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9 de enero de 2024Vigente

Edicto — Aviso Título Supletorio - Marco Tulio Chinchilla Aranda

  • Publicación: 9 de enero de 2024
  • Gaceta: 36,498
  • Categoria: Notarial y Registral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este edicto notifica públicamente que Marco Tulio Chinchilla Aranda solicita un Título Supletorio de Dominio (documento oficial de propiedad) para un terreno de 16,205.62 metros cuadrados ubicado en la aldea El Corpus, La Unión, Copán. El solicitante ha poseído pacíficamente este terreno durante más de diez años, lo que le permite obtener la escritura oficial mediante este procedimiento judicial simplificado.

Texto completo

La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que el ciudadano MARCO TULIO CHINCHILLA ARANDA, mayor de edad, casado, caficultor, hondureño y del domicilio de la aldea El Corpus La Unión, Copán, con DNI No. 0412-1991-00005, ha presentado solicitud de Título Supletorio de Dominio sobre: Un lote de terreno ubicado en la Aldea de Corpus, jurisdicción del municipio de La Unión departamento de Copán, constante de DOS PUNTO TREINTA Y DOS DE MANZANA (2.32 manz), con las colindancias siguientes: AL NORTE; con José María Chinchilla, AL SUR; con calle pública de la comunidad, AL ESTE; con Jorge Aranda y AL OESTE; con José María Chinchilla, que ya actualizado según plano queda de la forma siguiente: Un lote de terreno ubicado en la aldea El Corpus del municipio de Unión departamento de Copán, en el lugar conocido como Palanea, con las medidas y colindas siguientes: Al Norte; del punto 1 a la 2 S 69 56'38.06''E distancia de SESENTA Y SIETE PUNTO CERO SIETE METROS (67.07MTS), del punto 2 al 3 S 76 19'43.29 E mide TREINTA Y OCHO PUNTO CERO OCHO METROS (38.08 MTS), del punto 3 al 4 S68 11'54.93'' E distancia de CINCO PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS (5.39 MTS), del punto 4 al 5 S4702'43.47''E distancia de TREINTA Y NUEVE PUNTO SESENTA Y DOS METROS (39.62 MTS), colindando en estos puntos con José María Chinchilla. Al Sur; del punto 8 al 9 S7604'05.92''W distancia de CIENTO TREINTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y UN METROS (132.91 MTS), colinda con calle pública, Al Este; del punto 5 y 6 S2551'58.88''W distancia de TREINTA Y SEIS PUNTO SESENTA Y SIETE METROS (36.67 MTS), colinda con Dilcia Maribel Torres, del punto 6 al 7 S3652'11.63''W distancia de VEINTE PUNTO CERO CERO METROS (20.00 MTS), colinda con Mario España, del punto 7 al 8 S5307'48.37''W distancia de VEINTE PUNTO CERO CERO METROS (20.00 MTS), colindas con Mario España, Al Oeste; del punto 9 al 10 N1042'47.24''E distancia de TREINTA Y SIETE PUNTO SESENTA Y SEIS PUNTO CUARENTA UN METROS (66.41 MTS), colindando en estos puntos con Doris Marina Maldonado, con una área total de (16,205.62 M2).- El cual ha poseído en forma quieta, pacífica e interrumpidamente por más de diez años y en la que los testigos a MARIO ALBERTO ESPAÑA ARANDA, DILCIA MARIBEL TORRES y JOSE MARIA CHINCHILLA SAAVEDRA que afirmarán ser cierto. Santa Rosa de Copán, 20 de marzo del año dos mil veinticuatro. ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 2 A., 2 M. y 3 J. 2024

INVITACIÓN DE PRE-CALIFICACIÓN

  • Reglamento — Estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH) - Título IV a VIII — Este documento aprueba los estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH), estableciendo su estructura organizativa, funciones técnicas, disciplinarias y económicas. Define los requisitos para entrenar y arbitrar esgrima, crea un sistema de sanciones para infracciones, y regula los derechos de clubes, atletas y miembros honorarios en el deporte.
  • Código de Comercio de Honduras — Este Código de Comercio establece las reglas que rigen a los comerciantes, sus negocios y las operaciones mercantiles en Honduras. Define quiénes son comerciantes, qué son actos de comercio, regula diferentes tipos de sociedades mercantiles (como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y cooperativas), y establece sus obligaciones, derechos y responsabilidades ante terceros y entre socios. (Decreto 73-1950, 1950)
  • Codigo de Procedimientos Comunes (pg 173 Actos No Contenciososos) — Este decreto de 1906 autoriza al Poder Ejecutivo a emitir códigos y leyes, incluido el Código de Procedimientos Comunes, para que entren en vigor el 1 de marzo de ese año junto con la nueva Constitución Política. Establece las reglas para los procedimientos civiles en Honduras, regulando cómo actúan los jueces, abogados, procuradores y ciudadanos en los juicios, así como los términos, notificaciones y trámites que deben seguirse.
  • Ley Orgánica del Colegio de Biólogos de Honduras — Esta ley crea el Colegio de Biólogos de Honduras como organización profesional obligatoria para regular el ejercicio de la biología en el país. El Colegio protege a los biólogos profesionales, colabora con el Estado en conservación de recursos naturales, y asegura que solo profesionales colegiados dirijan proyectos ambientales. Los biólogos deben cumplir normas éticas y pagar cuotas, a cambio reciben protección legal y beneficios profesionales. (Decreto 113-2009, 2010)
  • Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)

Notas

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