Decreto Ejecutivo PCM-033-2016 mediante el cual se amplía la cobertura del Programa Presidencial Crédito Solidario "Tu Banca Solidaria" para trabajadores del sector maquilador
Resumen
Este decreto amplía el programa "Tu Banca Solidaria" para que trabajadores del sector maquilador puedan consolidar sus deudas con otros acreedores mediante un crédito de hasta 50,000 lempiras a 12% de interés anual. El beneficio les permite mejorar su situación financiera y acceder más fácilmente a vivienda digna a través de programas gubernamentales.
Considerandos
- 1.Que de contbmiidad al Aitfculo 245, numeral 11 de la Constitución de la República de Honduras, corresponde al Presidente Constitucional de la Repiibliea la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos. Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
- 2.Que de conformidad con el Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descenualizada, pudiendo en el ejercicio de sus fijnciones. acluai por sí o en Consejo de Ministros.
- 3.Que mediante Acuerdo No. STSS- 618-2014 emitido por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social publicado en La Gaceta del 24 de diciembre de 2014 se aprueba el "Acuerdo para la Promoción de la Inversión. Protección del Empleo, la Salud y el Acceso a la Vivienda de las y los Trabajadores del Sector Maquílador Hondureno" suscrito entre el sector obrero, empresarial y público, el cual incluye en la cláusula novena el compromiso del Gobierno de la República SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo Número PCM-033-2016. A. 1-4 OTROS A. 4 Sección B Avisos Legales O e s p r e n d í b l e para s u comodltlad B . 1-28 de poner a disposición de las obreras y obreros del sector textil maquiladoren forma prioritaria el ProgiamaCONVIVIENDA, otorgando un subsidio conforme a los ingresos de los beneficiarios.
- 4.Que con el fin de dar impulso a dicho Acuerdo, el Presidente de la República en Consejo de Ministros aprobó el 5 de Agosto de 2015 e! Decreto Ejecutivo Número P C M - 0 4 9 - 2 0 Í 5 que decreta Crear el " P R O G R A M A PARA I , 4 C O N S T R U C C I Ó N D E P R O \ ' E C T O S D E V I V I E N D A SOCIAL A G R A N ESCAL.V'; asiinismo en sesión del Comité Técnico Administrativo (CTA) de CON'VrVffiNDA de fecha 2í I de noviembre de 2015 se aprobó el "INSTRUCTIVO D E L P R O G R A M A B O N O H A B I T A C I O N A L P A R A E L T R A B A J A D O R D E L SECTOR M A Q L T L A D O R " , lo que eunstituyen las acciones realizadas por el Gobierno de la República pai-a poner a disposición del sector textil maquílador e! subsidio de C O N \ ' l V I E N D A C O N S I D E R A N D O : Que para asegurar la oferta CONVIVIENDA ha certificado diversos proyectos de soluciones habitacionales dirigidos al sector textil maquilaclory mediante concurso se ha seleccionado el primei' proyecto de vivienda social a gi-an escala denominado Residencial Montecristo ubicado en el municipio de ViUanueva, Cortés coasistente en tres mil seiscientos (3600) soluciones habiiacionales para el sector textil maquilador.
- 5.Que de diversas reuniones sostenidas con el sector tiabajador de las maquilas se ha determinado que una de las limitantes que enfrentan es el endeudamiento que mantienen con diferentes instituciones a tasas de interés altas lo que les impide acceder aun crédito para vivienda.
- 6.Que el Presidente de la Repúbhci en Consejo de Ministros aprobó el 16 de Febrero de 2015 el Decreto Ejecutivo N ú m e r o PCM-05-2015 que decreta Crear el " P R O G R 4 M A PRESIDFJÍCIAL C R É D I T O S O L I D A R I O " que será conocida como: " T U B A N C A S O L I D A R Í A " para promover la economía social, laciHtando crédito solidaiTO caí asistencia teórica.
- 7.Que el Presidente de la República en Consejo de Ministros aprobó el 24 de Agosto de 2015 el Decreto Ejecutivo Número PCM-054-2015 que decreta la ampliación de la cobertura del " P R O G R A M A P R E S I D E N C I A L C R É D T T O S O L I D A R I O " que será conocida como: " T U B A N C A S O L I D A R L A " así como la posibilidad de celebrar convenios de administración de fondos con instituciones que tiiciliten el acceso a crédito a beneficiarios de diferaites sectores. C O N S I D E R A N D O : Que se hace necesario ampliar la cobertura del Programa Presidencial Crédito Solidario para permitir que los trabajadores de lamaquila puedan consolidar sus deudas con condiciones adecuadas que facilite la posibilidad de que puedan acceder a una vivienda digna. PORTfVMTO, En aplicación de los Artículos 245 numerales2 y 11; 328,329, 330, 331, 332, 337 de la Constitución de la República; 5,6,11,12,13,14, 29 numeral 4), 33,116, 117 y 119 de la l ey General de la Administración Pública, y su reforma mediante Decreto Legislativo 266-2013; 3,10,11 y 13 del Reglamento de •No. 34.035 Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo.
