Ley de Carrera Administrativa Municipal (CAM), Gaceta 32,278.
Considerandos
- 1.Que la administración del personal municipal requiere por su responsabilidad y complejidad, de un instrumento especializado que regule y desarrolle las normas constitucionales y secundarias referidas a la Carrera Administrativa Municipal.
- 2.Que por disposición constitucional, la naturaleza de la relación jurídica laboral entre las municipalidades y sus empleados es de derecho administrativo.
- 3.Que el marco institucional del régimen municipalha incorporado en laúltimadécadanuevas entidades locales asociadas o mancomunadas, con funciones esenciales para mejorar las condiciones de vida de los habitantes de los municipios.
- 4.Que la profundización de la descentralización territorial, exige mejorar los procesos de administración de personal asegurándole su estabilidad y promoción enfuncióndelméritoy laantigüedad, estimulando suprofesionalización constante.
- 5.Que es necesario controlar y regular la discrecionalidad de las decisiones o actos administrativos de las autoridades locales con base a normas y procedimientos transparentes en materia de administración de personal.
- 6.Que la CarreraAdmimstotivaMunicipal incorpora un régimen de responsabilidad para las autoridades mimicipalesysusseividoresenloscasosdevioladónoirKMmplirrúento de las normas relativasakadministración del empleo público municipal
- 7.Que la aplicación de la Carrera Administrativa Municipal requiere prever necesidades y recursos adicionalespara financiar suorganizacióny funcionamiento en el corto y mediano plazo.
- 8.Que corresponde al Congreso Nacional la atribución Constitucional de crear, decretar, interpretar, refoimary derogar las leyes. PORTANTO, LA SIGUIENTE, D E C R E T A : Acuerdos v Leves No. 32,278 LE Y DE CARRERA ADMINISTRATIVAMUNICIPAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO ASPECTOS PROPEDÉUTICOS ARTÍCULO l.-OBJETO. La presente Ley tiene por objeto crear el sistema de administración del personal de las municipalidades, mancomunidades, asociaciones intermunicipales, micro regionales y otras entidades municipales creadas por las Corporaciones Municipales y adscritas a este sistema, a fin de garantizar la eficiencia del servicio, fomentar laprofesionalización y la estabilidad de los servidores municipales con base en el mérito.
Articulos
Articulo 2
ÁMBITO DE APLICACIÓN. La presente Ley es aplicable al personal permanente de las Municipalidades y demás entidades municipales adscritas al sistema.
Articulo 3
PERSONAL EXCLUIDO. Quedan excluidos de la Carrera Administrativa Municipal, los siguientes servidores: 1) Las autoridades electas para desempeñar cargos de elección popular; 2) Los asesores, consultores, miembros de juntas, consejos, comisiones, comités y otros organismos colegiados similares que no tengan otra función oficial permanente; 3) El personal contratado para la realización de una obra, proyecto o un servicio determinado que tenga carácter temporal; 4) Las personas que presten servicios técnicos o especializados en virtud de un contrato especial; 5) Las personas que presten servicios con carácter interino, excepto los que ostenten nombramiento previo y pertenezcan a la Carrera Administrativa Municipal; 6) El personal de confianza del Alcalde Municipal; y, 7) Los empleados por jornada.
Articulo 4
PRINCIPIOS. La aplicación de la presente Ley se regirá por los principios siguientes: "*"•••*-.. . - -^ • • 1) Legalidad; -- 1 of 14 -- -- 2 of 14 -- -- 3 of 14 -- -- 4 of 14 -- -- 5 of 14 -- -- 6 of 14 -- -- 7 of 14 -- -- 8 of 14 -- -- 9 of 14 -- -- 10 of 14 -- -- 11 of 14 -- -- 12 of 14 -- -- 13 of 14 -- -- 14 of 14 --