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15 de mayo de 2021Vigente

Acuerdo No. CD-IP-003-2021 — Reestructuración de la Dirección General de Registros del Instituto de la Propiedad

Instituto de la Propiedad, Consejo Directivo

  • Decreto: CD-IP-003-2021
  • Publicación: 15 de mayo de 2021
  • Órgano emisor: Instituto de la Propiedad, Consejo Directivo
  • Gaceta: 35,600

Considerandos

Que mediante artículo 4 del Decreto Legislativo No. 82-2004 de fecha 28 de mayo de 2004, se creó el Instituto de la Propiedad, como ente desconcentrado de la Presidencia de la República, atribuyéndole personalidad jurídica y patrimonio propio, funcionando con independencia técnica, administrativa y financiera.

Que según el artículo 8 del Decreto Legislativo No. 82-2004 de fecha veintiocho (28) de mayo del año dos mil cuatro (2004), se creó el Consejo Directivo como órgano de decisión y dirección superior del Instituto de la Propiedad, y en el artículo 10 del mismo Decreto, se le confieren atribuciones y facultades entre otras, de emitir resoluciones para regular las materias que son de su competencia.

Que de conformidad con el artículo 10 numeral 10) de la Ley de Propiedad, es atribución exclusiva del Consejo Directivo del Instituto de la Propiedad: “Aprobar la organización interna del Instituto de la Propiedad”.

Que, con el propósito de reorganizar la Dirección General de Registros y devolver al Estado una Institución confiable, ágil y segura, mediante Acuerdo No. CD-IP-021-2016 de fecha veintitrés (23) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), se aprobó la reestructuración de manera progresiva, mediante un proceso de transición definido por etapas, de la Dirección General de Registros, Catastro y Geografía específicamente en las áreas de Catastro y Geografía y Registro Vehicular, este último, mediante Acuerdo No. CD-IP-004-2019, de fecha catorce (14) de febrero del año dos mil diecinueve (2019), se transformó en la Dirección General de Registro Vehicular, la cual está encargada de la administración, control, verificación, fiscalización, recaudación, cobranza del Registro de la Propiedad Vehicular a nivel nacional; así como de lo relacionado con todos los actos y contratos y demás actos consecuenciales relacionados con dicho Registro.

Que, es indispensable contar con un registro territorial moderno, rescatar el archivo histórico del Catastro y del Geográfico, creando además el Sistema Nacional de Información Geográfica de Honduras (SINIGH) y mejorar los servicios y productos cartográficos necesarios para la administración del territorio y la planificación estratégica del país, para ello es necesario realizar la reestructuración de la Dirección General de Registros, independizando de esta Dirección, el Catastro y el Geográfico, mediante la creación de las Direcciones de Catastro y del Geográfico Nacional, conforme un plan de transición operativa y técnica que cumpla con los fines señalados en la Ley de Propiedad y su Reglamento.

Que el Artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública establece que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.

Texto completo

ACUERDO No. CD-IP-003-2021. INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, CONSEJO DIRECTIVO. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Francisco Morazán, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021). CONSIDERANDO: Que mediante artículo 4 del Decreto Legislativo No. 82-2004 de fecha 28 de mayo de 2004, se creó el Instituto de la Propiedad, como ente desconcentrado de la Presidencia de la República, atribuyéndole personalidad jurídica y patrimonio propio, funcionando con independencia técnica, administrativa y financiera. CONSIDERANDO: Que según el artículo 8 del Decreto Legislativo No. 82-2004 de fecha veintiocho (28) de mayo del año dos mil cuatro (2004), se creó el Consejo Directivo como órgano de decisión y dirección superior del Instituto de la Propiedad, y en el artículo 10 del mismo Decreto, se le confieren atribuciones y facultades entre otras, de emitir resoluciones para regular las materias que son de su competencia. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 10 numeral 10) de la Ley de Propiedad, es atribución exclusiva del Consejo Directivo del Instituto de la Propiedad: “Aprobar la organización interna del Instituto de la Propiedad”. CONSIDERANDO: Que, con el propósito de reorganizar la Dirección General de Registros y devolver al Estado una Institución confiable, ágil y segura, mediante Acuerdo No. CD-IP-021-2016 de fecha veintitrés (23) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), se aprobó la reestructuración de manera progresiva, mediante un proceso de transición definido por etapas, de la Dirección General de Registros, Catastro y Geografía específicamente en las áreas de Catastro y Geografía y Registro Vehicular, este último, mediante Acuerdo No. CD-IP-004-2019, de fecha catorce (14) de febrero del año dos mil diecinueve (2019), se transformó en la Dirección General de Registro Vehicular, la cual está encargada de la administración, control, verificación, fiscalización, recaudación, cobranza del Registro de la Propiedad Vehicular a nivel nacional; así como de lo relacionado con todos los actos y contratos y demás actos consecuenciales relacionados con dicho Registro. CONSIDERANDO: Que, es indispensable contar con un registro territorial moderno, rescatar el archivo histórico del Catastro y del Geográfico, creando además el Sistema Nacional de Información Geográfica de Honduras (SINIGH) y mejorar los servicios y productos cartográficos necesarios para la administración del territorio y la planificación estratégica del país, para ello es necesario realizar la reestructuración de la Dirección General de Registros, independizando de esta Dirección, el Catastro y el Geográfico, mediante la creación de las Direcciones de Catastro y del Geográfico Nacional, conforme un plan de transición operativa y técnica que cumpla con los fines señalados en la Ley de Propiedad y su Reglamento. CONSIDERANDO: Que el Artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública establece que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias. POR TANTO: En uso de sus atribuciones