Articulos
Articulo 1
COBERTLTIA: Ampliar la cobermra de los beneficiados del " P R O G R A M A P R E S I D E N C I A L C R É D I T O S O L I D A R I O " que será conocido como: " T U B A N C A S O L I D A R L 4 " creado mediante Decreto PCM-05- 2015 de fecha 16 de febrero de 2015, refomiado mediante Decreto PCM-054-2015 de fecha 24 de agosto de 2015, agregando el producto financiero " C O N S O L I D A C I Ó N D E DELTDAS D E L F O N D O COOPERATIVISTA: A P O Y O A L E M P L E A D O D E L SECTOR M A Q L T L A " el cual se rige por las condiciones establecidas en el presente Decreto.
Articulo 2
A L C A N C E : El producto línanciero " C O N S O L I D A C I Ó N D E D E U D A S D E L F O N D O C O O P E R A T I V I S T A : A P O Y O A L E M P L E A D O D E L SECTOR M A Q U I L A " tiene como propósito la consolidacirái de deudas a los empleados afi liados a planes cooperativos con condiciones favorables que les permita acceder a una vivienda digna .ARTÍCULO 3.- OBJETIVOS: Los obj etivos del producto financiero " C O N S O L I D A C I Ó N DE DEUDAS D E L FONDO £a faceta DIARIO OFICIAL DE U REPÚBLICA DE HONDURAS D E C A N O O E L A P R E N S A HONDURENA UCMARTHA AUCIA GARCÍA Gerente Genenal J O R S E A L B E R T O RICO SALINAS Coordinadof y Supervisor EMPRESA NACIONAL OE ARTES GRAFICAS E.N.A.G, Cójanla Miraflores TeléfonO'T'ax: Gerenda 2230-4956 Administración: 2250-3026 Planta: 2J3tl-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL REPUBLICA DE HONDURAS - TEGIJCICJALPA, M. I). C , 17 D E ^LVVO DF.L 2U16 L a Gaceta COOPERATrVKSTA: A P O Y O A L E M P L E A D O D E L SECTOR M A Q U I L A " son; 1. Apoyar al empleado del rubro de la maquila a través de la consolidación de sus deudas hasta por im monto de cincuenta mil lempiras (L.5Ü,00Ü.(X)). 2. Incentivar la creación de empresas a través de la emprendeduria de los familiares de los empleados de maquilas siendo también beneficiados por el crédito solidario. 3. Generar estabilidad económica, tamiliary laboial, con el fin de mejorar la calidad de vida y reducir la migración. 4. Promover e incentivar participación en los programas de vivienda para el sector maquila impulsados pea- el Gobierno de la República. CAPÍTUT-On C O N D I C I O N E S
Articulo 4
CONDICIONES: F.l producto financiero " C O N S O L I D A C I Ó N DE D E U D A S D E L F O N D O C O O P E R A T I V I S T A : A P O Y O A L E M P L E A D O D E L SECTOR M A Q U I L A " se rige por las siguientes condiciones: 1. Suscripción de im convenio de administración de fondos entre el Programa Presidencial Crédito Solidario y el plan coopeiutivo existente en cada maquila quienes canalizar án los recursos a cada beneficiario final. 2. El beneficiario final debe estar afiliado al plan cooperativo y el beneficio máximo a recibir por cada uno de ellos es de cincuenta m i l lempira&exaclos (L.50,000.00). 3. Cada beneficiario final debe autorizar la deducción por planilla de la cuota mensual del crédito recibido el cual consfituirá la garantía de pago del mismo y autorizar la deducción de los derechos laborales a favor de crédito solidario. 4. Suscripción de convenio entre el plan cooperativo y recursos humanos de la maquila en la cual sólo se otorgará constancia de trabajo para la solicimd de un nuevo créd ito a los beneCciaiios previo visto bueno de! plan cooperativo. .acuerdos y Leves Na. 34.035 5. Suscripción de compromiso por parte del beneficiario final de adquirir una solución habitacional en cualquier de los proyectos subsidiados por el Gobierno de la República. 6. Ei plazo máximo de cada crédito será hasta de veinticuatro (24) meses a una tasa de interés del doce por ciento (12%) anual. 7. El beneficiario final debe acreditar haber recibido el curso de educación financiera que al efecto impaifa el plan cooperativo en coordinación con la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. C A P Í T U L O n DISPOSICIONES F I N A L E S
Articulo 5
DE LOS RECURSOS: El producto l í n a n c i e r o " C O N S O L I D A C I Ó N D E D E U D A S D E L FONDO COOPERATTVISTA: A P O Y O A L E M P L E A D O D E L S E C T O R M A Q U I L A " se constituirá con reciu-sos provenientes del presupuesto asignado al " P R O G R A M A P R E S I D E N C I A L C R É D I T O S O L I D A R I O " y sus fiientes de financiamiento.
