación; aparatos de medición; dispositivos de medición eléctricos; indicadores (electricidad); cargadores de baterías; cargadores de baterías eléctricas; dosímetros; luces indicadoras (para aparatos de telecomunicación); baterías solares; células solares; detectores de radiación; monitores de radiación; dosímetros personales electrónicos; estabilizadores de tensión para la energía eólica y la generación de energía fotovoltaica; acondicionadores de potencia que convierten la corriente continua producida en corriente alterna; sistemas de vigilancia y control de la energía; semiconductores; transistores bipolar es de puerta aislada; transistores de efecto de campo de semi conductor metal - óxido; medidores de vatio-hora utilizados para gestionar la información sobre la oferta y la demanda de electricidad a través de una red de telecomunicaciones (contadores inteligentes); rectificadores de alta capacidad; sistemas de alimentación ininterrumpida de energía; transformadores para vehículos terrestres; aparatos de apertura y cierre eléctrico para puertas de vagones de ferrocarriles; contactores magnéticos, contactores de estado sólido; máquinas e instrumentos de ajuste/regulación automática; máquinas e instrumentos de control automático de temperatura; máquinas e instrumentos automáticos de control de vacío; máquinas automáticas e instrumentos de control de calorías; máquinas e instrumentos de control de programa; convertidores eléctricos; máquinas y aparatos de transmisión de alambres abiertos; máquinas y aparatos de transmisión en línea de alimentación; dispositivos y aparatos de frecuencia de vídeo.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de septiembre del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 2015-032231 — Solicitud de registro de marca de fábrica FUJI ELECTRIC Y DISEÑO para aparatos industriales
Registroduría de la Propiedad Industrial
[1]Solicitud:2015-032231 [2] Fecha de presentación: 12/08/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4]Solicitante:FUJIELECTRICCO.,LTD. [4.1]Domicilio:1-1,TANABESHINDEN,KAWASAKI-KU,KAWASAKI- SHI,KANAGAWA210-9530,JAPÓN [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5]Registro básico:NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6]Denominación y[6.1] Distintivo:FUJIELECTRICYDISEÑO [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Secadores (aparatos) (para procesos químicos); recuperadores (para procesos químicos); aparatos vaporizadores (para procesos químicos); evaporadores; aparatos de destilación; intercambiadores de calor (para procesos químicos); hornos y calderas industriales; reactores nucleares; aparatos para secar el forraje; calderas industriales; aparatos de aire acondicionado (para uso industrial); máquinas y aparatos de congelación; equipos de cocción para uso industrial; aparatos e instalaciones industriales para secado de platos; incineradores de basura para uso industrial; calentadores solares de agua; aparatos de purificación de agua; aparatos de de se cación; calentadores de alimentación de agua (para uso industrial); aparatos de calefacción de aire caliente (para uso industrial); equipos de aire acondicionado; hornos de calentamiento (para uso industrial); aparatos de calefacción de agua caliente (para uso industrial); humidificadores industriales; purificadores de aire para uso industrial; deshumidificadores industriales; aparatos de calefacción de vapor (para uso industrial); acondicionadores de aire inducidos localmente (para uso industrial); instalaciones centrales de aire acondicionado (para uso industrial); radiadores (para los propósitos de aire acondicionado industrial); acondicionadores de aire montados en ventanas, para uso industrial; aparatos de calefacción de pavimento; refrigeradores de gas; máquinas de hielo; máquinas frigoríficas; evaporadores de refrigeración; cúpulas de refrigeración; congeladores; vitrinas de refrigeración o congelación; freidoras industriales; aparatos industriales para cocinar arroz,cocinas de inducción electromagnética para uso industrial; ollas eléctricas para uso industrial; tostadores industriales; hornos de cocción industriales; secadores de platos para uso industrial; aparato de desinfección de vajilla para uso industrial; aparatos industriales de purificación de aguas; aparatos de purificación de agua del grifo; máquinas de panificación; máquinas para cocer pan; aparatos de cromatografía para uso industrial.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de septiembre del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 2015-030706 — Solicitud de registro de marca de fábrica FE Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud:2015-030706 [2] Fecha de presentación: 31/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante:FUJIELECTRICCO.,LTD. [4.1]Domicilio:1-1,TANABESHINDEN,KAWASAKI-KU,KAWASAKI- SHI,KANAGAWA210-9530,JAPÓN [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico:NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo:FE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Secadores (aparatos) (para procesos químicos); recuperadores (para procesos químicos); aparatos vaporizadores (para procesos químicos); evaporadores; aparatos de destilación; intercambiadores de calor (para procesos químicos); hornos y calderas industriales; reactores nucleares; aparatos para secar el forraje; calderas industriales; aparatos de aire acondicionado (para uso industrial); máquinas