Primero.- Delegar en el Ciudadano JORGE LUIS MEJIA LOPEZ, Oficial Jurídico I, el ejercicio de las competencias de Secretario General en funciones, teniendo efectividad a partir del 26 de febrero al 30 de marzo del 2018, se le delega firmar para la emisión de autos, providencias y dems actuaciones relacionados con las distintas fases del procedimiento administrativo, a fin de no entorpecer los trámites que se realizan en esta Secretaría de Estado.
Poder Ejecutivo
- Publicación: 13 de marzo de 2018
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 34,591
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que de conformidad con el artículo 36 numeral 8 y 9 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores generales.
Que de conformidad con el artículo 123 de la Ley General de la Administración Pública, el titular de un órgano en caso de ausencia o impedimento legal será sustituido por el subalterno más elevado en grado y en caso de paridad de grado, por el funcionario con más antigüedad en el servicio, en su defecto por el funcionario que ostente el título profesional superior.
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 1064-2010 de fecha 01 de octubre del 2010, se nombró al ciudadano Jorge Luis Mejía López, como Oficial Jurídico 1, funcionalmente viene actuando como Asistente de la Secretaría General de este Despacho Ministerial. CONSIDERANDO: Siendo que dicha dependencia es un órgano superior de esta Secretaría de Estado que por el rol de sus competencias no puede quedar acéfalo,
Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
Que los Subsecretarios de Estado, son responsables de resolver los asuntos que les delegue el Secretario de Estado; las funciones a su cargo y la coordinación de las áreas sustantivas que les están atribuidas, de acuerdo a la estructura administrativa prevista en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo PCM-008-97.
Que la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras, le otorga a los Secretarios de Estado DECANO DE LA PRENSA HONDURENA ABOG. CESAR AUGUSTO CACERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Telefono/Fax Gerencia: 2230-4886 Administración: 2230-3036 Planta: 2230-6767 CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL
Articulos
Delegar en el ciudadano JORGE LUIS MEJÍA LOPEZ, Oficial Jurídico 1, el ejercicio de las competencias de Secretario General en funciones, teniendo efectividad a partir del 26 de febrero al 30 de marzo del 2018, se le delega firma para la emisión de autos, providencia y demás actuaciones relacionados con las distintas fases del procedimiento administrativo, a fin de no entorpecer los trámites que se realizan en esta Secretaría de Estado.
EL presente acto administrativo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNÍQUESE: SANTIAGO RUIZ CABUS Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería JORGE LUIS MEJÍA Secretario General Interino Acuerdo 024-2016 Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO No. 031-2018 Tegucigalpa, M.D.C., 23 Feb. 2018 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que los Subsecretarios de Estado, son responsables de resolver los asuntos que les delegue el Secretario de Estado; las funciones a su cargo y la coordinación de las áreas sustantivas que les están atribuidas, de acuerdo a la estructura administrativa prevista en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo PCM-008-97. CONSIDERANDO: Que la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras, le otorga a los Secretarios de Estado DECANO DE LA PRENSA HONDURENA ABOG. CESAR AUGUSTO CACERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Telefono/Fax Gerencia: 2230-4886 Administración: 2230-3036 Planta: 2230-6767 CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL
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