y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 321 de la Constitución de la República; 1, 2, 7, 43, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 4, 5, 6, 8, 10, 11 y demás aplicables de la Ley de Propiedad; ACUERDA: PRIMERO: Reestructurar la Dirección General de Registros del Instituto de la Propiedad, independizando las Unidades de Catastro y Geografía de esta Dirección, debiendo hacerse los trasladados del personal técnico y administrativo de estas dependencias a las nuevas Direcciones que se creen, a fin de mantener la operatividad de las mismas. SEGUNDO: Créase la Dirección General del Catastro Nacional, la cual contará con su propia estructura técnica y funcional. Dirección que será la encargada de la administración, organización, inscripción, control, mantenimiento, custodia y validación del registro de información catastral a nivel nacional, y las demás funciones determinadas en la Ley de Propiedad, sus Reglamentos y cualquiera otros manuales e instructivos aprobados por el Consejo Directivo. TERCERO: Créase la Dirección General de Cartografía y Geografía la cual contará con su propia estructura técnica y funcional. Dirección que será la encargada de administrar el Sistema Nacional Geográfico de HondurasSINIGH y demás funciones contempladas en la Ley de Propiedad y su Reglamento y cualesquiera otros manuales e instructivos que apruebe el Consejo Directivo. CUARTO: Se instruye al fiduciario del Contrato de Fideicomiso SITEC trasladar al IP, los fondos necesarios; y a la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP), el equipo que fue adquirido para la Coordinación de Catastro, a fin de garantizar la operatividad y transición técnica ordenada de estas nuevas direcciones, conforme el plan de transición estructurado. QUINTO: Se instruye a la Dirección General Administrativa a fin de que proceda a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes y demás acciones correspondientes, para lograr la operatividad de estas dos nuevas Direcciones, debiendo coordinar con el fiduciario y la UCP las transferencias financieras y de equipo según el plan de transición presentado. SEXTO: Se instruye al Director General de Registros para que, en tanto no se nombren los Directores de las recién creadas Direcciones, continúe dirigiendo la operatividad de estas y su transición ordenada bajo un plan establecido hasta el nombramiento de los mismos. SÉPTIMO: Se instruye a la Secretaría Ejecutiva darle cumplimiento al presente acuerdo mediante los procedimientos administrativos y legales vigentes, facultándole para que autorice cualquier acción administrativa necesaria para la operatividad de las dos Direcciones antes creadas. OCTAVO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE. Ebal Jaír Díaz Lupian, Presidente Ad Honorem del Consejo Directivo. Henry Merriam Weddle, Miembro Consejo Directivo. Para constancia y demás fines se firma la presente certificación el día veinte (20) de abril del año dos mil veintiuno (2021). GABRIEL CASTILLO SECRETARIO DE ACTAS AD HONOREM CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD

Sección “B” AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras Instituto Nacional de Migración El Gobierno de la República de Honduras a través del Instituto Nacional de Migración, invita a las empresas que operan legalmente en el país a presentar ofertas para la Licitación Pública Nacional No. INM-LPN-GC-001-2021, para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ENLACE DE DATOS Y REDUNDANCIA PARA DELEGACIONES Y OFICINAS, PARA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE VIDEOVIGILANCIA”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. El proceso de licitación se efectuará conforme al procedimiento de Licitación Pública Nacional establecido en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento y estará abierta a todos los Oferentes constituidos legalmente en el país, según se define en el Documento de Licitación. Los interesados en participar en el proceso de licitación, podrán obtener el documento de licitación a partir de la fecha de publicación de este aviso; debiendo presentar previamente solicitud escrita indicando la dirección física y dirección de correo electrónico dirigida a la Abogada Carolina Menjívar, Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Migración, a la dirección siguiente: Instituto Nacional de Migración (INM), Colonia El Prado, Calle Golán, correo electrónico inmcomprasinm.gob.hn; el documento de licitación será enviado de forma digital vía correo electrónico a la dirección del solicitante o podrá ser examinado y descargado directamente en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras HONDUCOMPRAS, dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Las ofertas deberán ser presentadas obligatoriamente de manera electrónica a través de la plataforma de HONDUCOMPRAS 2 y de manera física, según lo establecido en las Bases de Licitación del proceso en referencia; la presentación y apertura de las ofertas, tanto electrónica como física, se efectuará el 14 de junio de 2021 a las 2:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras; las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas; las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión Evaluadora designada y de los oferentes o sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello las medidas de bioseguridad establecidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en el Documento de Licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril de 2021. Carlos Eduardo Cordero Subdirector Técnico Acta de Delegación DE-INM-002-2021-A 15 M. 2021.