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20 de enero de 2021Vigente

Acuerdo Municipal — Aplicación de descuento adicional en tributos municipales conforme Decreto 144-2020

Congreso Nacional

  • Publicación: 20 de enero de 2021
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 35,492
  • Categoria: Municipal

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta ley permite que los municipios de Honduras apliquen un descuento adicional del 10% en el pago de impuestos y tasas municipales durante 2021, llegando hasta 20% total si la situación económica del municipio lo permite. El descuento se otorga a contribuyentes que paguen sus obligaciones tributarias antes o en la fecha de vencimiento.

Articulos

Articulo 3.-

Para ser aplicado en los planes de arbitrios que se aprueben en el año dos mil veinte (2020), cuya vigencia es efectiva a partir del primero (1) de enero hasta el treinta y uno (31) de Diciembre del año dos mil veintiuno (2021), con carácter transitorio y excepcional se autoriza a todas las Corporaciones Municipales del país para que incorporen un sistema de descuentos en el pago de los diferentes tributos municipales, en un porcentaje adicional del diez por ciento (l0%) igual al establecido en la Ley de Municipalidades, pudiendo, llegar en total al veinte por ciento (20%), lo que se verificará con base a los ingresos, obligaciones y situación económica específica de cada Municipio; siempre y cuando, el

La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 20 D E ENERO D EL 2021 No. 35,492 contribuyente haga efectivo el pago del tributo en cualquier momento antes o, inclusive, en la fecha misma de vencimiento de las diferentes obligaciones tributarias de cada municipio. Las cantidades concedidas a los contribuyentes por concepto de descuentos por pagos anticipados deben ser registradas en la respectiva cuenta de la contabilidad municipal.

Articulo 4.-

El procedimiento para la definición del porcentaje de descuento, adicional al diez por ciento (10%) establecido en la Ley de Municipalidades, a que se refiere el Artículo anterior de este Decreto, debe ser aprobado en sesión de Corporación Municipal modificando la estructura de su presupuesto y el correspondiente Plan de Arbitrios para el año dos mil veintiuno (2021), para lo cual se debe contar con el Aval del Comisionado Municipal de Transparencia. Ampliamente discutido el presente Decreto la Corporación Municipal con las facultades que la Ley le confiera acuerda aprobar de ratificación inmediata se aplique el 10% adicional en el pago de Impuestos y Tasas Municipales que hace referencia el Decreto Número 144-2020, modificando por adición el Artículo 239 del Plan de Arbitrio agregándole un inciso en donde se leerá Así: Aplicar un l0% de descuento adicional de conformidad al Decreto número 144-2020, en el pago de tributos Municipal para el año 2021. NOVENO... DECIMO: Y no habiendo más de que tratar se cerró la sesión 12:12 P.M. :::::::ES CONFORME A SU ORIGINAL::::::: Siguatepeque, departamento de Comayagua, a los cuatro (04) días del mes de enero del dos mil veintiuno (2021). ABG. JUAN CARLOS MORALES PACHECO ALCALDE MUNICIPAL LIC. KAREN ELISA RECINOS MIRANDA SECRETARIA MUNICIPAL 20 E. 2021.

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