Resolución No. 388-9/2015 — Introducción de subastas diarias como instrumento de política monetaria y autorización de emisión de Letras del Banco Central de Honduras
- Decreto: 388-9/2015
- Publicación: 19 de septiembre de 2015
- Categoria: Financiero y Tributario
Resumen
El Banco Central de Honduras autoriza subastas diarias de valores (Letras) para controlar el dinero en circulación e influir en las tasas de interés. Permite emitir hasta 15 mil millones de lempiras en letras a corto plazo (1-14 días) que los bancos pueden comprar y vender, mejorando cómo el banco central comunica sus decisiones monetarias al mercado financiero.
Considerandos
Que de conformidad con la ley corresponde al Banco Central de Honduras formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
Que esta Institución utiliza las operaciones de mercado abierto como el principal instrumento de política monetaria, a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa Monetario vigente.
Que de acuerdo con el programa de modernización del marco operativo para la conducción de la política monetaria del Banco Central de Honduras (BCH), contemplado en el Programa Monetario 2015-2016, la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en sesión del 4 de septiembre de 2015 acordó recomendar al Directorio del BCH la introducción de subastas diarias, con el propósito de mejorar la señalización del mercado y optimizar los canales de transmisión de la política monetaria; asimismo, la emisión de Letras del Banco Central de Honduras en Moneda Nacional hasta por un monto global de quince mil millones de lempiras (L15,000,000,000.00).
Texto completo
RESOLUCIÓN No. 388-9/2015.- Sesión No. 3587 del 10 de septiembre de 2015.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Que de conformidad con la ley corresponde al Banco Central de Honduras formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país. CONSIDERANDO: Que esta Institución utiliza las operaciones de mercado abierto como el principal instrumento de política monetaria, a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa Monetario vigente. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el programa de modernización del marco operativo para la conducción de la política monetaria del Banco Central de Honduras (BCH), contemplado en el Programa Monetario 2015-2016, la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en sesión del 4 de septiembre de 2015 acordó recomendar al Directorio del BCH la introducción de subastas diarias, con el propósito de mejorar la señalización del mercado y optimizar los canales de transmisión de la política monetaria; asimismo, la emisión de Letras del Banco Central de Honduras en Moneda Nacional hasta por un monto global de quince mil millones de lempiras (L15,000,000,000.00). POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de la República; 2, 6, 16, 23 y 43 de la Ley del Banco Central de Honduras; 4 del Reglamento de la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto y 3, 12 y 14 del Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales, R ESUELV E:
- 1)
Introducir las subastas diarias como instrumento de política monetaria, el cual se implementará a partir del 19 de octubre de 2015.
- 2)
Autorizar la emisión de Letras del Banco Central de Honduras en Moneda Nacional para ser utilizadas en operaciones de mercado abierto dirigidas exclusivamente a las instituciones del sistema financiero nacional, en las condiciones y características siguientes: EMISOR: Banco Central de Honduras. MONTO DE LAS EMISIONES: Emisión de Letras del Banco Central de Honduras en Moneda Nacional hasta por un monto global de quince mil millones de lempiras (L15,000,000,000.00). Dicho monto podría revisarse de acuerdo con las condiciones de liquidez de la economía. DENOMINACIÓN: Cupón cero. Letras en Moneda Nacional, mínimo de colocación de cien mil lempiras (L100,000.00) y múltiplos integrales de mil lempiras (L1,000.00) para montos superiores. FECHA DE EMISIÓN: Fecha en que los valores sean ofrecidos por primera vez. PLAZOS AL VENCIMIENTO: De uno (1) a catorce (14) días. Al vencimiento podrán emitirse nuevas emisiones sin exceder el monto global de la emisión aprobada, siempre que las condiciones de liquidez de la economía indiquen que tal emisión es conveniente. FORMA DE NEGOCIACIÓN: Serán negociados con descuento, mediante subasta pública o utilizando cualquier otro mecanismo que apruebe el
Directorio a propuesta de la COMA. FORMA DE PRESENTACIÓN: Anotación en cuenta, en el registro que para tal efecto lleve el Banco Central de Honduras, quien reconocerá como titular al que aparezca inscrito en la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH). FORMA DE IDENTIFICACIÓN: Estas emisiones se identi- ficarán mediante un Código ISIN que será asignado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. NEGOCIABILIDAD: Los valores pueden ser negociados en el mercado secundario y su trans- ferencia se hará de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH). TRATAMIENTO FISCAL: Sujetos al régimen tributario vigente.
- 3)
Comunicar esta resolución a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para su correspondiente inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores y a la Secretaría de Finanzas para los fines pertinentes.
- 4)
La presente resolución entra en vigencia a partir de esta fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. HUGO DANIEL HERRERA C. SECRETARIO 19 S. 2015.