VigenteCategoria: Administrativo
27 de octubre de 2008 | Poder Ejecutivo

Acuerdo — Derogación del Reglamento de Créditos del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola

Considerandos

  1. 1.Que con fecha 9 de marzo del 201 1, se emitió el Reglamento de Credito de la Institución, publicado en el Diario Oficial La Gacetael 30 dejunio del mismo año.
  2. 2.Que la ejecución de toda política crediticia requiere una di-nárnica especial que puede ser variable por el transcurso del tiempo, siendo preferible consignar la misma en un Manual que enunanormaReglamentaria, lo cual deteminó la derogatoria de éste una vez que se apruebe el indicado Manual, por conducto del Comité Gerencial del BANADESA. PORTANTO, '" AC U E RDA:
  3. 3.Que el actual Reglamento deViáticos del Banco Nacionai de Desarrollo Agrícola, aprobado mediante resolución de la Junta Directiva el 15 de diciembre del 2010; no es compatible con el aplicable en el Poder Ejecutivo, por 1o que es procedente su homologación, mediante la reforma correspondiente. PORTANTO, ACUERDA:

Articulos

Articulo 1

Derogarse el Reglamentq de Créditos del Banco Nacionai deDesarrolloAgrícoia, apartir del día inmediato anterior en que entre en vigencia el Manual de Créditos, a aprobarse por el Comité Gerencial del BANADESA. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a ios doce días del mes de noüembre del año dos mil quince. CARLOS NOÉ naUÍnrZ ARAQUE SECRETAzuO LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO NACIONAL DE DESARROI,LO AGRÍCOLA CONSIDERANDO: Queel artículo 188 del DecretoNo. 140-2014, ordena a todas 1as Instituciones Públicas ia homologación de sus Reglamentos de Viáticos al aplicable para los Funcionarios y Empleados del Poder Ejocutivo , aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 0696 de fecha 27 de octubre de 2008; facultándose al Tribunal Superior de Cuentas para veriñcar el cumplimiento de tal disposición.. CONSIDERANDO: Que el actual Reglamento deViáticos del Banco Nacionai de Desarrollo Agrícola, aprobado mediante resolución de la Junta Directiva el 15 de diciembre del 2010; no es compatible con el aplicable en el Poder Ejecutivo, por 1o que es procedente su homologación, mediante la reforma correspondiente. PORTANTO, ACUERDA:

Articulo 1

Reformar los artículos 3,7,8,9 párrafo segundo, 12y 17 pémafo primero del Reglamento de Viáticos del Banco Nacional de DesarrolloAgrícola, así como e1 anexo 1 que figura en el mismo, los cuales en io sucesivo se leerán así:

Articulo 3

Se establecen las categorías ds funcionarios y empleados si guientes : CAIEGORIA 1.- Miembros de la Junta Directiva del sector privado, Presidente" y Vicepresidente Ejecutivo. CAIEGOzuA 2.- Asesores de la Presidencia Ejecutiva, Gerentes de Á¡ea yAuditor Intemo. CAIEGORIA 3.- Subgerentes de Área, Jefes de Departa- mentos, Gerentes deAgencia y Ventanillas, Jefes de Unidades, Supervisores, Auditores. CATEGORIA 4.- Oficiales, Analistas, Contadores, Auxiliares, Personal de servici_o Bancario. CATEGOzuA5.- Resto del Personal.

Articulo 7

. VIÁTICOS POR PERIODO.- La asignación diaria de viáticos se computará por cada noche que el servidor público permanezca füera del área geográfica de su centro de trabajo; reconociéndose un veinte y cinio (ZS U) de la asignación diaria por el día de regreso. -- 2 of 5 -- BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE DTCIEMBRE DEL 2015 No. Cuando el üajero regrese el mismo día que salió de su centro de trabajo se Ie reconocerá el veinte y cinco por ciento (25 %) de la tarifa diaria, siempre que haya estado fuera del mismo un lapso mínimo de cuatro (4) horas.

