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Decreto No. SCGG-00378-2015 | 16 de diciembre de 2013 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,901

Acuerdo Ministerial No. SCGG-00378-2015 — Organización interna de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno

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Resumen

Este acuerdo organiza la estructura interna de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, estableciendo sus principales dependencias: el gabinete del Secretario, tres direcciones presidenciales (Planificación, Gestión por Resultados, y Transparencia), la Secretaría General, unidades de apoyo y auditoría interna. Define las funciones de cada área para coordinar políticas públicas, presupuesto, inversión, transparencia y modernización del Estado.

Considerandos

  1. 1.Que mediante Decreto No. 266- 2013 de 16 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 23 de enero de 2014, se modificó la Ley General de Administración Pública, específicamente el Artículo 29, el cual señala, entre otras, las competencias de la Secretaría de Estado de Coordinación General de Gobierno.
  2. 2.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2014 de 3 de febrero de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, del 22 de febrero de 2014, se dispone que la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG) tendrá adscritas las entidades siguientes: Dirección Presidencial de Planificación Estratégica, Presupuesto e Inversión Pública; Dirección Presidencial de Gestión por Resultados, Dirección Presidencial de Transparencia y Reforma del Estado y el Programa de la Cuenta del Milenio.
  3. 3.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM -002-2014, de 3 de febrero de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, del 28 de febrero de 2014, se establecen las atribuciones de la Dirección Presidencial de Planificación Estratégica, Presupuesto e Inversión Pública; la Dirección Presidencial de Gestión por Resultados y la Dirección Presidencial de Transparencia, Modernización y Reforma del Estado.
  4. 4.Que en el mismo Decreto Ejecutivo se adscriben a la Dirección Presidencial de Transparencia, Modernización y Reforma del Estado la Oficina Nacional de Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI) y la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE).
  5. 5.Que de acuerdo al Decreto PCM- 06-2014 de 6 de marzo de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 10 de abril del 2014, basado a su vez en lo dispuesto en el punto número 4 del Acta número 57 contentiva de la Resolución del Consejo Directivo del 18 de noviembre de 2013, MCA-Honduras adquiere el nombre de “INVEST-H (Inversión Estratégica de Honduras)”, la cual conforme a lo previsto en el artículo 3 del Decreto número 87-2013 de 23 de mayo de 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 1 of 28 -- UDI -DEGT-UNAH LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL el 14 de junio de 2013, continuará operando por al menos seis años más conforme a los mecanismos y disposiciones presupuestarias establecidos en su Ley Orgánica y el Convenio del Desafio del Milenio.
  6. 6.Que la Unidad Técnica de Seguridad Alimentaria Nutricional (UTSAN) es parte de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno de acuerdo al Decreto PCM 028-2015, aprobado el 8 de junio de 2015 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 8 de junio de 2015.
  7. 7.Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 6, de la Ley General de Administración Pública, le corresponde a los Secretarios de Estado: “Emitir los reglamentos de organización interna de sus respectivos Despachos”.

Articulos

Articulo 2

El Secretario de Coordinación General de Gobierno (el Secretario Coordinador) será asistido directamente por un gabinete que tendrá las funciones de coordinación, ejecución, seguimiento, asesoría y análisis, que se detallan: A. Oficina Técnica del Despacho del Secretario de Estado: es la encargada de proporcionar el apoyo técnico en las actividades relacionadas con la gestión del Gobierno y en los temas asignados por el Presidente de la República al Secretario Coordinador. Además, le corresponde el apoyo administrativo, que comprende, entre otros, el manejo de la correspondencia, de la agenda, asistencia protocolaria, logística y las demás que le asigne el Secretario Coordinador. B. Asesoría Jurídica: es la responsable de proporcionar asistencia legal al Secretario Coordinador, en los asuntos que le requiera. C. Asesoría Técnica: es la responsable de proporcionar asistencia técnica especializada al Secretario Coordinador en los asuntos que le requiera. D. Unidad de enlace con los Gabinetes Sectoriales y Centro de Gobierno: es la encargada de apoyar al Secretario Coordinador en su relación con los Gabinetes Sectoriales y el Centro de Gobierno, en coordinación con las Direcciones Presidenciales. E. Oficina Presidencial de Seguimiento a Programas y Proyectos: es la responsable del seguimiento de la ejecución de programas y proyectos financiados principalmente con Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 2 of 28 -- UDI -DEGT-UNAH fondos externos y de asesorar a las unidades ejecutoras para lograr la efectividad de su ejecución. Deberá presentar informes mensuales al Secretario Coordinador, en coordinación con la Dirección Presidencial de Gestión por Resultados.

