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5 de enero de 2024Vigente

Artículo No. 196 — Autorización a PANI para transferencia a Administración Central

  • Decreto: 196
  • Publicación: 5 de enero de 2024
  • Gaceta: 36,437
  • Categoria: Financiero y Tributario

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

La ley autoriza al PANI a transferir 450 millones de lempiras de un convenio con Canadá al Gobierno Central para 2024. El dinero financia instituciones de atención a menores, juventud y merienda escolar. Si hay ingresos adicionales, se destinan a programas sociales prioritarios.

Articulos

Articulo 196.-

Se autoriza al Patronato Nacional de la Infancia (PANI) a transferir ala Administración Central y depositar en la Tesorería General de la República, un monto mínimo de CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L450,000,000.00), para el Ejercicio Sección A Acuerdos y Leyes Fiscal 2024, recursos procedentes del Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Honduras y el Gobierno de Canadá, aprobado mediante Decreto Legislativo No.183-2011 del 12 de Octubre de 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 28 de octubre de 2011 y sus reformas. De los recursos que transfiera el PANI se financiarán los presupuestos siguientes:

  • 1)

    Ciento Treinta y Dos Millones de Lempiras exactos (L132,000,000.00) al Instituto Nacional Para la Atención a Menores Infractores (INAMI);

  • 2)

    Sesenta y Nueve Millones de Lempiras exactos (L69,000,000.00) a la Dirección de Niñez Adolescencia y Familia (DINAF);

  • 3)

    Once Millones de Lempiras exactos (L11,000,000.00) al Instituto Nacional de la Juventud (INJUVEN); y

  • 4)

    Doscientos Treinta yOcho Millones de Lempiras exactos (L 238,000,000.00) para merienda escolar. Del monto total a incorporar por el PANI, se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a realizar las operaciones presupuestarias y financieras que sean necesarias, para la incorporación de dichos recursos en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2024. En caso de obtener mayores ingresos por este concepto, los mismos deben ser incorporados al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para financiar los programas y proyectos sociales prioritarios dentro del Plan de Gobierno Bicentenario.