Articulo 8

La asignación de viáticos Gastos de Viaje y el Uso de Vehículos para efectos detraslados denko del país, serán autorizados por: a) La Presidencia Ejecutiva en el caso de los miembros de la Junta Directiva del sector privado y del Gerente Administativo. b) La Gerencia Administrativa, en el caso del Presidente y Vicepresidente Ejecutivo, Asesores de la Presidencia Ejecutiva, Auditor Intemo y Gerentes de Á¡ea. c) Los Gerentes de área, Auditor Intemo y Gerentes de Agenci4 respecto al person:il bajo su respectivajurisdirción, en coordinación con la GerenciaAdministrativa. d) La Gerencia de Atención al Cliente en cuanto a los Gerentes de Agencia, en coordinación con la Gerencia Adminishativa. ARTÍCULO9.- Con la anuencia de la Gerencia Administrativa podrá autorizarse a1 funcionario o empleado para trasladarse al lugar ANEXO 1 VIÁTICOS POR CATEGORÍAY ZONA EN EL TERRITORIO NACIONAL

Articulo 2

El presenteAcuerdo entrará en vigencia a partir de su pubiicación en el Dia¡io Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad deTegucigalpa, M.D.C., a los dieciocho días del mes denoüembre del año dos mil quince. CARLOS NOE RAMÍREZ ARAQUE de ejecución de trabajo en vehículo de su propiedad, reconociéndosele los gastos de combustible y en concepto de depreciación del referido vehículo por cada kilómeho recorrido dos Lempiras en carretera pavimentada y tres Lempiras en carretera de tierra.-En tal caso el Banco no será responsable por cualquier accidente que produjese daños al vehículo, propietario y ocupantes autorizados. ARTÍCIJLO 12.- Personal por Conkato.- Las personas bajo conhato que no ostenten el carácter de empleado pefinanente del Banco, podrán gozar de los beneficios del presente Reglamento, preüa autorización de la Gerencia Administraüva, en aquella categoría que se adecúe a su nivel profesional o cargo desempeñado.