y aparatos de congelación; equipos de cocción para uso industrial; aparatos e instalaciones industriales para secado de platos; incineradores de basura para uso industrial; calentadores solares de agua; aparatos de purificación de agua; aparatos de de se cación; calentadores de alimentación de agua (para uso industrial); aparatos de calefacción de aire caliente (para uso industrial); equipos de aire acondicionado; hornos de calentamiento (para uso industrial); aparatos de calefacción de agua caliente (para uso industrial); humidificadores industriales; purificadores de aire para uso industrial; deshumidificadores industriales; aparatos de calefacción de vapor (para uso industrial); acondicionadores de aire inducidos localmente (para uso industrial); instalaciones centrales de aire acondicionado (para uso industrial); radiadores (para los propósitos de aire acondicionado industrial); acondicionadores de aire montados en ventanas, para uso industrial; aparatos de calefacción de pavimento; refrigeradores de gas;máquinas de hielo;máquinas frigoríficas;evaporadores de refrigeración; cúpulas de refrigeración; congeladores; vitrinas de refrigeración o congelación; freidoras industriales; aparatos industriales para cocinar arroz;cocinas de inducción electromagnética para uso industrial; ollas eléctricas para uso industrial; tostadores industriales; hornos de cocción industriales; secadores de platos para uso industrial; aparato de desinfección de vajilla para uso industrial; aparatos industriales de purificación de aguas; aparatos de purificación de agua del grifo; máquinas de panificación; máquinas para cocer pan; aparatos de cromatografía para uso industrial.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de octubre del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 2016-30345 — Solicitud de registro de marca de fábrica ROMANTIC BIRD Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2016-30345 2/ Fecha de presentación: 26-07-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Yiwu Romantic Bird Cosmetic Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: Yixi industrial zone, Shangxi, Yiwu City, Zhejiang Province, China. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: China
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ROMANTIC BIRD Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones; lociones capilares, limpiadores faciales, productos de limpieza, cosméticos, mascarillas de belleza, perfumes, sombras de ojos, dentifrícos, aceites esenciales, esmaltes de uñas, lápices de labios [pintalabios]. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17/Nov./2016 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 2016-32366 — Solicitud de registro de marca de fábrica BSA Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2016-32366 2/ Fecha de presentación: 09-08-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BSA Company Limited 4.1/ Domicilio: Speedwell House, West Quay Road, Southampton, SO15 1GY, Reino Unido. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BSA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Motocicletas, motores de motocicleta, partes y accesorios incluidos en clase 12 para todos los productos mencionados. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-11-2016 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 2016-28836 — Solicitud de registro de marca de fábrica ALCAMES
Registroduría de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2016-28836 2/ Fecha de presentación: 15-07-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Alcames Laboratorios Químicos de Centroamérica, S.A. 4.1/ Domicilio: 300 M. Sur y 175 M. Este de la Iglesia Católica de San Sebastián, San José. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALCAMES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicamentos, productos naturales y suplementos a la dieta de uso humano y veterinario. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-11-2016 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 2014-037673 — Solicitud de registro de marca de fábrica THE PANTOGAR Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
ALCAMES [1] Solicitud: 2014-037673 [2] Fecha de presentación: 21/10/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: MERZ PHARMA GMBH & CO. KGAA [4.1] Domicilio: ECKENHEIMER LANDSTR 100 60318 FRANFURT/ MAIN POSTFACH 11 13 53 - 60048 FRANKFURT/MAIN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: THE PANTOGAR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para el cuidado de la belleza y cuerpo.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2016. [12] Reservas: No se protege “THE PANTOVIGAR”. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 2016-014495 — Solicitud de registro de marca de servicio NASSAR ABOGADOS Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-014495 [2] Fecha de presentación: 08/04/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: NASSAR ABOGADOS (COSTA RICA) SOCIEDAD ANONIMA [4.1] Domicilio:SAN JOSÉ, EDIFICIO TORRES DEL CAMPO, TORRE UNO, PISO DOS, BARRIO TURNON, COSTA RICA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NASSAR ABOGADOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 45 [8] Protege y distingue: Servicios jurídicos.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2016. [12] Reservas: No se protege CENTROAMERICA Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 E. y 10 F. 2017.