Articulo 5
I N F O R M E : El Programa Presidencial Crédito Solidario debe dentro del plazo de diez (10) días contados al cierre de cada mes informar al CTA del Fondo de Solidaridad y Piotección Social para la Reducción de la Pctireza Extrema, al CTA de CON'Vl V I E N D A y al CTA del Programa de Vivienda Social a Gran Escala los resultados obtenidos en el producto fmanciero " C O N S O L I D A C I Ó N DE DEUDAS D E L FONDO C O O P E I L \ T I V I S T A : A P O Y O A L E M P L E A D O D E L SECTOR M A Q U I L A "
Articulo 7
V I G E N C I A Y P U B L I C A C I Ó N : E l presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación el Diario Oficial La Gaceta. rJado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los cinco (05) días del mes de mayo del año dos mil dieciséis (2016). C O M U N Í Q U E S E Y P U B Ü Q U E S E . JU.4N O R L A N D O H E R N A N D E Z A L V A R ^ D O PRESIDENTE CONSTFIUCIONAL DE L A REPÚBLICA. A - r a i Scctióir REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUC1CAI.PA, M . D. C , 17 DE MAYO DFL 2016 Sección A AcuerdusyLevw REPÚBLICA DE HONDURAS - TFGUCKJALPA, M . D. 17 DE MJWO DEL 2U16 Nu. 34,035 J O R G E R A M Ó N H E R N Á N D E Z A L C E R R O E L I A A R G E N T I N A D E L C I D SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE SECR ETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE GOBIERNO EDUCACIÓN, POR L E Y ROBERTO ZACAPA C A R L O S M A D E R O SECRETARIO DE L A PRESIDENCIA. POR LEY SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TR A BAJO Y SEGURIDAD SOCIA L L E O N E L A Y A L A SECRETARIO DE ESTADO E N LOS DESPACHOS DE J A C O B O P A Z B O D D E N DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESCENTRALIZACIÓN AGRICULTURAYGANADERÍA \ L 4 R L \ D O L O R E S A G U E R O J O S É A N T O N I O G A L D A M E S SECRETARLA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SECRETARIO DE ESTADO E N LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION FT^ERGÍA, R ECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y INTERNACIONAL, POR LEY MINAS O L G A A L V A R A D O W I L F R E D O C E R R 4 T O SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, POR LEY FINANZAS J U Z G A D O DE L E T R A S R E P Ú B L I C A A R N A L D O C A S T H J ,0 DE H O N D U R 4 S , C.A. S E C C I O N A L T O C O A SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONOMICO AVISO DE C A N C E L A C I Ó N Y R E P O S I C I Ó N D E T Í T U L O S VALORES ROBERTO A N T O N I O O R D Ó Ñ E Z l a infrascrita. Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE osta Sección Judicial de Tocoa, al público en general y para los INFRAESTRUCTURAYSERVICIOSPÚBLICOS cíecxos de ley y según se establece el .Artículo 634, pánafo tercero V 640 del Código de Comercio. H A C E SABER: Que en fecha dieciocho de marzo del aiío dos mil dieciséis, la señora SARA ALEJ.ANDRA H E R N Á N D E Z M A R I N A DUBÓN GARCÍA, presentó solicitud de Reposición SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE de un Ceilificado de DqxJsito a Plazo Fijo, específicamente por SEGURIDAD, POR LEY el extravio de las ACCIONES amparadas en el Título número ; 9406, por un valor de nominal de TRESCIENTOS M I L S A M U E L REYES LEMPIRAS y se encuentra emitida a favor de la señora SARA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE MARIN.A D U B Ó N G A R C Í A , por la institución bancaria DEFENSA denominada " D A \ T V I E N D A " . Tocoa, Colón, 11 abril 2016. EDNA Y O L A N I B A T R E S DAY.ANA C A R O L I N A ÁLVAREZ TORRES SECRETARLA DE ESTADO EN EL DESPACHO SECRETARLA D E S . \ L U D ^ 7 M . 2016.