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6 de junio de 2017Vigente

Edicto — Aviso Título Supletorio - Solicitante Laura Maribel Romero Estévez

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán

  • Publicación: 6 de junio de 2017
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán
  • Gaceta: 34,357

Texto completo

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el señor JUANA LIDIA ROMERO ESTÉVEZ, mayor de edad, casada, ama de casa, hondureña y vecino de San Pedro Copán, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, de un lote, número 1) Terreno que consta de CUATRO PUNTO CINCUENTA Y CINCO MANZANAS (4.55 MZ.), ubicado en el lugar denominado Aruco, actualmente Loma del Niño, jurisdicción de San Pedro, Copán, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con propiedad Wuilian Peraza Ventura, ALSUR, colinda con propiedad Sandra Isabel Romero Estévez; AL ESTE, colinda con carretera de por medio; y, AL O ESTE, colinda con propiedad de José Melvin Franco Guerra. 2) Un lote terreno que consta de CINCO PUNTO CUARENTAY CUATRO MANZANAS (5.44 MZ.), ubicado en el lugar denominado Aruco, actualmente Loma del Niño, jurisdicción de San Pedro, Copán, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con propiedad José Santos Franco Chinchilla; AL SUR, colinda con carretera que conduce a Capucas; AL ESTE, colinda con propiedad de Gertrudis Romero Estévez; y, AL OESTE, colinda con propiedad de Helsa Judith Romero Estévez. El cual ha poseído en forma quieta pacífica e interrumpidamente por más de diez años, y en la que los testigos José Melvin Ranco Guerra, Wuilian Peraza Ventura, Sandra Isabel Romero Estévez, Helsa Judith Romero Estévez y Gertrudis Romero Estévez, quienes afirmaran ser cierto. Santa Rosa de Copán, veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete. HEYDY FLORES LARA SECRETARIA, POR LEY 6 M., 6 J. y 6 J. 2017. _______ JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio, promovida por la señora: LAURA MARIBEL ROMERO ESTÉVEZ, mayor de edad, casada, ama de casada, hondureña, con domicilio en el municipio de San Pedro, departamento de Copán, con Identidad Número 0420-1974-00089, es dueña de tres terrenos ubicados en el lugar denominado CAPUCAS, jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento de Copán.- 1) LOTE UNO: Ubicado en Capucas, San Pedro, departamento de Copán, con un área de CINCO PUNTO CUARENTA Y DOS MANZANAS (5.42 MZ.), está delimitado de la forma siguiente: AL NORTE, colinda con propiedad de Laureano Tito Romero Estévez; AL SUR, colinda con calle de por medio con María Ana de Jesús Romero Estévez y Rosalba Estévez; AL ESTE, colinda con calle de por medio con Sandra Isabel Romero Estévez; y, AL OESTE, colinda con Gertrudis Romero Estévez. 2) LOTE DOS: Ubicado en Capucas, San Pedro, departamento de Copán, con un área de CERO PUNTO SETENTA MANZANAS DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL (0.70MZS.), el cual está delimitado de la forma siguiente: AL NORTE, colinda con Rosalba Estévez Larios; AL SUR, colinda con Anarada Romero Estévez; AL ESTE, colinda con Rosalba Estévez Larios; AL OESTE, colinda con calle de por medio con José Isidro Lara, Gertrudis Romero Estévez. 3) LOTE TRES: Ubicado en Capucas, San Pedro, departamento de Copán, con un área de SIETE PUNTO DIECISIETE MANZANAS DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL (7.17 MZS.), y está delimitado de la forma siguiente: AL NORTE, colinda con María Antonia Torres; AL SUR, colinda con Helza Judith Romero Estévez; AL ESTE, colinda con Mirna Cardoza y Rafael Navarrete; AL OESTE, colinda con Sandra Isabel Romero. Representa: Abogado CÉSAR OMAR CHAVEZ MIRNDA. Santa Rosa de Copán, 23 de marzo del 2017. EMMA DELFINA RAMOS SECRETARIA ADJUNTA 6 M., 6 J. y 6 J. 2017.

  • Reglamento — Estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH) - Título IV a VIII — Este documento aprueba los estatutos de la Federación Nacional de Esgrima de Honduras (FENESH), estableciendo su estructura organizativa, funciones técnicas, disciplinarias y económicas. Define los requisitos para entrenar y arbitrar esgrima, crea un sistema de sanciones para infracciones, y regula los derechos de clubes, atletas y miembros honorarios en el deporte.
  • Código de Comercio de Honduras — Este Código de Comercio establece las reglas que rigen a los comerciantes, sus negocios y las operaciones mercantiles en Honduras. Define quiénes son comerciantes, qué son actos de comercio, regula diferentes tipos de sociedades mercantiles (como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y cooperativas), y establece sus obligaciones, derechos y responsabilidades ante terceros y entre socios. (Decreto 73-1950, 1950)
  • Codigo de Procedimientos Comunes (pg 173 Actos No Contenciososos) — Este decreto de 1906 autoriza al Poder Ejecutivo a emitir códigos y leyes, incluido el Código de Procedimientos Comunes, para que entren en vigor el 1 de marzo de ese año junto con la nueva Constitución Política. Establece las reglas para los procedimientos civiles en Honduras, regulando cómo actúan los jueces, abogados, procuradores y ciudadanos en los juicios, así como los términos, notificaciones y trámites que deben seguirse.
  • Ley Orgánica del Colegio de Biólogos de Honduras — Esta ley crea el Colegio de Biólogos de Honduras como organización profesional obligatoria para regular el ejercicio de la biología en el país. El Colegio protege a los biólogos profesionales, colabora con el Estado en conservación de recursos naturales, y asegura que solo profesionales colegiados dirijan proyectos ambientales. Los biólogos deben cumplir normas éticas y pagar cuotas, a cambio reciben protección legal y beneficios profesionales. (Decreto 113-2009, 2010)
  • Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)

Notas

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