Aviso No. 26572-2016 — Solicitud de registro de marca de fábrica EXITO
Registroduría de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 26572-2016 2/ Fecha de presentación: 29-06-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América.
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXITO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua, fertilizantes y abonos incluidos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-08-16. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 16-26573 — Solicitud de registro de marca de fábrica ATRAPRIM
Registroduría de la Propiedad Industrial
EXITO 1/ Solicitud: 16-26573 2/ Fecha de presentación: 29-06-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América.
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ATRAPRIM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua, fertilizantes y abonos incluidos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-08-23. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 16-26577 — Solicitud de registro de marca de fábrica DORADO
Registroduría de la Propiedad Industrial
ATRAPRIM 1/ Solicitud: 16-26577 2/ Fecha de presentación: 29-06-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América.
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DORADO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua, fertilizantes y abonos incluidos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-08-2016. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017. DORADO
Aviso No. 16-26579 — Solicitud de registro de marca de fábrica KARACOLIO
Registroduría de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 16-26579 2/ Fecha de presentación: 29-06-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América.
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KARACOLIO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua, fertilizantes y abonos incluidos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-08-2016. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 16-26580 — Solicitud de registro de marca de fábrica CPF KONTROL
Registroduría de la Propiedad Industrial
KARACOLIO 1/ Solicitud: 16-26580 2/ Fecha de presentación: 29-06-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América.
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CPF KONTROL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua, fertilizantes y abonos incluidos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-08-16. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 16-26582 — Solicitud de registro de marca de fábrica DOMINANTE
Registroduría de la Propiedad Industrial
CPF KONTROL 1/ Solicitud: 16-26582 2/ Fecha de presentación: 29-06-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC. 4.1/ Domicilio: 200 Avenida, Madison, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América.
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOMINANTE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para destruir las malas hierbas y los animales da niños, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas. 8.1/ Página adicional.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-09-16. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017. DOMINANTE
Aviso No. 2016-013857 — Solicitud de registro de marca de fábrica EMBUTIDOS EL TORITO Y DISEÑO
Registroduría de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-013857 [2] Fecha de presentación: 05/04/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES DEL CAMPO ANITA, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros.
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBUTIDOS EL TORITO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Embutidos.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: EMMA EDITH MURILLO MEMBREÑO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de noviembre del año 2016. [12] Reservas: Se protege solamente para embutidos, según muestra etiqueta. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-042977 — Solicitud de registro de marca de fábrica de GLOBAL CORPORATION, S.A. DE C.V.
Registroduría de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2016-042977 [2] Fecha de presentación: 26/10/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: GLOBAL CORPORATION, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros.
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GOLD MAX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 1 [8] Protege y distingue: Producto químico (agente lixiviante que reemplaza al cianuro).
