Fe de Erratas — Fe de Erratas al Acuerdo Ejecutivo Número 046-DP-2026
Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia
- Publicación: 18 de agosto de 2026
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia
- Gaceta: 37,223
- Categoria: Administrativo
Considerandos
En el ARTÍCULO 9, página 6A segunda columna, donde se establece: "... Sin perjuicio de los criterios anteriores, y conforme a la naturaleza escalonada de la intervención, los montos de capital semilla por beneficiado individual dentro de un mismo programa o proyecto se clasificarán en los siguientes rangos, cuya aplicación específica en Lempiras se determinará en cada programa o proyecto conforme a su Perfil de Proyecto ... ". Debe leerse: "... Sin perjuicio de los criterios anteriores, y conforme a la naturaleza escalonada de la intervención, los montos de capital semilla por beneficiario individual dentro de un mismo programa o proyecto se clasificarán en los siguientes rangos, cuya aplicación específica en Lempiras ABG. JUAN MANUEL GALVEZ ORDONEZ DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ´ ͂ se determinará en cada programa o proyecto conforme a su Perfil de Proyecto...".
En el ARTÍCULO 12, página 8A segunda columna, donde se establece: ... La participación en programas y proyectos de capital semilla estará sujeta como mínimo, cumplimiento de los siguientes requisitos, condiciones y criterios ... ". Debe leerse: "La participación en programas y proyectos de capital semilla estará sujeta como mínimo, al cumplimiento de los siguientes requisitos, condiciones y criterios ... ".
En el ARTÍCULO 14, página 10A segunda columna: Se debe corregir el literal f), esto en virtud de que en lugar de literal f), debe leerse literal e).
En el ARTÍCULO 37 LITERAL C) página A 17 segunda columna, donde se establece: ... Reintegro de recursos: procede cuando se determine uso indebido, no ejecución o liquidación no aprobada de los fondos, mediante resolución de la Gerencia Administrativa que no establezca el monto y plazo de reintegro, con base en el informe técnico o de auditoría correspondiente, su incumplimiento habilitará las acciones de cobro y las remisiones que correspondan ... ". Debe leerse: " ... Reintegro de recursos: procede cuando se determine uso indebido, no ejecución o liquidación no aprobada de los fondos, mediante resolución de la Gerencia Administrativa que establezca el monto y plazo de reintegro, con base en el informe técnico o de auditoría correspondiente, su incumplimiento habilitará las acciones de cobro y las remisiones que correspondan ... ". En consecuencia, publíquese en el Diario Oficial "La Gaceta", para los efectos legales correspondientes, quedando vigente el resto del contenido del ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 046-DP-2026, tal y como fue publicado originalmente. Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, catorce (14) de agosto del año dos mil veintiséis (2026). JUAN CARLOS GARCÍA MEDINA Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería SAG
Modificaciones
- Modifica a: Acuerdo Ejecutivo No. 046-DP-2026 — Aprobación del Reglamento para la Implementación, Administración, Control y Liquidación de Programas y Proyectos de Fortalecimiento Productivo o Capital Semilla (Fe de errata) — artículos 9, 12, 14, 37
Texto completo
En el REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN, ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y LIQUIDACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE FORTALE- CIMIENTO PRODUCTIVO O CAPITAL SEMILLA, aprobado mediante ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 046-DP-2026, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" Edición Número 37,212, de fecha 5 de agosto de 2026, se hace constar la siguiente FE DE ERRATAS, en virtud de haberse advertido errores materiales de forma en pocas partes del texto publicado, los cuales no alteran el contenido sustantivo, ni el sentido de las disposiciones aprobadas. PRIMERO: En el ARTÍCULO 9, página 6A segunda columna, donde se establece: "... Sin