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6 de junio de 2025Vigente

Acuerdo Ministerial No. SAG-058-2025 — Delegación de facultad de Firma y Administración del Programa Bono Cafetalero para la Fertilización 2024

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería

  • Decreto: SAG-058-2025
  • Publicación: 6 de junio de 2025
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
  • Gaceta: 36,857

Considerandos

Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

Que según Acuerdo Ejecutivo Número 11-2022 de fecha 27 de enero del 2022, se nombró a la ciudadana Laura Elena Suazo Torres, en el cargo de Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería.

Que según el Artículo No. 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, en relación con el Artículo 19 del Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, le corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley. Asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.

Que el objeto general de la Ley de Simplificación Administrativa consiste en establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados. EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821

Que es deber del Estado asegurar por todos los medios a su alcance, el derecho a la seguridad alimentaria del pueblo hondureño, en virtud de lo cual resulta indispensable tomar medidas de carácter extraordinario; Por consiguiente, la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) realizará arduos e incansables esfuerzos para mitigar los daños irreversibles y sin precedentes que los fenómenos naturales han ocasionado al Sector Cafetalero, dejando a la población hondureña en un estado de total vulnerabilidad e inseguridad alimentaria, en virtud de las cuantiosas pérdidas sufridas producto de los cambios climáticos

Que mediante Decreto No. 62-2023 se aprobaron las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2024, mediante el cual, se aprueba el Presupuesto de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, en el que se incorporaron dentro del Programa No. 23 y Actividad Obra No. 003, DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 250,000,000.00), destinados a la ejecución del Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores”, año 2024.

Que el “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores”, está dirigido a mejorar los ingresos de las familias cafetaleras pequeñas y medianas y que este es uno de los fines principales planteados en el Plan Bicentenario 2022-2026.

Que al veintiocho (28) de febrero del dos mil veinticinco (2025), la “Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para apoyar el Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores año 2024”, celebrado entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), tendrá un saldo por ejecutar de NOVENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y TRES LEMPIRAS CON VEINTICUATRO CENTAVOS (L. 99,674,033.24).

Que mediante Oficio SSC-074-2025 el Dr. Carlos Roberto Murillo Tejada, Sub-Secretario de Estado en el Despacho de Caficultura (SAG), solicita la suscripción de la Adenda No.2 a la Carta de Entendimiento Programa Bono Cafetalero 2024 ampliando su vigencia hasta el 30 de junio del 2025, debido a que es necesario para poder culminar procesos relacionados a la liquidación de entregas, y ejecución de los montos correspondientes a intereses devengados y remanentes de las siguientes líneas presupuestarias: compras de insumos, contratación de técnicos agrícolas, supervisión y gestión del bono, transporte, supervisión y bodegas, vehículo, mobiliario, equipo, papelería, consumibles y asistencia técnica, capacitación, gestión de línea base, así como realizar la continuidad del Plan Nacional de Renovación del Parque Cafetalero y el fortalecimiento de las cuadrillas prestadoras de servicios a la caficultura, mediante la dotación de insumos y herramientas, los cuales serán distribuidos en función de la productividad y eficiencia de los proyectos en campo.

Que en fecha veintiséis (26) de abril del año dos mil veinticinco (2025), fue firmada la ADENDA No.2, a la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores año 2024”, celebrada entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), mediante la cual las partes acuerdan modificar la Cláusula Segunda: Monto de la Carta de Entendimiento y la Cláusula Novena: Vigencia, Duración y Modificaciones; estableciéndose que la presente Adenda tendrá una vigencia desde la fecha de su firma hasta el treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025).

Que en la Cláusula Segunda: Monto de la Carta de Entendimiento; se establece que el monto de los recursos que se transferirán al IICA para su administración bajo la Carta de Entendimiento será hasta por DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 256,500,000.00), de los cuales DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 250,000,000.00) fueron transferidos al IICA por parte de la Secretaría de Finanzas el 07 de junio del 2024, para poder cumplir con los compromisos del programa; y el monto de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.6,500,000.00) provienen de lo siguiente: SEIS MILLONES VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS(L.6,026,684.78) de la generación de intereses de la cuenta abierta para el manejo de fondos de la Carta de Entendimiento generados al treinta y uno (31) de marzo del dos mil veinticinco (2025), y la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON VEINTIDÓS CENTAVOS (L. 473,315.22) representan la proyección de los intereses a generar al treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025).

Articulos

Articulo 1.-

Delegar la facultad de Firma y Administración en la continuación de la ejecución de los intereses generados del Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores año 2024”, en el Subsecretario de Estado en el Despacho de Caficultura, ciudadano CARLOS ROBERTO MURILLO TEJADA, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 246-2023, de fecha 26 de octubre del año 2023, para la suscripción de solicitudes de contratación de personal bajo procesos de evaluación (mínimo a aplicar tres (3) candidatos); pagos de planillas contra entrega de productos de los consultores; autorizar desde el inicio del proceso la compra de insumos para bonos, bienes, obras, servicios y trámites derivados de estos hasta su ejecución; autorizar viáticos de todo el personal bajo su cargo y lineamientos de conformidad a la Ley, en el marco de la planificación del Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores”, para el Año 2024 y demás actividades que se encuentran detalladas en la Cláusula Cuarta: Responsabilidades de las Partes; Literal a), de la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar El Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores” Año 2024, debiendo rendir a este Despacho, informes mensuales sobre las actividades desarrolladas y los gastos efectuados en la ejecución de los fondos apoyándose en el IICA por un monto de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 256,500,000.00), con vigencia al treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025), los cuales corresponden a:DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 250,000,000.00) fueron transferidos al IICA por parte de la Secretaría de Finanzas el 07 de junio del 2024, para poder cumplir con los compromisos del programa; y, el monto de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.6,500,000.00) provienen de lo siguiente: SEIS MILLONES VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS(L.6,026,684.78) de la generación de intereses de la cuenta abierta para el manejo de fondos de la Carta de Entendimiento generados al treinta y uno (31) de marzo del dos mil veinticinco (2025) y la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON VEINTIDOS CENTAVOS (L. 473,315.22) representan la proyección de los intereses a generar al treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025), los cuales deben estar aprobados en el Plan Operativo del Programa sin salir se de ellos a fin de garantizar la transparencia y con ello el logro de los objetivos del Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores” Año 2024, así como la rendición de cuentas para un mejor desempeño institucional y del gobierno en general, quedando entendidos de manera expresa que todo lo firmado en la administración y ejecución mediante esta delegación será única y exclusivamente responsabilidad del delegado.

Articulo 2.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE. Ph.D LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ABG. ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA SECRETARIO GENERAL Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería