Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
17 de diciembre de 2021Vigente

Decreto Legislativo — Artículo 60 - Contratación de Servicios para Operaciones de Bonos Soberanos

Congreso Nacional

  • Publicación: 17 de diciembre de 2021
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 35,800

Articulos

Articulo 60.-

Cuando se trate de operaciones de bonos soberanos externos, referida en los artículos 50 y 59 de esta Ley, se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a contratar directamente los siguientes servicios: uno o más bancos de inversión especializados en la estructuración, comercialización, fijación de precios y colocación de bonos soberanos, firmas de corretajes asesoría financiera y/o legal, empresas de impresión de la circular de oferta, uno o más bancos que provean los servicios de agente fiscal, agente de cambio, agente de información, agente de cierre, registrador y pagador, entidades de registro legal, los mercados de valores que listarán la operación, firmas de calificación de riesgo, y plataforma y servicios financieros Bloomberg, por un término máximo igual al vencimiento de los bonos y según las prácticas de mercado. Asimismo, queda autorizada la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para identificar y asignar espacio presupuestario necesario para el pago de dichos servicios. El servicio de la deuda de los bonos soberanos, así como los pagos por servicios prestados enunciados en el primer párrafo de este Artículo, estarán exentos de toda clase de impuestos, derechos, tasas, recargos, arbitrios, contribuciones, aportes, honorarios o contribución pública, gubernamental o municipal, lo anterior es aplicable únicamente a las personas naturales o jurídicas con residencia en el exterior. No obstante, lo anterior, las personas naturales o jurídicas residentes en el país, estarán sujetas a cumplir con las obligaciones fiscales, formales y materiales, que determinan las leyes vigentes en Honduras. La emisión y colocación se realizará de acuerdo con las prácticas internacionales y la legislación del lugar donde se registren las colocaciones de los bonos.

  • Ley Orgánica del Poder Legislativo Decreto 363-2013 — Esta ley organiza y regula el funcionamiento del Congreso Nacional de Honduras, estableciendo cómo está integrado por 128 diputados, cómo se elige su junta directiva, cómo funcionan las comisiones legislativas y cuáles son los deberes y derechos de los diputados. Define los procedimientos para debatir, votar y aprobar leyes que luego pasan al Poder Ejecutivo. (Decreto 363-2013, 2014)
  • Ley Orgánica del Poder Legislativo (Decreto 363-2013) — Esta ley organiza el funcionamiento del Congreso Nacional de Honduras, estableciendo su estructura, órganos, procedimientos legislativos y los derechos y deberes de los diputados. Define cómo se instala, sesiona y toma decisiones el Congreso, así como las funciones de la Junta Directiva, comisiones y demás dependencias administrativas para que funcione correctamente.
  • Constitución de la República de Honduras — La Constitución de Honduras (1982, actualizada 2025) es la ley fundamental que organiza el Estado como república democrática y soberana, protegiendo los derechos humanos de todos los habitantes. Establece la separación de poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), garantiza libertades individuales como la vida, expresión y reunión, y crea instituciones electorales autónomas para asegurar elecciones libres y justas. (Decreto 131-82, 2025)
  • Decreto No.24 Reglamento Interior del Congreso Nacional — Este reglamento establece cómo funciona el Congreso Nacional: cuándo se reúne (25 de enero), quién lo dirige (presidente, vicepresidentes, secretarios), cómo sesiona (públicamente, a las 4 p.m.), y el proceso para crear leyes. También define los deberes de diputados, comisiones legislativas y personal administrativo para garantizar orden y eficiencia en el funcionamiento del Poder Legislativo. (Decreto Decreto No. 24-1983, 1983)
  • Decreto 195-2011 Ley de Seguridad Poblacional — Esta ley crea contribuciones especiales (impuestos) por 5 años para financiar la seguridad y combate al delito en Honduras. Afecta a bancos, empresas telefónicas, minería y restaurantes de franquicias internacionales, quienes deben pagar porcentajes de sus ingresos. Los fondos se administran a través de un fideicomiso con supervisión de gobierno, empresarios y sociedad civil para garantizar su uso transparente en seguridad ciudadana.

Notas

Cargando…