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13 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Edicto No. 0801-2026-00575 — Demanda de Teddy Alejandro Mejia Ortiz contra Administración Aduanera de Honduras por nulidad de Acuerdo de Cancelación

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, Tegucigalpa

  • Decreto: 0801-2026-00575
  • Publicación: 13 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, Tegucigalpa
  • Gaceta: 37,219

Texto completo

La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de marzo del 2026, compareció a este Juzgado el Ciudadano TEDDY ALEJANDRO MEJIA ORTIZ en su condición personal, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN ADUANAS-DE-GNGTH-069-2026 de fecha 24 de febrero del 2026, emitida por el Estado de Honduras por actuaciones de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS. Contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801- 2026-00575.Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA Secretaria Adjunta 13 A. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de enero del año 2026 comparece la Abogada YOSELIN VISITACIÓN BONILLA VELÁSQUEZ, quien interpuso demanda en materia personal ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2026- 00091, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN. Se promueve demanda Contenciosa Administrativo especial para que declare la nulidad y por ende la ilegalidad de un acto administrativo en Materia Personal consistente en el Acuerdo número 1059-2021 de fecha 01 de diciembre del año 2021, de cancelación emitido emitida por el Gerente de Talento Humano del Instituto Nacional de Migración (INM), Acuerdo notificado en fecha 11 de diciembre del año 2025, efectivo a partir del 11 de diciembre del año 2025.- Reconocimiento de un situación Jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injusta de que fui objeto de mi puesto de trabajo y como medida para su pleno restablecimiento de mi pleno derecho se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones, el pago de prestaciones e indemnización laborales, más el pago de los salarios dejados de percibir en conceptos de daños y perjuicios, desde la fecha de cancelación hasta que se ejecute la sentencia.- Se alega notificación defectuosa, falta de motivación en la notificación.- Cuantía de la demanda.- Costa.- Razonamiento.- Se acompañan documentos. NORMA CECILIA VIDAUR SECRETARIA 13 A. 2026 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de junio del 2026 AVISO