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23 de noviembre de 2010Vigente Descargar PDF original

Crear la Unid de Género del PJ, adscrita temporalmente al Centro (CEDIJ)

Poder Judicial

  • Publicación: 23 de noviembre de 2010
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 32,373
  • Categoria: Constitucional

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta ley crea la Unidad de Género del Poder Judicial, adscrita al Centro de Documentación Judicial, para garantizar igualdad y eliminar discriminación contra las mujeres en los procesos judiciales y laborales. La unidad promueve la perspectiva de género en toda la institución, capacita funcionarios, recopila estadísticas y coordina políticas de equidad para asegurar acceso justo a la justicia para hombres y mujeres.

Considerandos

Que la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), ratificada por Honduras, establece en su artículo 2, inciso e), el compromiso de los Estados partes, de adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas. El Comité de la CEDAW, por medio de sus recomendaciones 19, estableció la relación entre discriminación y violencia considerada así que actos discriminatorios pueden resultar en actos de violencia, asimismo actos de violencia pueden resultar en actos discriminatorios.

Que la Convención para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra la Mujer, ratificada por los países de la región, reconoce que la violencia contra la mujer es una violencia a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres.

Que mediante Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica celebrado entre el Poder Judicial de Honduras y el Instituto Nacional de la Mujer (INAM) en fecha 21 de julio del año 2008, entre los compromisos asumidos por el Poder Judicial de Honduras en su cláusula tercera, literal A), se encuentra la creación de la Unidad de Género dentro del Poder Judicial para la promoción e implementación de una política de género dentro de la institución.

Que actualmente el Poder Judicial de Honduras a través del Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ), ha establecido un grupo de trabajo que ha servido de enlace con las diferentes instituciones y organizaciones accionadas en el tema de género.

Que el Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ) ha implementado formatos de recolección de información para la generación de bases estadísticas con un enfoque de género, que permite diferenciar en todos los niveles e instancias jurisdiccionales este importante cúmulo de información, que sirve de herramienta para la toma de decisiones e implementación de políticas institucionales.

Texto completo

La Gaceta

Corte Suprema de Justicia

ACUERDO No. 04

Tegucigalpa, M. D.C., 30 de septiembre de 2010

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CONSIDERANDO: Que la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), ratificada por Honduras, establece en su artículo 2, inciso e), el compromiso de los Estados partes, de adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas. El Comité de la CEDAW, por medio de sus recomendaciones 19, estableció la relación entre discriminación y violencia considerada así que actos discriminatorios pueden resultar en actos de violencia, asimismo actos de violencia pueden resultar en actos discriminatorios.

CONSIDERANDO: Que la Convención para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra la Mujer, ratificada por los países de la región, reconoce que la violencia contra la mujer es una violencia a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres.

CONSIDERANDO: Que mediante Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica celebrado entre el Poder Judicial de Honduras y el Instituto Nacional de la Mujer (INAM) en fecha 21 de julio del año 2008, entre los compromisos asumidos por el Poder Judicial de Honduras en su cláusula tercera, literal A), se encuentra la creación de la Unidad de Género dentro del Poder Judicial para la promoción e implementación de una política de género dentro de la institución.

CONSIDERANDO: Que actualmente el Poder Judicial de Honduras a través del Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ), ha establecido un grupo de trabajo que ha servido de enlace con las diferentes instituciones y organizaciones accionadas en el tema de género.

CONSIDERANDO: Que el Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ) ha implementado formatos de recolección de información para la generación de bases estadísticas con un enfoque de género, que permite diferenciar en todos los niveles e instancias jurisdiccionales este importante cúmulo de información, que sirve de herramienta para la toma de decisiones e implementación de políticas institucionales.

POR TANTO: La Corte Suprema de Justicia en uso de sus facultades y en aplicación del Artículo 313 numerales 1 y 12 de la Constitución de la República,

ACUERDA:

PRIMERO: Crear la Unidad de Género del Poder Judicial de Honduras autorizada temporalmente al Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ) que será responsable de promover, orientar, fortalecer y monitorear los procesos de cambio organizacional e institucional para transversalizar la perspectiva de género en la institucionalización en la organización, gestión y servicios brindados por el Poder Judicial, asegurando el acceso equitativo a la justicia para hombres y mujeres, sin discriminación alguna.