perjuicio de los criterios anteriores, y conforme a la naturaleza escalonada de la intervención, los montos de capital semilla por beneficiado individual dentro de un mismo programa o proyecto se clasificarán en los siguientes rangos, cuya aplicación específica en Lempiras se determinará en cada programa o proyecto conforme a su Perfil de Proyecto ... ". Debe leerse: "... Sin perjuicio de los criterios anteriores, y conforme a la naturaleza escalonada de la intervención, los montos de capital semilla por beneficiario individual dentro de un mismo programa o proyecto se clasificarán en los siguientes rangos, cuya aplicación específica en Lempiras ABG. JUAN MANUEL GALVEZ ORDONEZ DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA Colonia Miraf Iores
´ ͂ se determinará en cada programa o proyecto conforme a su Perfil de Proyecto...". SEGUNDO: En el ARTÍCULO 12, página 8A segunda columna, donde se establece: ... La participación en programas y proyectos de capital semilla estará sujeta como mínimo, cumplimiento de los siguientes requisitos, condiciones y criterios ... ". Debe leerse: "La participación en programas y proyectos de capital semilla estará sujeta como mínimo, al cumplimiento de los siguientes requisitos, condiciones y criterios ... ". TERCERO: En el ARTÍCULO 14, página 10A segunda columna: Se debe corregir el literal f), esto en virtud de que en lugar de literal f), debe leerse literal e). CUARTO: En el ARTÍCULO 37 LITERAL C) página A 17 segunda columna, donde se establece: ... Reintegro de recursos: procede cuando se determine uso indebido, no ejecución o liquidación no aprobada de los fondos, mediante resolución de la Gerencia Administrativa que no establezca el monto y plazo de reintegro, con base en el informe técnico o de auditoría correspondiente, su incumplimiento habilitará las acciones de cobro y las remisiones que correspondan ... ". Debe leerse: " ... Reintegro de recursos: procede cuando se determine uso indebido, no ejecución o liquidación no aprobada de los fondos, mediante resolución de la Gerencia Administrativa que establezca el monto y plazo de reintegro, con base en el informe técnico o de auditoría correspondiente, su incumplimiento habilitará las acciones de cobro y las remisiones que correspondan ... ". En consecuencia, publíquese en el Diario Oficial "La Gaceta", para los efectos legales correspondientes, quedando vigente el resto del contenido del ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 046-DP-2026, tal y como fue publicado originalmente. Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, catorce (14) de agosto del año dos mil veintiséis (2026). JUAN CARLOS GARCÍA MEDINA Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería SAG
Leyes relacionadas
- Resolución No. 002-CDPC-2024 — Fe de erratas a Resolución 002-CDPC-2024-AÑO-XVIII sobre montos vigentes (Decreto 002-CDPC-2024, 2024)
- Resolución No. CREE-077-2020 — Aprobación de la Norma Técnica de Programación de la Operación (Decreto CREE-077-2020, 2020)
- Decreto-20-2022 — Este decreto ordena que el Tribunal Superior de Cuentas envíe al Ministerio Público todos los expedientes recibidos bajo una norma anterior que fue declarada inconstitucional. Afecta a los organismos de control público y busca fortalecer la fiscalización de fondos estatales entregando estos casos a la institución investigadora correspondiente en un plazo máximo de quince días. (Decreto 20-2022, 2022)
- Decreto Legislativo No. 20-2022 — Cumplimiento de sentencia de inconstitucionalidad y remisión de expedientes al Ministerio Público — Este decreto cumple una sentencia de la Corte Suprema que declaró inconstitucional el Artículo 238 de una ley anterior. Ordena al Tribunal Superior de Cuentas enviar al Ministerio Público, en 15 días, todos los expedientes relacionados con irregularidades en el manejo de fondos públicos. Quien incumpla enfrenta responsabilidad penal. (Decreto 20-2022, 2022)
- Acuerdo Ejecutivo — Modificación No. 2 al Contrato de Supervisión No. SIT-SU-095-2023 - Supervisión de Obras de la Carretera CA-4