VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 002-2021 | 8 de enero de 2021 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,481
Acuerdo Ministerial No. 002-2021 — Derogación del Acuerdo 229-2020 y reestablecimiento del horario del Puesto Fronterizo Integrado Agua Caliente
Considerandos
- 1.Que el Artículo 247 de la Constitución de la República establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
- 2.Que a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, conforme a lo establecido en el Artículo 29 Numeral 7 de la Ley General de la Administración Pública, le compete entre sus atribuciones, las políticas relacionadas con el comercio nacional e internacional de bienes y servicios.
- 3.Que mediante Acuerdo Ministerial 2 2 9 - 2 0 2 0 s e e s t a b l e c i ó temporalmente que el horario de atención del Puesto Fronterizo Integrado de Agua Caliente, fuera las 24 horas del día mientras se restablezca el funcionamiento normal de los puestos fronterizos integrado de Corinto y el Florido.
- 4.Que actualmente los Puestos Fronterizos Integrados de Corinto y el Florido han restablecido su funcionamiento normal. CONSIDERANDO: Q u e e l A r t í c u l o 5 4 d e l Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo establece que a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Eco n ó mico le co mp ete la f o r m u l a c i ó n , e j e c u c i ó n y evaluación de políticas de comercio bilateral, regional o interregional. -- 45 of 620 --
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