Articulo 3

Son unidades adscritas al Despacho del Secretario Coordinador: A. Escuela de la Función Pública: es el órgano especializado para la promoción de las competencias, capacidades y mejora de los servidores públicos en el manejo de la gestión pública. B. Unidad Técnica de Seguridad Alimentaria y Nutricional (UTSAN): es la responsable de desarrollar la coordinación, planificación, seguimiento, monitoreo, evaluación y la formulación de procedimientos metodológicos para la ejecución de la política de seguridad alimentaria y nutricional en estrecha colaboración con la Dirección Presidencial de Planificación Estratégica, Presupuesto e Inversión Pública y la Dirección Presidencial de Gestión por Resultados. Es la responsable de la divulgación de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional y de iniciativas para la formación de recursos humanos en esta materia. C. MCA-Honduras/INVEST-H (Programa Cuenta del Milenio): es la entidad responsable para la administración y supervisión de la implementación del Programa Cuenta del Desafío del Milenio y la ejecución de proyectos y actividades a ella asignados.

Articulo 4

La Dirección Presidencial de Planificación Estratégica, Presupuesto e Inversión Pública (DPPEPIP) tendrá las siguientes divisiones: A) Planificación Estratégica y Políticas Públicas: es la encargada de coordinar y desarrollar los procesos de planificación estratégica nacional y sectorial de mediano y largo plazo articulados a la Visión de País y Plan de Nación, formular la normativa para el diseño, análisis y aprobación de políticas públicas y su incorporación al Sistema de Planificación y Presupuesto; desarrollar investigaciones y análisis prospectivos. B) Presupuesto por Resultados: es la responsable de asegurar que la política de gasto público tenga enfoque de desarrollo que garantice el logro de los objetivos del Plan de Gobierno y el financiamiento de las prioridades de gubernamentales; asignar el gasto sectorial en base a las prioridades establecidas en el sistema de planificación nacional y en consistencia con el marco fiscal anual y plurianual; y definir las estructuras presupuestarias institucionales sobre la base de la planificación estratégica en coordinación con la Secretaría de Finanzas. C) Inversión Pública y Cooperación Externa: es la responsable de garantizar el alineamiento del Programa de Inversión Pública a las prioridades nacionales, sectoriales e institucionales; desarrollar las políticas para la armonización de la cooperación externa con las prioridades nacionales; y, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, apoyar los procesos de gestión de cooperación externa a fin de garantizar la efectividad de la misma. D) Planificación y Desarrollo Territorial: es la encargada de coordinar los procesos de articulación de la planificación territorial con la planificación sectorial y nacional, en el marco del sistema nacional de planificación, presupuesto e inversión pública y la gestión por resultados.

Articulo 5

La Dirección Presidencial de Gestión por Resultados (DPGR) tendrá las siguientes divisiones: A) Monitoreo y Seguimiento: es la encargada de establecer los mecanismos de análisis e información de los avances en las prioridades nacionales para el Presidente de la República, el Secretario Coordinador General de Gobierno y el Centro de Gobierno; asegurar el seguimiento de la gestión institucional a través de los Directores de Cumplimiento; establecer las normas, mecanismos y las metodologías para dicho proceso; dirigir el monitoreo de productos de la gestión institucional a través del Sistema Presidencial de Gestión por Resultados; y establecer las normas, mecanismos y la metodología para dicho proceso. B) Planificación institucional: es la encargada de coordinar y apoyar los procesos de planificación institucional estratégica y operativa. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 3 of 28 -- UDI -DEGT-UNAH C) Integración de Sistemas: es la encargada de administrar el Sistema Presidencial de Gestión por Resultados, integrar y generar la información sobre la programación y ejecución en todos los niveles de planificación; producir la información para la toma de decisiones por parte del Presidente de la República, el Secretario Coordinador General de Gobierno y los Directores Presidenciales; construir el Sistema Público de Información para la Gestión por Resultados mediante la articulación de los sistemas institucionales de información. D) Evaluación: es la encargada de establecer los lineamientos y analizar los procesos de la gestión de información, estadísticas y registros administrativos institucionales; evaluar el diseño, proceso, desempeño, impacto y costo-efectividad de las políticas públicas, programas, proyectos e instituciones, formulando las recomendaciones pertinentes. E) Validación y Verificación: es la encargada de diseñar y establecer normas y mecanismos para la validación y verificación de la información institucional de la ejecución de programas y proyectos; generar informes de recomendaciones para la toma de decisiones sobre los hallazgos del proceso de validación y verificación.

