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4 de noviembre de 2009Vigente

Edicto — Aviso Título Supletorio - Jorge Leonel Mejia Estevez - San Pedro, Copán

  • Publicación: 4 de noviembre de 2009
  • Categoria: Notarial y Registral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un juzgado de Copán publica un aviso para que José Everardo Pérez Cortés obtenga un título de propiedad oficial de 4 manzanas de tierra en La Unión que ha poseído pacíficamente más de 10 años. El trámite permite regularizar terrenos sin escritura original cuando existe posesión prolongada, beneficiando al propietario actual.

Texto completo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que el señor JOSE EVERARDO PEREZ CORTES, mayor de edad, unión libre, agricultor, hondureño, con domicilio en Azacualpa, municipio de La Unión, departamento de Copán y en tránsito por esta ciudad, con Identidad número 0412-1972-00122, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, del inmueble ubicado en: Un lote terreno ubicado en el lugar denominado aldea Las Pacayas, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, que consta de un área de CUATRO MANZANAS (4.00 MZS) de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con la propiedad de Norma Idalia Alvarado Escobar; AL SUR, colinda con la propiedad de Salvador Miranda; Al ESTE, colinda con calle y propiedad de Salvador Miranda; AL OESTE, colinda con la propiedad de Mario Rene Cortes, el cual está cultivando café y cercado con alambre de púas. En vista que el terreno que le fue dado en compra realizada MIGUEL ANGEL PEREZ RODRIGUEZ, en fecha tres (03) días del mes de agosto del año dos mil nueve (2009), mediante documento privado de compraventa. Dicho terreno lo ha poseído en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de diez años y en la que los testigos SALVADOR MIRANDA ALVARADO, con Identidad número 0412- 1960-00172; JOSE MARIO PEREZ CORTEZ, con Identidad número 0412-1981-00119; y, NORMA IDALIA ALVARADO ESCOBAR, con Identidad número 0414- 1984-00141; quienes afirmarán ser cierto. Santa Rosa de Copán, 4 de noviembre del año dos mil 2024 ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 3 D. 2024, 3 E. y 3 F. 2025

  • Reglamento — Estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH) - Título IV a VIII — Este documento aprueba los estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH), estableciendo su estructura organizativa, funciones técnicas, disciplinarias y económicas. Define los requisitos para entrenar y arbitrar esgrima, crea un sistema de sanciones para infracciones, y regula los derechos de clubes, atletas y miembros honorarios en el deporte.
  • Código de Comercio de Honduras — Este Código de Comercio establece las reglas que rigen a los comerciantes, sus negocios y las operaciones mercantiles en Honduras. Define quiénes son comerciantes, qué son actos de comercio, regula diferentes tipos de sociedades mercantiles (como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y cooperativas), y establece sus obligaciones, derechos y responsabilidades ante terceros y entre socios. (Decreto 73-1950, 1950)
  • Codigo de Procedimientos Comunes (pg 173 Actos No Contenciososos) — Este decreto de 1906 autoriza al Poder Ejecutivo a emitir códigos y leyes, incluido el Código de Procedimientos Comunes, para que entren en vigor el 1 de marzo de ese año junto con la nueva Constitución Política. Establece las reglas para los procedimientos civiles en Honduras, regulando cómo actúan los jueces, abogados, procuradores y ciudadanos en los juicios, así como los términos, notificaciones y trámites que deben seguirse.
  • Ley Orgánica del Colegio de Biólogos de Honduras — Esta ley crea el Colegio de Biólogos de Honduras como organización profesional obligatoria para regular el ejercicio de la biología en el país. El Colegio protege a los biólogos profesionales, colabora con el Estado en conservación de recursos naturales, y asegura que solo profesionales colegiados dirijan proyectos ambientales. Los biólogos deben cumplir normas éticas y pagar cuotas, a cambio reciben protección legal y beneficios profesionales. (Decreto 113-2009, 2010)
  • Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)

Notas

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