Acuerdo No. 026A-2013 — Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria (ENFC)
Instituto de Conservación Forestal (ICF)
- Decreto: 026A-2013
- Publicación: 18 de agosto de 2025
- Órgano emisor: Instituto de Conservación Forestal (ICF)
- Gaceta: 36,919
Considerandos
Que el ICF emitió el Acuerdo N°. 026A-2013, aprobado en fecha veintiséis (26) de septiembre del año dos mil trece, mediante el cual se aprobó la “ESTRATEGIA NACIONAL DE LA FORESTERÍA COMUNITARIA (ENFC)”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha uno (1) de noviembre del año dos mil trece.
Que el ICF, a solicitud de los principales actores del Sistema Social Forestal, inició el proceso de la regulación de la comercialización de la madera del bosque nacional asignado mediante CMFC, proceso que a la fecha actual requiere ser ajustado para incluir mejoras orientada a obtener resultados de su implementación, mucho más transparentes para la sociedad hondureña.
Que, de conformidad con la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, el Director Ejecutivo del ICF tiene la atribución de aprobar los Reglamentos Internos, Manuales e Instructivos para realizar la gestión del Sector Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre y cualquier determinado procedimiento, que requiera la respectiva autorización en beneficio de las organizaciones comunitarias que forman parte del Sistema Social Forestal.
Texto completo
CONSIDERANDO: Que el ICF emitió el Acuerdo N°. 026A-2013, aprobado en fecha veintiséis (26) de septiembre del año dos mil trece, mediante el cual se aprobó la “ESTRATEGIA NACIONAL DE LA FORESTERÍA COMUNITARIA (ENFC)”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha uno (1) de noviembre del año dos mil trece.
CONSIDERANDO: Que el ICF, a solicitud de los principales actores del Sistema Social Forestal, inició el proceso de la regulación de la comercialización de la madera del bosque nacional asignado mediante CMFC, proceso que a la fecha actual requiere ser ajustado para incluir mejoras orientada a obtener resultados de su implementación, mucho más transparentes para la sociedad hondureña. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, el Director Ejecutivo del ICF tiene la atribución de aprobar los Reglamentos Internos, Manuales e Instructivos para realizar la gestión del Sector Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre y cualquier determinado procedimiento, que requiera la respectiva autorización en beneficio de las organizaciones comunitarias que forman parte del Sistema Social Forestal.
Leyes relacionadas
- Acuerdo No. ICF-005-2021 — Ampliación de Término de Vigencia a los Contratos de Manejo Forestal Comunitario (Decreto ICF-005-2021, 2021)
- Acuerdo-No-129-2025 — Esta norma establece cómo las comunidades indígenas de Honduras pueden manejar y aprovechar sus bosques de forma sostenible. Define que las comunidades tienen derecho a decidir sobre sus recursos naturales respetando su organización propia, garantiza consulta previa antes de proyectos, permite comercialización de madera y subproductos del bosque con beneficios equitativos para la comunidad, y requiere transparencia en todas las decisiones. (Decreto No-129-2025, 2025)
- Acuerdo No. 09-2023 — Procedimiento para la comercialización de la madera del bosque de pino en áreas de tenencia nacional asignado a organizaciones comunitarias beneficiarias de la forestería comunitaria (Decreto 09-2023, 2023)
- Acuerdo No. 097-2025 — Procedimiento para la Comercialización de la Madera del Bosque de Pino en Áreas de Tenencia Nacional, Asignado a Organizaciones Comunitarias, Beneficiarias de la Forestería Comunitaria (Decreto 097-2025, 2025)
- Acuerdo N° 1323-SE-2023 mediante el cual se declara el año 2023 como el Año de la Refundación del Sistema Educativo Nacional — Este decreto suspende ciertos derechos constitucionales (como libertad de movimiento, domicilio y comunicación) durante 45 días para permitir que la policía y militares intensifiquen operaciones contra el crimen organizado y pandillas. Afecta a todos los ciudadanos hondureños, limitando temporalmente sus garantías fundamentales en aras de mejorar la seguridad pública.