Acuerdo Ministerial No. 2621 — Nombramiento Funcionalmente de Juan Pablo Cerrato Canales como Director Regional, Departamental de Valle
- Decreto: 2621
- Publicación: 16 de febrero de 2015
- Gaceta: 33,659
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este acuerdo nombraba a Juan Pablo Cerrato Canales como Director Regional del Departamento de Valle en la Secretaría de Salud a partir del 4 de noviembre de 2014. El documento también incluye un aviso de una demanda laboral donde una trabajadora reclamaba la nulidad de su despido y el pago de indemnizaciones.
Texto completo
ACUERDO No. 2621 .- Tegucigalpa, M. D. C., 10 de noviembre de 2014.- LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD.- En uso de las facultades que se le confieren mediante Acuerdo Ejecutivo 09-2014 de fecha 29 de enero del 2014, como Secretaria de Estado en el Despacho de Salud.- ACUERDA: Nombrar Funcionalmente al ciudadano JUAN PABLO CERRATO CANALES, con Tarjeta de Identidad No. 1701-1967-00-586, en el cargo de DIRECTOR REGIONAL, DEPARTAMENTAL DE VALLE.- EL PRESENTE ACUERDO SERA EFECTIVO A PARTIR DEL 04 DE NOVIEMBRE DEL 2014.- COMUNÍQUESE: (SELLO Y FIRMA) EDNA YOLANI BATRES CRUZ, SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD.- (SELLO Y FIRMA) CRISTINA DIAZ TABORA, SECRETARIAGENERAL”. CRISTINA DÍAZ TÁBORA SECRETARIA GENERAL 16 F. 2015 JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 02 de diciembre del 2014, interpuso demanda en materia Personal en este Juzgado con orden de ingreso número 0801-2014-00501, la señora ARGELY MARISOL SABILLON HERNÁNDEZ, contra el ESTADO DE HONDURAS A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LA PRESIDENCIA, contraída a pedir la nulidad de un acto Administrativo.- Que se reconozca la situación Jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injusta d equefuiobjetosinqueseme pagaran los derechos e indemnizaciones laborales a que tenía derecho.- Y como medida para el restablecimiento de mis derechos que se ordene el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo y como indemnización el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación hasta que la sentencia sea ejecutada.- Se acompañan documentos.- Costas del Juicio.- Poder.- En relación al Acuerdo de Cancelación No. STSS-598- 2014 emitido el 12 de noviembre del 2014. LIC. TANNIA ROSINDA CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 16 F. 2015 _______
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