VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 120-2025 | 12 de julio de 2016

Acuerdo Ministerial No. 120-2025 — Prórroga para presentación de informes de actividades y financieros de Asociaciones sin fines de lucro

Considerandos

  1. 1.Que, la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, de conformidad con el artículo 29, numeral 4.14, de la Ley General de la Administración Pública, tiene dentro de sus competencias, entre otras, “el registro, regulación, supervisión …, de todos los entes y asociaciones civiles, siempre que las leyes especiales no confieran esta potestad a otros órganos del Estado”.
  2. 2.Que, para asegurar que los beneficios que se promueven por medio de las Asociaciones Civiles y Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD, por sus siglas), a favor de distintos sectores de la población, es necesario contar con un Registro confiable que le permita al Estado de Honduras dar un seguimiento adecuado a sus actividades, estatutos y reformas, cambios de domicilio, elección de juntas directivas y órganos de dirección.
  3. 3.Que, todas las Asociaciones Civiles y Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), así como otras cuya personalidad jurídica ha sido otorgada por esta Secretaría de Estado, están obligadas a presentar ante la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), sus correspondientes Estados Financieros auditados al cierre de cada ejercicio fiscal, cuando ejecuten fondos y realicen actividades.
  4. 4.Que, debido a situaciones de contexto interno como internacional, algunas organizaciones han planteado dificultades en la aprobación de informes, así como, la posibilidad de ampliar el período de dos (2) meses al que aluden sus resoluciones de personalidad jurídica y la Ley de ONG´s.

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