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14 de diciembre de 2017Vigente

Edicto — Aviso Título Supletorio - Jose Adelmo Marquez Urrea

Juzgado de Letras Seccional de Santa Rosa de Copán

  • Publicación: 14 de diciembre de 2017
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Seccional de Santa Rosa de Copán
  • Gaceta: 34,517

Texto completo

AVISO TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional, Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de Ley consiguiente, HACE SABER: Que el señor JOSE ADELMO MARQUEZ URREA, mayor de edad, casado, agricultor, hondureño, vecino de Pashapa, Jurisdicción del municipio de Corquín Copán, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de dominio sobre un bien inmueble la cual tiene una extensión superficial de tres mil doscientos quince punto cero, cero metros cuadrado (3,215,00) Mts.2, equivale a cero punto treinta y dos hectáreas (032 Has.) o cero punto cuarenta y cinco manzanas (0.45Mz.), con colindancias especiales; AL NORTE, colinda con propiedad el señor JULIO ENRIQUE ALVARADO; AL ESTE, colinda con propiedad del señor PEDRO ANTONIO PEÑA LANDAVERDE y quebrada de por medio; AL SUR, colinda con propiedad del señor JOSE CRUZ MARQUEZ URREA; AL OESTE, colinda con propiedad de los señores AMELIA LANDAVERDE FUENTES, JOSE CRUZ MARQUEZ URREA y JOSE ALFREDO ESTEVEZ, dicho inmueble lo ha poseído de una manera quieta, pacífica, tranquila y no interrumpida por más de doce años y en la que aparecen los testigos Julio Enrique Alvarado Portillo, José Cruz Márquez Urrea y José Alfredo Estévez fuentes, afirmaron ser cierto. Santa Rosa de Copán, 25 de septiembre 2017. HOGLA SELITA MEDINA SECRETARIA 14 O., 14 N. y 14 D. 2017

  • Reglamento — Estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH) - Título IV a VIII — Este documento aprueba los estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH), estableciendo su estructura organizativa, funciones técnicas, disciplinarias y económicas. Define los requisitos para entrenar y arbitrar esgrima, crea un sistema de sanciones para infracciones, y regula los derechos de clubes, atletas y miembros honorarios en el deporte.
  • Código de Comercio de Honduras — Este Código de Comercio establece las reglas que rigen a los comerciantes, sus negocios y las operaciones mercantiles en Honduras. Define quiénes son comerciantes, qué son actos de comercio, regula diferentes tipos de sociedades mercantiles (como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y cooperativas), y establece sus obligaciones, derechos y responsabilidades ante terceros y entre socios. (Decreto 73-1950, 1950)
  • Codigo de Procedimientos Comunes (pg 173 Actos No Contenciososos) — Este decreto de 1906 autoriza al Poder Ejecutivo a emitir códigos y leyes, incluido el Código de Procedimientos Comunes, para que entren en vigor el 1 de marzo de ese año junto con la nueva Constitución Política. Establece las reglas para los procedimientos civiles en Honduras, regulando cómo actúan los jueces, abogados, procuradores y ciudadanos en los juicios, así como los términos, notificaciones y trámites que deben seguirse.
  • Ley Orgánica del Colegio de Biólogos de Honduras — Esta ley crea el Colegio de Biólogos de Honduras como organización profesional obligatoria para regular el ejercicio de la biología en el país. El Colegio protege a los biólogos profesionales, colabora con el Estado en conservación de recursos naturales, y asegura que solo profesionales colegiados dirijan proyectos ambientales. Los biólogos deben cumplir normas éticas y pagar cuotas, a cambio reciben protección legal y beneficios profesionales. (Decreto 113-2009, 2010)
  • Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)

Notas

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