Acuerdo Institucional No. 092-2025 — Redefinición de límites y modificación de categoría de manejo del Área Protegida El Merendón
Congreso Nacional
- Decreto: 092-2025
- Publicación: 24 de septiembre de 2025
- Órgano emisor: Congreso Nacional
Articulos
Aprobar el proceso técnico, legal y administrativo realizado por el Instituto de Conservación Forestal (ICF), mediante el cual se sustenta la pretensión del Estado de redefinir los límites y modificar la categoría de manejo del Área Protegida “El Merendón”, conforme a los estudios técnicos que justifican esta actualización. En consecuencia, se someterá a consideración del Congreso Nacional un decreto que contendrá el nuevo régimen de protección del área, recogiendo el contenido sustantivo del presente Acuerdo y la derogatoria expresa del Decreto Legislativo No. 46-90 de fecha 4 de mayo de 1990, el cual quedará sin efecto una vez entre en vigencia el Decreto Legislativo correspondiente. 16/10/2025 SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL AHSP PÚBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA, FEBRERO DE 2025. PÚBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA, OCTUBRE DE 2025.
10 SE ADJUNTA AVISO, JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la Abogada Claudia Isabel Valladares Galo, en su condición de Representante Procesal de los señores Juan Ángel Lupiac Rodríguez, Leonel Ávila Padilla, Cheldon Horacio Ordoñez Rubio y José Walter Zapata Mejía, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras, a través de la Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario, con orden de ingreso número 0801- 2024-00808, “impugnando acto administrativo emitido por la Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario siendo la Resolución administrativa No. 549-CISPN-(PMOP)-INP-2023, de fecha 18 de septiembre del año 2023, no conforme a derecho.- Por lo que se demanda anulación de dicho acto.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser al pago retroactivo del reajuste salarial correspondiente al año 2023, siendo un incremento al sueldo de 9.80%, así como también se reconozca este derecho de manera automática para los años subsiguientes por ser derechos de cumplimiento obligatorio. Que corresponde a la tasa de inflación esperada, determinada por el Banco Central de Honduras y el incremento bianual, conforme a lo que establece la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central.- Pago por indemnización por daños y perjuicios.- Con especial condena en costas, se acompañan documentos.- Se acredita poder.- Cotejamiento”. Asimismo, en fecha nueve (09) de septiembre del dos mil veinticinco (2025), este Juzgado dictó providencia en el cual resolvió la ampliación solicitada por la Abogada Claudia Isabel Valladares Galo, para ello transcribimos el contenido de la providencia antes referida única y exclusivamente en lo siguiente: “Que los señores Juan Ángel Lupiac Rodríguez y José Walter Zapata Mejía, quienes fueron cancelados por retiro voluntario con pago de su Cesantía en el año 2023, ya que no fueron reconocidos sus derechos del reajuste que corresponde al índice de inflación esperada anual y el incremento bianual, conforme establece el Estatuto del Médico Empleado, ya que se reclamaba cada año dichos derechos desde el año 2017 a la fecha, ya que años anteriores fueron reconocidos dichos derechos por lo que se ordena a las autoridades Penitenciarias ya que han omitido tales derechos adquiridos en el sentido que se reajuste tanto su salario que corresponde al año 2023 y que sea reconocido dicho reajuste en relación a su retiro voluntario por Cesantía y al de su jubilación otorgado por el Instituto de Previsión Militar”. 16/10/2025 11 SE ADJUNTA AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-038-2025-SDN, “EQUIPAMIENTO DEL TALLER MOTOR POOL DEL PRIMER BATALLÓN DE INGENIEROS”. 16/10/2025 12 SE ADJUNTA AVISO, JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), comparecieron a este Juzgado los Abogados JOSÉ ARMANDO ESPINAL y OBDULIO RODEZNO ANTÚNEZ quienes actúan en su condición de Apoderados Legales del señor JACK JAIRO MENDOZA TURCIOS, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2025-00680, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL. 20/10/2025 13 SE ADJUNTA ACUERDO S.D.N. No. 185-2025,
Leyes relacionadas
- Acuerdo No. 092-2025 — Redefinición de límites y cambio de categoría del Área Protegida El Merendón (Decreto 092-2025, 2025)
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- Acuerdo — Procedimiento de comercialización de madera de pino mediante subasta pública y venta directa del Sistema Social Forestal — Este acuerdo establece dos formas de vender madera de pino de bosques nacionales a través del Sistema Social Forestal: subastas públicas (donde gana quien ofrezca el mejor precio) y ventas directas (para casos especiales con compradores ya identificados). Los beneficiarios deben presentar documentos como permisos forestales, estados financieros y referencias bancarias para autorización. El proceso incluye etapas de evaluación, publicidad pública, participación de veedores y un contrato con garantías de cumplimiento.
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- Acuerdo 149-2025 mediante el cual se reforma el artículo primero del Acuerdo No. 057-2025 — Esta ley reforma un acuerdo anterior sobre gestión de deuda pública y emisión de títulos financieros (Letras de Tesorería). Permite que el Ministerio de Finanzas emita instrumentos de corto plazo para cubrir insuficiencias de efectivo durante el año fiscal, siempre que sean reembolsados en el mismo período. (Decreto 4-2025, 2025)