SEGUNDO: La Unidad de Género del Poder Judicial tendrá los siguientes objetivos específicos: a) Incorporar en forma transversal la perspectiva de género en la planificación y gestión institucional en los procesos jurisdiccionales y administrativos internos con el fin de asegurar una mejor condición laboral para las(os) funcionarias(os); b) Coordinar las actividades a nivel interno y externo encaminadas al cumplimiento de la incorporación de la perspectiva de género en la institución; c) Asegurar el cumplimiento de la incorporación de perspectiva de género a través del seguimiento y la evaluación de las acciones emprendidas, garantizando que los instrumentos legales y metodológicos internos aseguren la incorporación de la perspectiva de género en todos los niveles que realice el Poder Judicial; e) Establecer mecanismos de promoción y divulgación internos y externos acerca de la implementación de la política de género en el Poder Judicial.

TERCERO: Las funciones de la Unidad de Género son:

  • a)

    Institucionalizar mediante instrumentos legales y metodológicos una política de género en el Poder Judicial;

  • b)

    Coordinar y articular con cada una de las dependencias dentro de los límites del Poder Judicial, con el objetivo de impulsar acciones de orden estratégico para fomentar condiciones de igualdad oportunidades y equidad de género;

  • c)

    Impulsar y asesorar el proceso de formulación del Plan de Acción Estratégico, dirigido a transformar la cultura organizacional, y los valores institucionales de la institución;

  • d)

    Promover, apoyar y canalizar iniciativas propias e institucionales con organismos nacionales e internacionales para fortalecer las acciones promovidas por la Unidad de Género;

  • e)

    Impulsar procesos de formación del recurso humano en coordinación con la Escuela Judicial "Francisco Salomón Jiménez Castro" que permita generar las herramientas teóricas y metodológicas para la aplicación del enfoque de género en cualquier lugar,

  • f)

    Brindar asesoría sobre la aplicación práctica de la política estratégica institucional;

  • g)

    Elaborar informes sobre los avances en materia de igualdad de oportunidades y equidad de género en el Poder Judicial;

  • h)

    Colaborar con el Instituto Nacional de la Mujer en la elaboración de informes en cumplimiento a la implementación de la CEDAW;

  • i)

    Participar en reuniones de trabajo con instituciones afines para fortalecer la igualdad de género;

  • j)

    Coordinar con el Instituto Nacional de la Mujer la promoción y aplicación de políticas públicas para la igualdad de género;

  • k)

    Remitir las consultas sobre situaciones de discriminación que enfrenten las(os) funcionarias(os) y empleadas(os) por razones de género a través de la Inspectoría General de Juzgados y Tribunales, para su evaluación, seguimiento y resolución según sea el caso;

  • l)

    Crear mecanismos e indicadores de medición y evaluación de la implementación transversal de la política de género en coordinación con la Dirección de Presupuesto, Planificación y Financiamiento la aplicación de los mecanismos e indicadores de medición y evaluación de la implementación transversal de la política de género;

  • m)

    Participar como invitada(o) en las reuniones de Equipos Gerencial del Poder Judicial;

  • n)

    todas aquellas inherentes a desarrollar los objetivos específicos de la Unidad de Género.

    CUARTO: Incorporar al Plan Operativo anual del año 2011 los requerimientos de recursos humanos, técnicos y financieros para la consolidación de la Unidad de Género que se encuentran adscrita a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia.

    QUINTO: Comunicar el presente acuerdo al Instituto Nacional de la Mujer (INAM), a todas las dependencias administrativas del Poder Judicial y ordenar su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta", para los efectos legales correspondientes y su publicación en el portal Web institucional propio.

    SEXTO: La aprobación del presente Acuerdo consta en el Acta No. (2) levantada en sesión del Pleno de la Corte Suprema de Justicia celebrada el 22 de abril del año dos mil diez, cuyo texto íntegro se publicará en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNIQUESE.

    JORGE ALBERTO RIVERA AVILÉS PRESIDENTE

    LUCILA CRUZ MENÉNDEZ SECRETARIA GENERAL