Articulo 17

Liquidación.- euienes hayan gozado de los benefi cios del presente reglamento, independientemente del informe correspondiente que deberá rendirse ante el jefe inmediato, deberá efectuar la liquidación respectiva dentro el término de (5) días hábiles siguientes a la fecha de haber completado el viaje.- La liquidación se efectuará observando los lineamientos siguientes. ,riiiritr. ,.'-§j*.T.liiiiii,;i ri-iffi ,iii#iirii*'s.ffi .iiÉÍlil ri:1iffi iili :i +r¡..li+ti+liLin,-.'.ix|{* :.r¡r..ii;i.i'i:i...i,.i.i-ii.ii.- L. 1,700.00 1 L.2,t00,00 L. 2.000.00 2 L. 2.000.00 L. 1.700.00 L. r.400.00 J L. 1.500.00 300 00 L. 1.100.00 4 L. 1,200.00 L. 1.000.00 L. 800.00 5 L. 1,000.00 L. 850.00 L. 700.00 SECRETARIO -- 3 of 5 -- ffiE LAHEPUE¡LICA DE ¡-IONDURAS La primera imprenta llegó a ¡londuras en 1 829, siendo instalada en TeguclgaLpa, en el cuanel San Fran' cisco, lo primero que se imprimió fue una proclama del General Morazán, con fecha 4 de dlciembre de i 829. ffi,.. € h.E ü I,"WJ'{r.'l6d E*pñEsÁ N¡croilal DE ARrEs GFIFlcas Después se imprimió eLorimer periódlco oficlal del Gobierno con fecha 25 de mayo de 1830, conocido hoy. cono D,"r o Oi c,a|La G¿ceta . Seccióm A ffi'r FCI dsr" §,e$yds twÉifl xlCI c¿,pirbi,oI pm {,üs {NGR}i,§Ü§ ffiK LA A§}I\E{NESTR,AC{ÜN PUtsL{CA ¿X.:nÍCUf-O 1.- Apruébese coino estirnación de Ingi esos de ia Aclministración Central pai'a el Ej ercicio Fiscai 201 6, la surna de CIEI{TO \|EII{TITRES MIL, DOSCIENTOS SETEh{TA Y CINCO N'IILLONES, SEISCIENTOS QUII{CE NIII,, CtrEI{TO TREIruf,A Y NUEVE LEMP{IIAS EXAc^TOS (L'i23,275,615,139'00) de acuerdo al siguiente detalle: DESCRI INGR.ESOSTR{BUTAR{O§ Imnltest{r §obre La Renta \ Sobre la Renta de Personas Nátruales Sobre ia R-enta de Personas Jtuíücas Fagos a Cuenta 01 aoq aÁI )7? f,lfl \ t Qs!a!_,\-' rt " ", e' ".' 24^510^356.521-"00 53 1,1 14.084.00 3,094,254.466.00 7 ,914,396,693.00 '':':l cl L- e ' o Fiscal 201ir, lrt.suuia de':'' ' :. I cl EIvro rt¡ rrlrxe s- [i:¡ L, oosc¡¡.¡l:- TO §;:S,er[Ill{TA,üt CIllC(},MIÚL{}x]{E1§;,,,:,,,,,,,,,,,,,,, r,,, ' ..,, , lEecrét*: .{pruebe>e colrlo e}¡i.tnae.ión'lc1e t 6S-l0tSl tngrlesos de la Admü¡i"ti'eciórlC-enrrrl p4qa ' ....l.1.sUii¿ieu*e¡s.$,tiiñc$Iriirf,eir.ÑilÜ,.'i ii.,.,...it.i,',,ri ' ' lrn[tnr.,tvsúEvt'i-r,uilRAs'"', | ::'::':'' lEKq.cros(L.r23.27s,61i,¡¡c-00) 'i , ''l n. r-os üil- #il#¡tiliili#.il.+ilúffi ilii.::"-ti::riri:: I (,ul\ÜLt( v.1\ -l'(l1\ :I uL r¡ \ ¡u\u!u\ i I OH-eS'rA L;,\RIIAS l',ftol'EG lÜ \s l vtu,rsliycsrt¡[. ':: ' Áiucrrlo Ñú¡r:cio u2S-2Ü li- ' Ltt,ty,lit:Pterrcos '"" '' ¡xs'rirurú l)[, ( o\sEl{\ A( lL}} ' ' ff!'fiñ:tf,?.u,, ''i' , '''.' I\SI ITUTO N^CJÜTAL }}E ":.'' ' t;oñsrliv.tc.tó¡; rt ú rs;t tinol Ltl. i*,i'*:,"n.,,l. :"';i; "' s t.r: -- 4 of 5 -- |=- REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGA M. D. C.. 18 DE DICIEMBRE DEL 2015 No. 33'912 505 lnstituto Hondureño de AntropoloEfa e Histor¡a 35,537,-rO5 16,a19,996 s2,3,57,70L s11 Univers¡dad de C¡enc¡as Forestales 20,200,ooo L1-4,4o3,O24 134,603,O24 ao6 lnsütuto Hondureño de Mercadeo Agrfcola 62.9OO,OOO 62,900.OOO ao7 supl¡dora Nacional de Productos Básicos 3a4,642,500 6,337,450 394,979,950 i::::::¡i::::::iii::r:;I1:t::::::.