Articulo 6

La Dirección Presidencial de Transparencia, Modernización y Reforma del Estado (DPTMRE) tendrá las siguientes divisiones: A) Transparencia y Rendición de Cuentas: es la encargada de coordinar, supervisar, monitorear y ejecutar, conjuntamente con las instituciones competentes, las acciones tendentes a transparentar la gestión pública en las instituciones del Poder Ejecutivo; coordinar y dar seguimiento y monitoreo, entre otras, a las iniciativas de transparencia, Plan de Gobierno Abierto, EITI, COST, el Convenio con Transparencia Internacional, así como la observancia del Código de Conducta Ética del Servidor Público y los programas del Gobierno de la República en esta materia. Dentro de esta División funcionará el Oficial de Información Pública de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno. B) Modernización del Estado: es la encargada de apoyar la ejecución de medidas de modernización del Estado y la simplificación de procesos que propendan a una administración pública sencilla, pequeña, eficiente y transparente para lo cual deberá trabajar, conjuntamente con la división de Gobierno Digital. Asimismo, le corresponde coordinar las iniciativas de modernización impulsadas por los Gabinetes Sectoriales y dar seguimiento a la ejecución de los programas en materia de su competencia. C) Gobierno Digital: es la encargada de diseñar las políticas y planes para la ejecución del gobierno digital y de coordinar con las instituciones del Poder Ejecutivo, promover, regular el uso de las tecnologías de la información y comunicación por parte de éstas en el cumplimiento de sus funciones. Coordinar la ejecución del Plan Maestro de Gobierno Digital y gestionar los procesos de atención al ciudadano mediante el funcionamiento del Sistema Nacional de Trámites (SINTRA). También tiene a su cargo las oficinas siguientes: A) Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE): es el órgano técnico consultivo del Estado responsable de dictar normas e instructivos de carácter general para desarrollar o mejorar los sistemas de contratación administrativa en sus aspectos operacionales, técnicos y económicos, así como prestar asesoría y coordinar actividades que orienten y sistematicen los procesos de contratación del sector público. La ONCAE actuará en el marco de las competencias asignadas por la “Ley de Contratación del Estado” y la “Ley de Compras Eficientes y Transparentes a través de Medios Electrónicos” y sus respectivos reglamentos. B) Oficina Nacional de Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI): es el organismo técnico especializado del Poder Ejecutivo cuyo propósito es asegurar razonablemente la efectividad del proceso de control interno institucional, en procura de una gestión de los recursos públicos, eficaz, eficiente, responsable y transparente.

Articulo 7

La Secretaría General es el órgano de comunicación de la Secretaria de Coordinación General de Gobierno. Le corresponde la coordinación y supervisión de las Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 4 of 28 -- UDI -DEGT-UNAH siguientes funciones: servicios legales, comunicación institucional y servicios de gestión de la cooperación externa.

Articulo 8

Las Unidades de Apoyo de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno son las siguientes: A. Informática; B. Planeación y Evaluación de la Gestión; C. La Gerencia Administrativa, que cuenta con las siguientes subgerencias: a. Presupuesto; b. Recursos Humanos; c. Recursos Materiales y Suministros; y, d. Unidad Administradora de Proyectos. D. Comunicaciones y Relaciones Públicas. Las unidades de apoyo señaladas en los Artículos 7 y 8 tendrán las funciones que se les atribuyan en el Reglamento de Organización, Funciones y Competencias del Poder Ejecutivo.

Articulo 9

La Auditoría Interna es el órgano a cargo de la actividad independiente y objetiva de aseguramiento y asesoría, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno. El funcionamiento de la Auditoría Interna se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas, el Marco Rector de las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público, así como todas aquellas normas que en el ejercicio de sus atribuciones dicte el Tribunal Superior de Cuentas.

Articulo 10

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil quince. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE ESTADO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO MARÍA DE LOS ÁNGELES MILLA GÚNERA SECRETARIA GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Secretaría de Finanzas

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