Acuerdo Ejecutivo No. 34-2015 — Nombrar Comisión Interventora del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados
- Decreto: 34-2015
- Publicación: 17 de agosto de 2015
- Gaceta: 33,810
- Categoria: Administrativo
Resumen
El Presidente nombra una Comisión Interventora de tres personas para dirigir el SANAA (empresa estatal de agua y alcantarillado). Los nombrados deben prestar juramento, declarar sus bienes y su permanencia depende de su desempeño. Esta medida busca supervisar y mejorar la gestión de los servicios de agua en Honduras.
Considerandos
Nombrar la Comisión Interventora del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), la cual está conformada por los ciudadanos, NÍVIDA HERNÁNDEZ AGURCIA, quien la preside, ARMANDO DÍAZ ARRIVILLAGA y JOSÉ DOLORES VELÁSQUEZ.
Los nombrados tomarán posesión de sus cargos inmediatamente después que presten la promesa de ley y el juramento que establece el Artículo 33 párrafo segundo del Código de Conducta Ética del Servidor Público y, presenten su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en los cargos está sujeta a evaluación por resultados en los términos y condiciones establecidos por la Presidencia de la República.
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cinco (05) días del mes de agosto del año dos mil quince (2015). Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización ACUERDO No. 34-2015
Texto completo
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades de que está investido, y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administroción Pública y Decreto PCM-046-2015. A C U E R D A: PRIMERO: Nombrar la Comisión Interventora del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), la cual está conformada por los ciudadanos, NÍVIDA HERNÁNDEZ AGURCIA, quien la preside, ARMANDO DÍAZ ARRIVILLAGA y JOSÉ DOLORES VELÁSQUEZ. SEGUNDO: Los nombrados tomarán posesión de sus cargos inmediatamente después que presten la promesa de ley y el juramento que establece el Artículo 33 párrafo segundo del Código de Conducta Ética del Servidor Público y, presenten su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en los cargos está sujeta a evaluación por resultados en los términos y condiciones establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cinco (05) días del mes de agosto del año dos mil quince (2015). Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización ACUERDO No. 34-2015