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28 de agosto de 2025Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 118-2025 — Autorización de Contratación Directa para el funcionamiento operativo de las Fuerzas Armadas

Presidencia de la República

  • Decreto: 118-2025
  • Publicación: 28 de agosto de 2025
  • Órgano emisor: Presidencia de la República
  • Gaceta: 36,928

Considerandos

Que de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos: 235, 245 numerales 2); 11) y 16), 277 y 278 de la Constitución de la República, la titularidad del Poder Ejecutivo es ejercido, en representación y para beneficio del pueblo por la Presidenta de la República, a quien corresponde dentro de sus atribuciones dirigir la Política General del Estado y representarlo; encontrándose para tales efectos legitimada para adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, ejerciendo el mando de las Fuerzas Armadas en su carácter de Comandante General e impartiendo órdenes las cuales deberán ser acatadas y ejecutadas con apego a la Constitución y a los principios de legalidad, disciplina y profesionalismo militar.

Que tal como se establece en los artículos: 272 y 274 Constitucionales, las Fuerzas Armadas de Honduras son una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante constituida para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz y el imperio de la Constitución, así como el cooperar con las instituciones de seguridad pública, a petición de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, para combatir el terrorismo, tráfico de armas y crimen organizado. EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821

Que en cumplimiento de la disposición establecida en el artículo 287 de la Constitución de la República, mediante el Decreto 239-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 32,692 en fecha 12 de diciembre de 2011 fue emitida la Ley Especial del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, el cual, de conformidad a sus artículos: 1, 2 y 3 será el máximo órgano permanente, encargado de rectorar, diseñar y supervisar las políticas generales en materia de seguridad, defensa nacional e inteligencia, así como estrategias de prevención, combate, investigación y sanción de las conductas delictivas, debiendo coordinar para ello las acciones necesarias y pertinentes entre los distintos entes que tengan competencias relacionadas en la materia, mismo que será precedido por la Presidencia de la República.

Que el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad aprobó mediante Acuerdo No. CNDS-003/2024 de fecha 14 de junio de 2024, el “PLAN DE SOLUCIÓN CONTRA EL CRIMEN”, designando a las Secretarías de Estado en los Despachos de Seguridad y Defensa Nacional, la planificación y ejecución de intervenciones con carácter de urgencia en todos los municipios del país identificados con mayor incidencia en crímenes cometidos por grupos del crimen organizado.

Que en fecha martes 3 de septiembre de 2024, la Presidenta de la República ordenó a la Secretaría de Estado en. el Despacho de Defensa, proveer todas las herramientas y la tecnología requeridas por las Fuerzas Armadas, para impedir que Honduras siga siendo utilizada como puente para el tráfico de la droga.

Que de conformidad a lo señalado en el artículo 245 numerales; 19) y 45), así como por el artículo 360 Constitucional en relación con los artículos: 1, 38 y 63 numerales; 2), 4), 6) y párrafo final de la Ley de Contratación del Estado, todos los contratos para la ejecución de obras públicas, adquisición de suministros y servicios o consultoría celebrada por la Administración Pública deberán ejecutarse previa licitación, concurso o subasta, siendo una excepción a dichos procedimientos los contratos cuya finalidad la constituya la adquisición de repuestos u otros bienes y servicios especializados cuya fabricación o venta sea exclusiua de quienes tengan patente o marca de fábrica registrada, siempre que no hubieren sustitutos convenientes o cuando las circunstancias exijan que las operaciones del gobierno se mantengan secretas, así como cuando se trate de trabajos científicos, técnicos o artísticos especializados, bajo cuya circunstancia, cuando se tratase de la Administración Centralizada, corresponderá a la Presidencia de la República emitir la autorización para llevar a cabo la Contratación de dichos productos o servicios bajo la modalidad de Contratación Directa.

Que para dar continuidad a la ejecución del: “Plan de Solución Contra El Crimen”, aprobado por el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS) y que de esta manera las Secretarías de Estado en los Despachos de Seguridad y de Defensa Nacional puedan realizar en todos los municipios del país identificados con mayor incidencia de delitos cometidos por grupos de crimen organizado las intervenciones que con carácter de urgencia le fueron designadas es necesario que las mismas se mantengan secretas, así como la utilización de bienes y servicios especializados.

Que mediante el Acuerdo S.D.N 167-2024 el cual fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 36,659 de fecha 08 de octubre de 2024 fue delegado en el Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ORLANDO ENRIQUE GARNER ORDOÑEZ el ejercicio de funciones diversas funciones administrativas.

Que en fecha 05 de junio de 2025 fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 36,856 el Acuerdo Ejecutivo 63-2025 mediante el cual se ratificó el contenido del Acuerdo S.D.N 167-2024 y se ampliar on las funciones del Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ORLANDO ENRIQUE GARNER ORDOÑEZ, incluyendo en el artículo “PRIMERO” numerales: 1) y 2) la facultad de celebrar y suscribir contratos de servicios y materiales que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de La Ley de Contratación del Estado. Así como la de firmar órdenes de pago, contratos de suministro de bienes y servicios y la suscripción de documentos administrativos relacionados con la ejecución presupuestaria.

Que en fecha 18 de junio de 2025 fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 36,867 el Acuerdo Ejecutivo 74-2025 mediante el cual se amplió el contenido del Acuerdo Ejecutivo 63-2025 y se ampliar on las funciones del Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ORLANDO ENRIQUE GARNER ORDOÑEZ, incluyendo en el artículo “PRIMERO” numeral: 12) la facultad de firmar los contratos de obras y consultorios y derivados de los mismos.

Que de conformidad a lo establecido en los artículos: 11 numeral 1) literal a) y 12 de La Ley de Contratación del Estado, así como por lo establecido en el artículo 19 de su Reglamento, los Secretarios de Estado, dentro del ámbito de su respectivo ramo se encontrarán facultados para adjudicar y celebrar los contratos.

Que con la finalidad de dar cumplimiento a las funciones del Poder Ejecutivo, la titular del mismo se encuentra legitimada para emitir los actos administrativos que fuesen necesarios, tal como lo establece el artículo 245 numeral 11) de la Constitución de la República en relación con los artículos: 116, 117 y 118 de la Ley General de la Administración Pública.

Articulos

Articulo 1.-

AUTORIZAR al ciudadano ORLANDO ENRIQUE GARNER ORDÓNEZ, en su condición de Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, para que, mediante el proceso de CONTRATACIÓN DIRECTA, proceda a la adquisición de los bienes y servicios, obras, diseño, consultorías o suministros, que fuesen necesarios para el funcionamiento operativo de las Fuerzas Armadas de Honduras en el marco de la ejecución del “Plan de Solución Contra el Crimen”.

Articulo 2.-

Se autoriza e instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a dar continuidad hasta su finalización a los proyectos iniciados en el marco de los Acuerdos Ejecutivos No. 002-2024 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 15 de febrero del 2024, edición 36,461 y Acuerdo Ejecutivo No. 190-2024 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 25 de octubre de 2024, edición 36,672. Lo anterior, con el fin de fortalecer las capacidades institucionales en beneficio de la población hondureña, para el combate contra el narcotráfico y el crimen organizado.

Articulo 3.-

Los contratos suscritos al amparo del presente Acuerdo Ejecutivo se realizarán procurando obtener las condiciones más ventajosas y de calidad para la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación