Acuerdo Ministerial No. 294-2023 — Habilitación de horas inhábiles para notificación de resoluciones de exoneraciones tributarias
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Decreto: 294-2023
- Publicación: 11 de agosto de 2023
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Gaceta: 36,305
Considerandos
Que mediante Acuerdo No. 7-2022 de fecha 27 de enero de 2022, la señora Presidenta Constitucional de la República nombró a la ciudadana RIXI MONCADA GODOY, en el cargo de Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas.
Que los Secretarios de Estado son los colaboradores de la Presidenta de la República en el Despacho de los asuntos públicos y en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos de la Administración Pública Centralizada y la coordinación de las entidades y órganos desconcentrados o de las instituciones descentralizadas, en el área de su competencia.
Que los Secretarios de Estado, para el despacho de los asuntos de su competencia, serán asistidos por uno (1) o más Subsecretarios, el Secretario General, y los Directores Generales o titulares de otros órganos de autoridad que las leyes determinen y tienen la atribución de conocer y resolver los asuntos competentes, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo Número PCM- 008-97, pudiendo delegar en los funcionarios o titulares el ejercicio de atribuciones específicas.
Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que les delegue la Presidenta de la República, y cuidar de su ejecución.
Que el Código Tributario contenido en el Decreto 170-2016, establece en el artículo 14 numeral 2, lo siguiente: "...2) En los plazos establecidos por días se cuentan únicamente los días hábiles administrativos, salvo disposición legal en contrario o habilitación decretada de oficio o a petición de interesados por el órgano competente, siempre que hubiere causa urgente y en casos particulares, de conformidad con el procedimiento contenido en este Código...”.
Que la Ley de Procedimiento Administrativo, establece en su artículo 46 primer párrafo, lo siguiente: "Para todos los plazos establecidos en días se computarán únicamente los días hábiles administrativos, salvo disposición legal en contrario o habilitación decretada, de oficio o a petición de interesados por el órgano competente, siempre que hubiere causa urgente ...". Asimismo, en su artículo 47, primer párrafo dispone: “Se entenderán días hábiles administrativos,todos los del año,excepto los sábados en aquellas oficinas donde no se labore por disposición gubernamental, los domingos, feriados nacionales y los que mandare que vaquen las oficinas públicas ... ".
Articulos
, primer párrafo dispone: “Se entenderán días hábiles administrativos,todos los del año,excepto los sábados en aquellas oficinas donde no se labore por disposición gubernamental, los domingos, feriados nacionales y los que mandare que vaquen las oficinas públicas ... ". POR TANTO: En uso de las facultades de que está investida y en aplicación de los artículos 14 y 21 del Código Tributario contenido en el Decreto 170-2016; 36 numeral 8, 19, 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 19, 24, 27, 46, 47, 87 y 88 de la Ley de Procedimiento Administrativo, estos dos últimos reformados por el artículo 2 del Decreto Legislativo No. 266-2013, de fecha 16 de diciembre de 2013; 17, 24, 27 numeral 8, párrafo segundo, 40 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, Decreto Ejecutivo Número PCM-008-97. ACUERDA: PRIMERO: Habilitar las horas inhábiles para el día veintiséis (26) de julio del año dos mil veintitrés (2023), para notificar resoluciones de exoneraciones del Impuesto Sobre la Renta y conexos, de forma personal o mediante correo electrónico, que emita la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras (DGCFA), en Tegucigalpa a partir de las cinco (5:00) hasta las seis (6:00) de la tarde y en San Pedro Sula (Región Noroccidental) a partir de las cuatro (4:00) hasta las seis (6:00) de la tarde. SEGUNDO: Hacer las transcripciones de Ley. TERCERO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. RIXI MONCADA GODOY Secretaria de Estado CLAUDIA REGINA SALOMON MENDEZ Secretaria General