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: RAFAEL LEONARDO MELARA RAQUEL. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 1 de diciembre del año 2016. [12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “GOLD MAX”, en su conjunto, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 041635-16 — Solicitud de registro de marca de fábrica LAMINA WOOL
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 041635-16 2/ Fecha de presentación: 17/OCT./2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: ALMACÉN LA CONFIANZA, S. DE R.L. DE C.V. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LAMINA WOOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 24 8/ Protege y distingue: Tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases, ropa de cama y de mesa. 8.1/ Página Adicional:
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14/11/16. 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016. y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-030718 — Solicitud de registro de marca de fábrica NERIUMRX
Registro de la Propiedad Industrial
LAMINA WOOL [1] Solicitud: 2016-030718 [2] Fecha de presentación: 28/07/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: DROGUERÍA SALUD INTEGRAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: BLV. SUYAPA, EDIFICIO METRÓPOLIS, TORRE II, PISO 21, LOCAL 22105, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros.
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NERIUMRX [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: HEIDI MICHELLE GONZALES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de agosto del año 2016. [12] Reservas: No se da exclusividad sobre las letras “RX”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2014-014562 — Solicitud de registro de marca de fábrica BRONCOLEXIL
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 2014-014562 2/ Fecha de presentación: 25-04-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS MEDIKEM, S. A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: SAN SALVADOR, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: No tiene otros registros.
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BRONCOLEXIL 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas y herbicidas.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: GILDA MARIELA HIDALGO OBANDO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22 de noviembre del año 2016. 12/ Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2016-027591 — Solicitud de registro de marca de fábrica DICLOCET
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 2016-027591 2/ Fecha de presentación: 07/07/2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS MEDIKEM, S. A. 4.1/ Domicilio: EL SALVADOR, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: No tiene otros registros
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DICLOCET 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y fungicidas, herbicidas.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: GILDA MARIELA HIDALGO OBANDO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19 de agosto del año 2016. 12/ Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017.
Aviso No. 2015-034600 — Solicitud de registro de señal de propaganda TRAYECTORIA REGIONAL CON INTEGRIDAD
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 2015-034600 2/ Fecha de presentación: 31/08/2015 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LATIN ALLIANCE, S.A. 4.1/ Domicilio: SAN JOSÉ, COSTA RICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: No tiene otros registros.
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRAYECTORIA REGIONAL CON INTEGRIDAD 7/ Clase Internacional: 0 8/ Protege y distingue: La finalidad es la asesoría legal y cualquier otro servicio legal.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CRISTIAN R. STEFAN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18 de agosto del año 2016. 12/ Reservas: Señal de Propaganda, que se utilizará con el Nombre Comercial LATIN ALLIANCE registro 3701. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017. TRAYECTORIA REGIONAL CON INTEGRIDAD
Aviso No. 2014-014561 — Solicitud de registro de nombre comercial ABRIENDO BRECHA CORPORACION
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 2014-014561 2/ Fecha de presentación: 25-04-2014 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A)
TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES, MERCADEO Y PUBLICIDAD, S.A. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: No tiene otros registros.
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ABRIENDO BRECHA CORPORACION 7/ Clase Internacional: 0 8/ Protege y distingue: Finalidad: Nombre Comercial a ser utilizado en la industria de las telecomunicaciones.
Aviso No. 2015-034599 — Solicitud de registro de emblema para LATINALLIANCE
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 2015-034599 2/ Fecha de presentación: 31/08/2015 3/ Solicitud de registro de: EMBLEMA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LATIN ALLIANCE, S.A. 4.1/ Domicilio: SAN JOSÉ, COSTA RICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA.
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: No tiene otros registros
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EMBLEMA 7/ Clase Internacional: 0 8/ Protege y distingue: La finalidad: Asesoría legal y cualquier otro servicio legal.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CRISTIAN R. STEFAN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18 de agosto del año 2016. 12/ Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017. _______ D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CRISTIAN R. STEFAN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14 de septiembre del año 2015. 12/ Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 D. 2016 y 11 E. 2017. _______