Í;:i f!§fb,i!ffi "*|*iüt..a*iiliüi¡¡á;",v..6f*s;,,..:...iii'................ilL..,i...,,r,,.i.i.,..: ::á:::::t:::itii:t:i:1t:;t:!:i:ifi::::ir::::::i ::ir :.,'i'433;426,5r32 -70 Secretarfa de Estado en los Despachos de Seguridad 219,949,O4s 5 ,29a,91-9 ,622 433,A26,532 s,9s2,735,239 D¡recc¡ón lnvesügac¡ón y Evaluac¡óñ de la Carre.a Pol¡c¡al 52,714,976 52.744.976 90 Secretaría de Estado en los Despachos de Defensa 76',3L2,4L4 6,636,L22,2Z4 6,7L2,434,642 91 Agencia Hondureña de Aeronáutica Civ¡1. L4,664,957 161,965,104 1ao,630,o61 t2a D¡rección General de la Mar¡na Mercante 16,966,536 34,5 10,182 51.476,744 350 Gab¡nete de Segur¡dad y Defensa 10,ooo,ooo ].O,OOO,OOO 120 secretarla Ce Estado en los Despachos de lnfraestructuf¡ y Serulc¡os Púb¡¡cos 58,960,532 4.059,351.351 2,032,475,771" 6,!5r,1a7,604 tzz a7s,067,646 a7 s,067 ,646 360 Gab¡nete de'f nfraestructura Producüva 9,439,733 9,439,733 ao1 EmDresa Nac¡onal de Energfa Eléctr¡ca 25,625,277,5O4 15,OOO,OOO 1-,751-,247,294 27,39A,524,aO6 ao3 Empresa Nacional Portuar¡a 1,120,600,OOO 1,120,600,OOO ao4 Empresa Hondureña de Telecomunicaciones 2,OA2,A35,O27 2,O82,835,O27 ao9 Empresa de Correos de Honduras 3a,5aa,a60 53,644,417 92,333,274 ..,,!:!:!:!:!..,!:!:!:!:::::!i,.609.,;lO6;l!.:il Q.i :::, : ::t .:r:i::i::: l:::::::::::i:::::::jr':1i':.: : ::: ao Secretarla de Estado en los Despachos de Relac¡ones Exter¡ores y Cooperaclón I nternac¡onal 16,OOO,OOO 7 84,229,999 aoo,229,999 370 Gab¡nete de Relac¡oñes Exterlores y Cooperacióh ¡ñternac¡onal 8,5-t6,t1-7 a,a76,111 :::,.:¡;,¡:',,,,aS;Sá7¡lf:.ei* 61 Ente Regulador de Sery¡cios de Agua Potable y Saneam¡ento 7 ,945,220 7,945,220 1()0 Secretarla de Estado en el DesPacho de F¡nanzas L,61"0,4].6,496 s50,723,464 2,L6a,s40,364 101 com¡s¡óñ Nac¡onal de Telecomun¡caciones 256.046,904 2s6,O46,9o4 104 Direcc¡ón Nac¡oñal de B¡enes glel Estado 21-.727.L44 21-,727,144 151 Com¡s¡ón Regu¡adora de Eñe¡8fa E¡éctr¡ca 47,344,967 47,3AA,967 3AO Gablnete de Conducc¡ón y Regulac¡ón Económica 9.27s.5L4 9,275,544 506 Consejo Nacional Superuisor de Cooperativas 20,a62,4XO 10,o21,a36 30,a44,266 601 lnstituto Hondureño de Segur¡dád Soc¡¿l 7,147,559,244 8,O6a,OOO 7.Ls5.627 214 602 lñsütuto Nac¡oñal de Jub¡laciones y Pens¡ones de los Empleados y Func¡onarios del Poder Ejecuüvo 7,273,522,5OO 7.273,522,500 603 lnstituto Nacional de Previs¡óñ del Mag¡sterio 9,955,aOO,OOO 9,955,aOO,OOO 604 lnstituto de Prev¡s¡ón M¡l¡tar 3.L35.779,734 9L,2Z5,OOO 3,227,OO4,734 901 Banco Hondureño Pará la Producc¡ón y la Vivienda 3 ,4O7 ,!!7 ,366 2L1",1-27,A0L 32a,661,414 3,946,9O6,585 902 Banco Central de Honduras 7,962,559,509 7,962,559,509 903 Banco Nac¡onal de Desarrollo Agrfcola a29,753.500 a29,753,600 950 Com¡slón Naclona¡ de Bancos yBeguros 51O,O07,349 1,74a,OOO 5 11,755,349 -- 5 of 5 --

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