VigenteCategoria: Administrativo
6 de abril de 2015

Resolución — Reformas a los artículos del Reglamento Electoral del Colegio de Pedagogos de Honduras

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Resumen

Esta resolución modifica las reglas electorales del Colegio de Pedagogos de Honduras, afectando cómo votan los maestros, quién puede ser candidato, y cómo se organizan las elecciones. Los cambios permiten votar con cédula de identidad, establecen plazos para el pago de cuotas, crean nuevos requisitos para candidatos y digitalizan el conteo de votos a nivel nacional.

Articulos

Articulo 9

Para practicar el sufragio los afiliados deberán presentar el carné de afiliación al COLPEDAGOGOSH, en ausencia del carné podrá votar con la Tarjeta de Identidad, solamente si está inscrito en el listado oficial de votación, situación que deberá ser determinada por el Secretario de la mesa electoral receptora en el registro respectivo, donde el elector anotará su firma. El Concejo Departamental Electoral podrá en su jurisdicción autorizar el sufragio de un/una afiliado/afiliada, quien por motivo de fuerza mayor o caso fortuito se encuentre en ese lugar. Dicha autorización debe otorgarse únicamente para votar por los candidatos a cargos de Dirección Nacional.

Articulo 12

Son requisitos para ejercer el sufragio: a) Estar debidamente colegiado. b) Estar solvente con la Tesorería del FOPSOPH y con las aportaciones del COLPEDAGOGOSH hasta el 30 de agosto del año electoral. c) Encontrarse en pleno goce de sus derechos civiles y gremiales. d) Estar en el listado del Censo Electoral General oficial. e) Presentar carné de afiliación o Tarjeta de Identidad. La constancia de solvencia se emitirá por la Tesorería del COLPEDAGOGOSH o por quien este designe.

Articulo 16

El Concejo Nacional Electoral estará integrado por: a) Tres representantes propietarios con sus respectivos suplentes, electos en la Asamblea General, realizada previo al año de elecciones, quienes ejercerán los puestos de Presidencia, Secretaría de Actas, Secretaría de Finanzas, dicha directiva se organizará mediante consenso en la primera reunión de trabajo. b) Un representante propietario con su respectivo suplente por cada tendencia interna o coalición participante en el proceso electoral, quienes actuarán en condición de escrutadores, con derecho a únicamente a voz, debiendo ser acreditados al momento de la inscripción de la planilla y cumpliendo con lo establecido en el artículo 12 del presente reglamento.

Articulo 17

Internamente el Concejo Nacional Electoral se organizará de la manera siguiente: a) Un/ una Presidente(a) b) Un/una Secretario(a) de Actas c) Una Secretaria de Finanzas

Articulo 24

Los Concejos Departamentales Electorales y los Concejos Municipales serán electos en asamblea departamental y municipal según corresponda por lo menos con un mes de anticipación al desarrollo del proceso electoral, estarán integrados por tres propietarios con sus respectivos suplentes, ejerciendo los cargos de Presidencia, Secretaría de Actas, Secretaría de Finanzas. Este proceso estará bajo la responsabilidad de los Capítulos, en coordinación con el Concejo Nacional Electoral.

Articulo 25

Internamente los Consejos Departamentales Electorales y los Consejos Municipales Electorales se organizarán de la manera siguiente: a) Un/ una Presidente b) Una Secretaria de Actas c) Una Secretaria de Finanzas

Articulo 39

Para que los frentes o movimientos sean inscritos el representante debe presentar ante el Concejo Nacional Electoral la siguiente documentación: a) Copia de Identidad, carné de colegiación de cada uno de los candidatos que integren las planillas, de su frente o movimiento. b) Constancia de solvencias de los candidatos con la Tesorería y del Fondo de Previsión Social de COLPEDAGOGOSH. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI -DEGT-UNAH -- 10 of 16 -- Sección B Avisos Legales c) Acreditar los años de Colegiación Profesional en el Colegio de Pedagogos de Honduras, de acuerdo a la Ley y al cargo de Elección. d) Presentar constancia de no ser Directivo o Dirigente de otro gremio profesional en el ramo de la educación, extendida por el órgano competente de cada organización magisterial a la que estuviere colegiado el candidato o candidata. e) No tener parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con los candidatos o candidatas de su nivel electivo que conforman las planillas de los frentes o movimientos. f) Presentar plan general de trabajo, de acuerdo al nivel de Elección, en el cual se incluya nombre, logo y lema del movimiento o frente. g) Dos fotografías tamaño pasaporte de los candidatos y candidatas en los diferentes cargos y niveles de Elección. h) Acreditar por lo menos el dos por ciento (2%) de firmas de afiliados conforme al padrón del proceso electoral anterior. Estas firmas deberán ser representativas de todo el país. El Tribunal de Honor remitirá el correspondiente listado de los afiliados sancionados por este tribunal si los hubiere, al Concejo Nacional Electoral y éste a su vez lo remitirá al Concejo Departamental Electoral quien lo remitirá al Concejo Municipal Electoral para su aplicación.

