Resolución No. 1917-2017 — Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE LA COMUNIDAD DE SAN ANTONIO
- Decreto: 1917-2017
- Categoria: Administrativo
Resumen
Esta resolución otorga personalidad jurídica a la Junta Administradora de Agua de San Antonio, municipio de Sensenti, Ocotepeque. Esto permite que la junta funcione legalmente como organización para administrar y distribuir agua potable a la comunidad. Beneficia a los habitantes al garantizar una gestión formal del servicio de agua.
Texto completo
Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE LA COMUNIDAD DE SAN ANTONIO, MUNICIPIO DE SENSENTI, Departamento DE OCOTEPEQUE, con domicilio en la Comunidad El San Antonio, municipio de Sensenti, departamento de Ocotepeque VER 8 57-2013 CERTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN 23/4/2013 34585 B B.4 - B.7 06/03/2018 Conceder Personalidad Jurídica la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE FÁTIMA”, con domicilio en la comunidad de Fátima, municipio de Marcala, departamento de La Paz VER 9 92-2017 ACUERDO 8/8/2017 34586 A A.5 07/03/2018
Leyes relacionadas
- Resolución No. 1917-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica y aprobación de Estatutos de la Junta Administradora de Agua de la Comunidad de San Antonio (Decreto 1917-2017, 2018)
- Resolución — Resumen de publicaciones realizadas en La Gaceta - Marzo 2018
- Acuerdo Ejecutivo No. 94-2018 — Revalidación del Pasaporte Corriente (Decreto 94-2018, 2018)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales — Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Ley de equilibrio financiero y protección social — Esta ley establece cómo el Estado recauda y gestiona sus ingresos financieros. Permite que instituciones públicas (hospitales, escuelas, bomberos, etc.) guarden un porcentaje de lo que cobran por sus servicios para gastar directamente, sin pasar todo al Tesoro Nacional. También autoriza al Gobierno a contraer deuda y gestionar préstamos internacionales, siempre manteniendo las finanzas públicas estables y en línea con planes de desarrollo nacional. (Decreto 75-1911, 2023)