VigenteCategoria: Penal
15 de abril de 2024
Acuerdo — Auto de Instrucción de Investigación - Exhibicionismo
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Este documento ordena al investigador (policía o fiscal) que investigue denuncias de exhibicionismo sexual ante menores o personas con discapacidad. Establece qué diligencias realizar: entrevistar a la víctima, testigos, realizar evaluaciones médicas y psicológicas, inspeccionar el lugar, e identificar al acusado. El delito castiga con 1-3 años de prisión según la edad de la víctima.
Texto completo
Auto de Instrucción de Investigación
Exhibicionismo F.A.I.I.20
MINISTERIO PÚBLICO. Despacho Fiscal: ________________________________, En la Ciudad de
____________________________ a los ____ días del mes de _______________ del año ______.
VISTA LA DENUNCIA N°__________________________________; interpuesta
por:_________________________, contra: ______________________________________ por
suponerlo responsable del delito de: EXHIBICIONISMO en perjuicio de:
_________________________________________, en virtud de las facultades establecidas en los
a r t í c u l o s : 93, 270, 272, 279 y 283 del Código Procesal Penal; se instruye a:
____________________________________________ la práctica de todas las diligencias
investigativas pertinentes, útiles, proporcionales, para determinar la existencia del delito, la
participación del denunciado y todas aquellas circunstancias que sean causas de exención ó de
atenuación de responsabilidad del mismo en los hechos denunciados, así como, los mecanismos
de protección, a favor de la víctima que considera el proceso penal:
1. Identificación Plena de la Víctima.
2. Certificación en calidad de Víctima cuando esté relacionado a un delito de Trata de
Personas (ERI/CICESCT/Ley Contra La Trata de Personas.)
3. Declaración de la víctima (preferiblemente tomada por un Fiscal, valorar uso de
muñecos anatómicos cuando la víctima sea niña, niño o víctima que adolezca de
discapacidad física o mental, obtener padrón fotográfico de la víctima.)
4. Toma de Declaración de testigo(s).
5. Solicitud de evaluación física a Medicina Forense. (En caso de ser necesario)
6. Solicitar evaluación mental de la víctima (Evaluación Psicológica y Psiquiátrica si lo
amerita ante Medicina Forense)
7. Inspección al lugar de los hechos.
8. Individualización del denunciado mediante padrones fotográficos, reconocimiento en
rueda u otro
9. Otras diligencias investigativas que el caso amerite.
El resultado de las investigaciones deberá remitirse a la Fiscalía ______________________, en un
plazo de _______ días, sin perjuicio de informar de los avances sustantivos que se vayan
produciendo. Para los efectos pertinentes se adjunta al presente auto EXPEDIENTE de la denuncia
referida. -
___________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL FISCAL
Código Penal Artículo 264.- Exhibicionismo. Quien ejecuta o hace ejecutar a otras personas actos de exhibicionismo de carácter sexual
ante menores de dieciocho (18) años o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que pueden afectar gravemente al
normal desarrollo de su sexualidad, debe ser castigado con la pena de prisión de uno (1) a dos (2) años; si se tratare de menores de
catorce (14) años, la pena de prisión debe ser de dos (2) a tres (3) años.
Las mismas penas deben imponerse, en los respectivos supuestos, a quien pudiendo y debiendo evitarlo no impide la entrada o
permanencia de menores de dieciocho (18) años o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, a lugares o
establecimientos donde se practiquen actos de exhibicionismo de carácter sexual.
-- 40 of 42 --
Leyes relacionadas
Acuerdo — Auto de Instrucción de Investigación - Explotación Sexual Forzada De Mayores De Edad
Este documento ordena la investigación de casos de explotación sexual forzada de adultos. Instruye a las autoridades realizar diligencias como tomar declaraciones a víctimas, recopilar pruebas forenses, analizar registros financieros y electrónicos, e implementar medidas de protección. El delito se castiga con 5 a 8 años de prisión y multa.
Decreto | 2024
Acuerdo — Auto de Instrucción de Investigación - Explotación Sexual De Menores De Edad Y Personas Con Discapacidad
Este documento ordena al Ministerio Público investigar casos de explotación sexual de menores y personas con discapacidad. Establece 30 diligencias investigativas específicas (declaraciones de víctimas, pruebas forenses, seguimiento financiero, intervención de comunicaciones) para recopilar evidencia y proteger a las víctimas. El delito se castiga con 6 a 12 años de prisión según la gravedad.
Decreto | 2024
Acuerdo — Auto de Instrucción de Investigación - Elaboración Y Utilización De Pornografía Infantil
Esta ley castiga con 4 a 6 años de prisión a quienes elaboren, vendan o distribuyan material pornográfico usando menores de 18 años o personas con discapacidad. También penaliza poseer este material: las mismas penas si es para vender, o penas reducidas si es solo para consumo personal. Las penas aumentan si la víctima es menor de 6 años, el material es degradante, o hay participación de grupos criminales organizados.
Decreto | 2024
Acuerdo — Auto de Instrucción de Investigación - Violencia Contra la Mujer
Este documento ordena al Ministerio Público investigar denuncias de violencia contra la mujer. Instruye recopilar pruebas sobre la víctima (declaración, evaluaciones médicas y psicológicas, antecedentes) y sobre el denunciado (antecedentes penales, laborales, historial de violencia). Busca determinar si ocurrió el delito, proteger a la víctima y reunir evidencia para el proceso judicial.
Decreto | 2024
Acuerdo — Auto de Instrucción de Investigación - Violación
Este documento ordena al Ministerio Público investigar denuncias por violación de forma integral. Instruye recopilar pruebas de la víctima (médicas, psicológicas, testimonios), del agresor (ADN, antecedentes) y del lugar de los hechos para determinar si el delito ocurrió y responsabilidad del denunciado, garantizando protección a la víctima durante todo el proceso.
Decreto | 2024