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1 de agosto de 2024Vigente

Edicto — Edicto Juzgado de Letras de Gracias - Título Supletorio Rosa Elena Tobias Garcia

Poder Judicial

  • Publicación: 1 de agosto de 2024
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Categoria: Notarial y Registral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un juzgado de Lempira publica el reconocimiento de un terreno para Rosa Elena Tobias Garcia mediante título supletorio. Se especifican los colindantes (vecinos) y medidas exactas del terreno. El aviso se publica tres veces en periódico nacional para que terceros puedan reclamar si tienen derechos sobre la propiedad.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras, Departamento de Lempira; al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que este Juzgado con fecha veinticinco de junio del año dos mil veinticuatro, EN LA SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, promovida por la Abogada VILMA ARACELY AYALA BATRES, en su condición de Apoderada Legal de la señora ROSA ELENA TOBIAS GARCIA, dispuso mandar a publicar la admisión a trámite de Título Supletorio presentado por la señora ROSA ELENA TOBIAS GARCIA, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con la propiedad del señor Reynaldo Diaz; AL SUR, colinda con la propiedad del señor Julián Melgar Melgar; AL ESTE, colinda con la propiedad de la señora Maria Juana Tobías Garcia; AL OESTE, colinda con la propiedades de los señores, Jose Guillermo Tobías Garcia, Fernando Melgar, Sara Carmelina Pineda Melgar; Con los punto y coordenadas siguientes: Del punto uno al punto dos con una distancia de ciento siete punto cero cero metros (107.00m); del punto dos al punto tres con una distancia de veintidós punto noventa metros (22.90m); del punto tres al cuatro con una distancia de veinte punto treinta metros (20.30m); del punto cuatro al punto cinco con una distancia de cincuenta y cuatro punto cero cero metros (54.00m); del punto cinco al punto seis con una distancia de noventa y ocho punto noventa metros (98.90m); del punto seis al punto siete con una distancia de cincuenta y siete punto diez metros (57.10m); del punto siete al punto ocho con una distancia de sesenta punto sesenta metros (60.60m); del punto ocho al punto nueve con una distancia de ciento cinco punto ochenta metros (105.80m); se mandó a publicar por medio de Edictos, que se publicarán en la tabla de avisos del despacho, en un diario impreso de circulación nacional, por tres (3) veces de treinta (30) en treinta (30) días. Gracias, Lempira, 25 de junio del 2024 ABOGADA XENIA YORLENY BAUTISTA SECRETARIA 5 J., 5 A. y 5 S. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO

  • Ley sobre Privacion Definitiva de Dominio de Bienes de Origen Ilicito — Esta ley permite al Estado confiscar permanentemente bienes, dinero e instrumentos obtenidos de actividades ilícitas como narcotráfico, corrupción, lavado de dinero y crimen organizado, incluso sin condenar penalmente al propietario. El proceso es independiente de juicios penales y busca desmantelar organizaciones criminales eliminando su poder económico. (Decreto 26-2010, 2010)
  • Código Procesal Penal de Honduras — Este Código establece las reglas fundamentales del proceso penal en Honduras. Define que nadie puede ser condenado sin un juicio público y oral ante un juez competente, que toda persona es inocente hasta que se compruebe su culpabilidad, y protege derechos como la defensa legal y la igualdad de las partes. Aplica a todos los ciudadanos procesados penalmente y tiene como objetivo garantizar una justicia rápida, justa e imparcial respetando la dignidad humana. (Decreto 9-99-E, 2024)
  • Codigo de Procedimientos Comunes (pg 173 Actos No Contenciososos) — Este decreto de 1906 autoriza al Poder Ejecutivo a emitir códigos y leyes, incluido el Código de Procedimientos Comunes, para que entren en vigor el 1 de marzo de ese año junto con la nueva Constitución Política. Establece las reglas para los procedimientos civiles en Honduras, regulando cómo actúan los jueces, abogados, procuradores y ciudadanos en los juicios, así como los términos, notificaciones y trámites que deben seguirse.
  • Acuerdo 307-2017 - Unidades de Gobernación y Facultades — El Acuerdo 307-2017 reorganiza la Secretaría de Gobernación, dividiendo sus direcciones en dos subsecretarías: una de Justicia y otra de Gobernación y Descentralización. Establece funciones específicas para la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, incluyendo registro, seguimiento, inscripción de estatutos y estados financieros de organizaciones sin fines de lucro. (Decreto 185-2001, 2001)
  • Ley sobre privación definitiva del dominio de bienes de origen ilícito — Esta ley permite al Estado confiscar permanentemente bienes de origen ilícito sin necesidad de condenar penalmente al propietario. Aplica a bienes de narcotráfico, corrupción, lavado de dinero y otros delitos, incluso si no hay sentencia penal. Busca debilitar el crimen organizado eliminando sus ganancias económicas. (Decreto 26-2010)

Notas

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