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28 de septiembre de 2026Vigente

Edicto — Aviso Título Supletorio - José Humberto Arita Menjivar

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán

  • Publicación: 28 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán
  • Gaceta: 37,257
  • Categoria: Notarial y Registral

Texto completo

REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio de Dominio presentada por el señor JOSE HUMBERTO ARITA MENJIVAR, mayor de edad, hondureño, casado, ganadero, con Documento Nacional de Identificación Número 0409-1961-00012, con domicilio en el Municipio de Concepción Copán, es dueño de un inmueble ubicado La Cumbre, Delicias, Municipio de Concepción, Departamento de Copán, con una área total de QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PUNTO SEISCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (536,572.650 MTS2) y con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con propiedad del señor Saul Ramos; al SUR, colinda con propiedad de los señores Antonio Castañeda, Adelmo Castañeda, Humberto Arita, Manuel Antonio Santos, Gonzalo Gutiérrez, área libre de la comunidad y calle por medio con Marlon Donalys Aguilar, al ESTE, colinda con propiedad de los señores: Saul Ramos y Fredy Alfaro; al OESTE, colinda con propiedad de los señores: Oswaldo Contreras, Astolfo Villeda, Reina Rodríguez; dicho inmueble lo ha poseído en forma quieta pacifica e ininterrumpidamente desde hace más de VEINTIDÓS (22) años y del cual cuenta Contrato Privado de Compra Venta, y en la que los testigos: ANTONIO CASTAÑEDA VASQUEZ, con Documento Nacional de Identificación DNI 0403-1965- 00081, SAUL RAMOS CARTAGENA, con Documento Nacional de Identificación DNI 0403-1968-00010, todos mayores de edad, solteros, con domicilio en Aldea Las Delicias, jurisdicción del Municipio de Concepción, Departamento de Copán, quienes afirmaran ser cierto. Santa Rosa de Copán, 16 de junio de 2026 ABG. RONALD EDGARDO PINEDA GOMEZ SECRETARIO, POR LEY 28 A., 28 S. y 28 O. 2026. ____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN

  • Reglamento — Estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH) - Título IV a VIII — Este documento aprueba los estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH), estableciendo su estructura organizativa, funciones técnicas, disciplinarias y económicas. Define los requisitos para entrenar y arbitrar esgrima, crea un sistema de sanciones para infracciones, y regula los derechos de clubes, atletas y miembros honorarios en el deporte.
  • Código de Comercio de Honduras — Este Código de Comercio establece las reglas que rigen a los comerciantes, sus negocios y las operaciones mercantiles en Honduras. Define quiénes son comerciantes, qué son actos de comercio, regula diferentes tipos de sociedades mercantiles (como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y cooperativas), y establece sus obligaciones, derechos y responsabilidades ante terceros y entre socios. (Decreto 73-1950, 1950)
  • Codigo de Procedimientos Comunes (pg 173 Actos No Contenciososos) — Este decreto de 1906 autoriza al Poder Ejecutivo a emitir códigos y leyes, incluido el Código de Procedimientos Comunes, para que entren en vigor el 1 de marzo de ese año junto con la nueva Constitución Política. Establece las reglas para los procedimientos civiles en Honduras, regulando cómo actúan los jueces, abogados, procuradores y ciudadanos en los juicios, así como los términos, notificaciones y trámites que deben seguirse.
  • Ley Orgánica del Colegio de Biólogos de Honduras — Esta ley crea el Colegio de Biólogos de Honduras como organización profesional obligatoria para regular el ejercicio de la biología en el país. El Colegio protege a los biólogos profesionales, colabora con el Estado en conservación de recursos naturales, y asegura que solo profesionales colegiados dirijan proyectos ambientales. Los biólogos deben cumplir normas éticas y pagar cuotas, a cambio reciben protección legal y beneficios profesionales. (Decreto 113-2009, 2010)
  • Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)

Notas

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