Vigente
Decreto No. 0801-2024-00808 | 23 de julio de 2025 | Poder Judicial
Edicto No. 0801-2024-00808 — Demanda ordinaria - Juan Ángel Lupiac Rodríguez, Leonel Ávila Padilla, Cheldon Horacio Ordoñez Rubio y José Walter Zapata Mejía contra Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario
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Resumen
Este edicto es una demanda judicial donde cuatro exoficiales penitenciarios reclaman al Estado de Honduras el pago retroactivo de aumentos salariales del 2023 (9.80%) que les corresponden según la ley de inflación y reajustes obligatorios, además de indemnización por daños. El juzgado ordenó que se reconozcan estos derechos salariales pendientes.
Texto completo
Que en fecha veinticinco
(25) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció
ante este Juzgado la Abogada Claudia Isabel Valladares Galo,
en su condición de Representante Procesal de los señores Juan
Ángel Lupiac Rodríguez, Leonel Ávila Padilla, Cheldon
Horacio Ordoñez Rubio y José Walter Zapata Mejía, incoando
demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de
Honduras, a través de la Comisión Interventora del Instituto
Nacional Penitenciario, con orden de ingreso número 0801-
2024-00808, “impugnando acto administrativo emitido por la
Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario
siendo la Resolución administrativa No. 549-CISPN-(PMOP)-
INP-2023, de fecha 18 de septiembre del año 2023, no conforme
a derecho.- Por lo que se demanda anulación de dicho acto.-
Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que
se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento
como ser al pago retroactivo del reajuste salarial correspondiente
al año 2023, siendo un incremento al sueldo de 9.80%, así como
también se reconozca este derecho de manera automática para los
años subsiguientes por ser derechos de cumplimiento obligatorio.
Que corresponde a la tasa de inflación esperada, determinada por
el Banco Central de Honduras y el incremento bianual, conforme
a lo que establece la Ley de Reordenamiento del Sistema
Retributivo del Gobierno Central.- Pago por indemnización por
daños y perjuicios.- Con especial condena en costas, se acompañan
documentos.- Se acredita poder.- Cotejamiento”. Asimismo, en
fecha nueve (09) de septiembre del dos mil veinticinco (2025),
este Juzgado dictó providencia en el cual resolvió la ampliación
solicitada por la Abogada Claudia Isabel Valladares Galo, para
ello transcribimos el contenido de la providencia antes referida única
y exclusivamente en lo siguiente: “Que los señores Juan Ángel
Lupiac Rodríguez y José Walter Zapata Mejía, quienes fueron
cancelados por retiro voluntario con pago de su Cesantía en el año
2023, ya que no fueron reconocidos sus derechos del reajuste que
corresponde al índice de inflación esperada anual y el incremento
bianual, conforme establece el Estatuto del Médico Empleado, ya
que se reclamaba cada año dichos derechos desde el año 2017 a la
fecha, ya que años anteriores fueron reconocidos dichos derechos
por lo que se ordena a las autoridades Penitenciarias ya que han
omitido tales derechos adquiridos en el sentido que se reajuste
tanto su salario que corresponde al año 2023 y que sea reconocido
dicho reajuste en relación a su retiro voluntario por Cesantía y al
de su jubilación otorgado por el Instituto de Previsión Militar”.
ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO ADJUNTO
16 O. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE
REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE
SUSTANCIAS QUÍMICAS.
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia
se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS
FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS.
El Representante o Apoderado Legal:
Sandra J. Ochoa B.
Actuando en representación de la empresa:
PRODUTOS AGROQUÍMICOS DE CENTROAMÉRICA,
S.A.
Tendiente a que autorice el:
REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE
SUSTANCIAS QUÍMICAS.
De Nombre Comercial:
TERBUPROMAX 46 SC
Ingrediente activo:
46% Tebuthiuron
Grupo al que pertenece:
Tiadiazolurea
Tipo de Formulación:
Suspención Concentrada (SC)
Clasificación toxicológica:
Estado Físico:
Líquido
Formulador y País de Origen:
JIANGXI HETIAN TECHNOLOGY CO. LTD / CHINA
Tipo de Uso: Herbicida
EXPSENASA: 2410-3242
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con
un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO,
para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del
cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.
157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No. 344-2005,
REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE
PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA
002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica
de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para
publicación.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”.
Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 23 de julio de 2025
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas
16 O . 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
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P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 16 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,969
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
DE COMAYAGUA
AVISO DE PUBLICACIÓN DE SENTENCIA
El Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Comayagua,
departamento de Comayagua, al público en general y para los
efectos de Ley.- HACE SABER: Que en la SOLICITUD
EXPROPIACIÓN FORZOSA DE UN INMUEBLE POR
CAUSA DE UTILIDAD Y NECESIDAD PÚBLICA
promovida por la Abogada EDA MARITZA MEJIA
CARDONA, hondureña, mayor de edad, Abogada Inscrita
en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el número
06191, de este domicilio, en su condición de Representante
Procesal del señor CARLOS MIRANDA CANALES,
mayor de edad, casado, Perito Mercantil y Contador Público,
quien actúa en representación de la Alcaldía Municipal
de Comayagua, departamento de Comayagua, contra la
señora OSIRIS MILADYS MORALES BANEGAS,
quien es mayor de edad, soltera, de oficios domésticos y del
domicilio, demanda que se contrae a pedir que previo a los
trámites legales correspondientes se decrete judicialmente
la expropiación forzosa por causa de utilidad pública de un
lotes de terreno ubicados en la comunidad de Río Blanco,
municipio de Comayagua, departamento de Comayagua.- Se
ha dictado SENTENCIA DEFINITIVA, que literalmente
dice: "JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN
JUDICIAL DE COMAYAGUA, DEPARTAMENTO DE
COMAYAGUA.- Ocho de mayo del dos mil veinticinco.-
VISTA: Para dictar SENTENCIA DEFINITIVA. En la
solicitud de Expropiación Forzosa promovida ante este
despacho en fecha treinta de julio del dos mil veinticuatro
por la Abogada EDA MARITZA MEJIA CARDONA,
hondureña, mayor de edad, Abogada Inscrita en el Colegio
de Abogados de Honduras, bajo el número 06191, de este
domicilio, en su condición de Representante Procesal del
señor CARLOS MIRANDA CANALES, mayor de edad
casado, Perito Mercantil y Contador Público, quien actúa
en representación de la Alcaldía Municipal de Comayagua,
departamento de Comayagua, contra la señora OSIRIS
MILADYS MORALES BANEGAS, quien es mayor
de edad, soltera, de oficio domésticos y del domicilio, demanda
que se contrae a pedir que previo a los trámites legales
correspondientes se decrete judicialmente la Expropiación
Forzosa por causa de utilidad pública de un lote de terreno
ubicados en la comunidad de Río Blanco, municipio de
Comayagua, departamento de Comayagua, INTERVIENEN:
La Abogada EDA MARITZA MEJIA CARDONA,
inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el
número 06191 Apoderado Legal de la parte demandante, a la
demandada OSIRIS MILADYS MORALES BANEGAS
se le sigue el juicio en rebeldía. ANTECEDENTES DE
HECHO: PRIMERO ... SEGUNDO ... TERCERO
... CUARTO… HECHO PROBADO ÚNICO...
FUNDAMENTOS DE DERECHO: PRIMERO...
SEGUNDO ... TERCERO ... CUARTO ... QUINTO ...
SEXTO ... SÉPTIMO... PARTE DISPOSITIVA: Este
Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Comayagua, en
nombre del Estado de Honduras. FALLA: 1) Declarar con
lugar la SOLICITUD DE EXPROPIACIÓN FORZOSA
DE UN INMUEBLE POR CAUSA DE UTILIDAD
Y NECESIDAD PÚBLICA, ubicado en la comunidad
de Río Blanco, municipio de Comayagua, departamento
de Comayagua, con Clave Catastral: 0301-0571-00076,
con un área de 260 Mt2, promovida por la Abogada Eda
Maritza Mejía Cardona, en su condición de Representante
Procesal del señor Carlos Miranda Canales, quien actúa
como Representante Legal de la Alcaldía Municipal de
Comayagua, departamento de Comayagua, en contra de
Osiris Miladys Morales Banegas, 2) Se ordena el pago de
la cantidad de Treinta y un mil setecientos dieciséis lempiras
con cuarenta centavos de lempira (L. 31,716.40), a favor de la
señora Osiris Miladys Morales Banegas, correspondiente al
avalúo del bien inmueble a expropiar, 3) Se ordena publicar
1a presente resolución por cinco veces en el Periódico Oficial
La Gaceta o por carteles fijados por la tabla de avisos de
este Despacho Judicial.- Notifíquese a las partes la presente
sentencia. FIRMA Y SELLO.- ABG. SELMA YADIRA
BARAHONA SANTOS, JUEZ DE LETRAS DE LA
SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA.- FIRMA
Y SELLO.- ABG. ANA MARGARITA BANEGAS,
SECRETARIA.
Y para los fines legales pertinentes, se extiende la presente
publicación en la ciudad de Comayagua, departamento de
Comayagua, a los treinta y uno días del mes de julio del
presente año dos mil veinticinco.
ABG. ANA MARGARITA BANEGAS ZUNIGA
SECRETARIA
26 S.,1,7,11 y 16 O.2025
La G aceta R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,969
Sección B A v isos L egales
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
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