Articulo 44

Todas las Actas de Cierre del proceso electoral de las Mesas Electorales Receptoras de cada departamento deben escanearse el mismo día de las elecciones al Concejo Nacional Electoral para el escrutinio preliminar y llevarlas en las bolsas respectivas debidamente selladas al Concejo Municipal Electoral y éste al Concejo Departamental Electoral para su envío al Consejo Nacional Electoral en un término de tres días después de verificadas las elecciones, para la realización del conteo final respectivo. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, diez de febrero del dos mil quince. MsC. Oscar Joel Espinal Laínez Presidente Lic. Julio Rodil Manzanares Tinoco Secretario 6 A. 2015. JUZGADO DE LETRAS REPUBLICA DE HONDURAS AVISO DE TITULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario del Juzgado Primero de Letras Seccional de Copán, al público en general y para los efectos de Ley. HACE SABER: Que el señor Ángel Rafael Cruz Rivera, mayor de edad, casado, Promotor, hondureño, y vecino del municipio de San Juan de Opoa, departamento de Copán, con Tarjeta de Identidad número 0418-1969-00109, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, que se describe a continuación: cuarenta y un mil ochocientos metros cuadrados (41,800.00M.), equivalente a cincuenta y nueve mil novecientas cincuenta y dos punto cero siete varas cuadradas (59,952.07 V.), igual a seis manzanas (6.00Mzs.), que se encuentra ubicado en el lugar denominado El Iguanero y La Cueva Hedionda en la aldea El Pinalito, jurisdicción de esta ciudad de Santa Rosa de Copán, el cual tiene la relación de medidas y colindancias siguientes: del punto cero al punto uno, se midieron cuatrocientos cincuenta y cinco metros (455.00M.); del punto uno al punto dos, se midieron quince metros (15.00M.); del punto dos al punto tres, se midieron veintiséis metros (26.00M.); del punto tres al punto cuatro, se midieron nueve metros (9.00M.); del punto cuatro al punto cinco, se midieron treinta metros (30.00M.); del punto cinco al punto seis, se midieron sesenta y cuatro metros (64.00M.); del punto seis al punto siete, se midieron trescientos metros (300.00M.); del punto siete al punto cero, se midieron ciento cuarenta metros (140.00M.); con las colindancias siguientes: Al Norte, colinda con Río Higuito o Jicatuyo; al Sur, colinda con carretera pavimentada que conduce a Gracias Lempira; al Este, colinda con propiedad del señor Tulio Echeverría; y, al Oeste, colinda con propiedad del señor Eduardo Hernández Portillo. Dicho terreno lo ha poseído en forma quieta pacífica e ininterrumpidamente por más de diez años, el cual lo obtuvo por compraventa que le hiciera al señor Madel Cruz Orellana, y en la que los testigos Tulio Echeverría, Ángel Madel Cruz y Eduardo Hernández Portillo, quienes afirmaran ser cierto. Santa Rosa de Copán, 15 de enero del año dos mil quince. GERMAN VICENTE COREA MURILLO SECRETARIO 6 A. 2015. _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI -DEGT-UNAH -- 11 of 16 -- Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 22792-13 2/ Fecha de presentación: 13-06-13 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: A.M. - P.M. 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: fabricación de productos químicos y farmacéuticos, venta y distribución al público, preparación de análisis químicos y la importación, exportación y almacenamiento de productos químicos y especialidades farmacéuticas, expendio al por mayor y al detalle de toda clase de medicinas y especialidades farmacéuticas, sean productos patentados extranjeros o nacionales, elaboración de productos medicinales, representación de fabricantes nacionales o extranjeros. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA J. OCHOA B. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01-07-13 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 M., 6 y 22 A. 2015 A.M. - P.M. ________ 1/ Solicitud: 5676-2015 2/ Fecha de presentación: 06-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO FARINTER, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VITASLIM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales, desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA J. OCHOA B. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 M., 6 y 22 A. 2015 VITASLIM ________ 1/ Solicitud: 5677-2015 2/ Fecha de presentación: 06-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO FARINTER, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VITAFIBER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales, desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA J. OCHOA B. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 M., 6 y 22 A. 2015 VITAFIBER 1/ Solicitud: 5679-2015 2/ Fecha de presentación: 06-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO FARINTER, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VITALIFE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales, desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA J. OCHOA B. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 M., 6 y 22 A. 2015 VITALIFE ________ 1/ Solicitud: 5680-2015 2/ Fecha de presentación: 06-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO FARINTER, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VITAFORCE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales, desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA J. OCHOA B. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2015 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 M., 6 y 22 A. 2015 VITAFORCE ________ 1/ Solicitud: 5681-2015 2/ Fecha de presentación: 06-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO FARINTER, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FLEUR ESSENCE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales, desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA J. OCHOA B. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2015 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 M., 6 y 22 A. 2015 FLEUR ESSENCE Marcas de Fábrica Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI -DEGT-UNAH -- 12 of 16 -- Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 14-40427 2/ Fecha de presentación: 12-11-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. (FARINTER) 4.1/ Domicilio: EDIFICIO FARINTER, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARDEMAN (y Diseño) 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA J. OCHOA B. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19/11/14 12/ Reservas: No se protege la denominación “Sync”. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 M., 6 y 22 A. 2015 PIOJI-PLUS ________ 1/ Solicitud: 5683-2015 2/ Fecha de presentación: 06-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO FARINTER, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PIOJI-PLUS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales, desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA J. OCHOA B. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 M., 6 y 22 A. 2015 ________ BABY CURE 1/ Solicitud: 5687-2015 2/ Fecha de presentación: 06-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: EDIFICIO FARINTER, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de:

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