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2 de julio de 2025Vigente

Edicto — Aviso - Solicitud de Título Supletorio sobre dos terrenos en Caserío El Cacahuatal, Lamaní, Comayagua

Poder Judicial

  • Publicación: 2 de julio de 2025
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 37,011
  • Categoria: Notarial y Registral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un juez de Comayagua publica un aviso para que Ángel María Santos Arias obtenga título legal (título supletorio) de dos terrenos que posee desde hace más de 20 años en El Cacahuatal, Lamaní. El aviso se publica tres veces para que vecinos o interesados puedan reclamar derechos sobre esos terrenos antes de otorgar el título oficial.

Texto completo

JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Comayagua, departamento de Comayagua, al público en general y para los efectos legales.- HACE SABER: En la SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, promovida por el señor ÁNGEL MARIA SANTOS ARIAS, hondureño, mayor de edad, casado, con Documento Nacional de Identificación número 0307-1945- 00044, con domicilio en Caserío El Cacahuatal, municipio de Lamaní, departamento de Comayagua se extienda TÍTULO SUPLETORIO, sobre dos terrenos ubicados en CASERÍO EL CACAHUATAL O EL CIRUELO, municipio de Lamaní, departamento de Comayagua, he estado en posesión en forma quieta, pacífica, tranquila, no interrumpida y de buena fe, por más de veinte (20) años consecutivos con ánimo de dueño de dos lotes de terrenos que tienen las medidas y colindancias siguientes: LOTE NÚMERO 1, UBICACIÓN, terreno ubicado en Caserío El Cacahuatal o El Ciruelo, municipio de Lamaní, departamento de Comayagua con clave catastral número 0307-0543-00002 con un área calculada de 728,122.59 M2= 1,044,352.53 VRS2, 7.812 Ha= 104.43 Mz Perímetro =4,564.49m y con colindancias: AL NORTE, colinda con ERASMO VELASQUEZ DAVID, MARIA SANTOS MORENO y OTROS; AL SUR, colinda con ISOLINA ARIAS SORTO y RANULFO LIZARDO CARRANZA y otros; AL ESTE, colinda con VENANCIO LIZARDO CARRANZA; AL OESTE, colinda con ISOLINA ARIAS SORTO; LOTE NÚMERO 2 UBICACIÓN: Terreno ubicado en caserío El Cacahuatal o El Ciruelo, municipio de Lamaní, departamento de Comayagua, con clave catastral número 0307-0528-00003, con un Área calculada de 55,991.53 M2= 80,309.13 VRS2, 5.599 Ha=8.031 MZ, PERÍMETRO= 1,732.99 m y con colindancias: AL NORTE, colinda con SEBASTIANA ROMERO LEÓN; AL SUR, colinda con ESTER SANTOS ARIAS; AL ESTE, colinda con ríos y quebradas de por medio con MAURO GALEAS MARTINEZ; AL OESTE, colinda con ESTER SANTOS ARIAS; Acompaño Constancia de Situación Catastral de cada inmueble que corresponde a Naturaleza Jurídica ubicación, área, perímetro, colindancias si se encuentra o no en zona expropiada y planos de dos inmuebles ubicados en CASERÍO EL CACAHUATAL O EL CIRUELO, municipio de Lamaní, departamento de Comayagua ofrecemos información testifical de los señores PEDRO SANTOS CASTRO, con Documento Nacional de Identificación número 0307-1937-00042, quien es mayor de edad, soltero, agricultor y con domicilio en Lamaní, JOSE DEL CARMEN ENRÍQUEZ LICONA, con Documento Nacional de Identificación número 0307-1966-00105, mayor de edad, soltero, agricultor, con domicilio en Lamaní, Comayagua.- Para tal efecto ordénese la publicación por edictos que se publicarán por tres veces, de treinta en treinta días, en el Periódico Oficial y se fijarán en la Tabla de Avisos.- Asimismo extiéndase el Aviso para su debida publicación.- CÚMPLASE.- Artículo 2333, Código Cívil, 135, 146, del Código Procesal Civil.- CÚMPLASE.- FIRMA Y SELLO.- ABG.- SELMA YADIRA BARAHONA SANTOS, JUEZ DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA.- FIRMA Y SELLO.- ABG.- ANA MARGARITA BANEGAS.- SECRETARIA. Y para los fines legales pertinentes se extiende la presente publicación en la ciudad de Comayagua, departamento de Comayagua a los siete días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco. Comayagua, 7 de noviembre del año 2025. ABG. ANA MARGARITA BANEGAS Z. SECRETARIA 5 D. 2025. 5 E., 5 F. 2026

Artículo 105 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. 6. La recepción y apertura de ofertas serán en acto público en el Salón de Sesiones ubicado en el edificio que alberga las nuevas oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C., el día MIÉRCOLES 03 DE FEBRERO DE 2026, a las 9:00 a.m., en el Salón de Sesiones ubicado en el edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección, fecha y hora indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta del dos por ciento (2%) por el monto ofertado y la forma establecidos en los documentos de Licitación. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 7. Las ofertas presentadas después de la hora indicada, no serán aceptadas y les serán devueltas sin abrir, Artículo 121 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado Tegucigalpa, M.D., diciembre de 2025 Unidad de Licitaciones 5 D. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO

  • Código de Comercio de Honduras — Este Código de Comercio establece las reglas que rigen a los comerciantes, sus negocios y las operaciones mercantiles en Honduras. Define quiénes son comerciantes, qué son actos de comercio, regula diferentes tipos de sociedades mercantiles (como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y cooperativas), y establece sus obligaciones, derechos y responsabilidades ante terceros y entre socios. (Decreto 73-1950, 1950)
  • Ley Orgánica del Colegio de Biólogos de Honduras — Esta ley crea el Colegio de Biólogos de Honduras como organización profesional obligatoria para regular el ejercicio de la biología en el país. El Colegio protege a los biólogos profesionales, colabora con el Estado en conservación de recursos naturales, y asegura que solo profesionales colegiados dirijan proyectos ambientales. Los biólogos deben cumplir normas éticas y pagar cuotas, a cambio reciben protección legal y beneficios profesionales. (Decreto 113-2009, 2010)
  • Codigo de Procedimientos Comunes (pg 173 Actos No Contenciososos) — Este decreto de 1906 autoriza al Poder Ejecutivo a emitir códigos y leyes, incluido el Código de Procedimientos Comunes, para que entren en vigor el 1 de marzo de ese año junto con la nueva Constitución Política. Establece las reglas para los procedimientos civiles en Honduras, regulando cómo actúan los jueces, abogados, procuradores y ciudadanos en los juicios, así como los términos, notificaciones y trámites que deben seguirse.
  • Acuerdo 307-2017 - Unidades de Gobernación y Facultades — El Acuerdo 307-2017 reorganiza la Secretaría de Gobernación, dividiendo sus direcciones en dos subsecretarías: una de Justicia y otra de Gobernación y Descentralización. Establece funciones específicas para la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, incluyendo registro, seguimiento, inscripción de estatutos y estados financieros de organizaciones sin fines de lucro. (Decreto 185-2001, 2001)
  • Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)

Notas

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