Acuerdo — Auto de Instrucción de Investigación - Provocación Sexual
- Publicación: 15 de abril de 2024
- Gaceta: 36,509
- Categoria: Penal
Resumen
Este documento ordena al Ministerio Público investigar denuncias por provocación sexual (venta o difusión de material pornográfico a menores o personas con discapacidad). Establece diligencias como tomar declaraciones de víctimas, decomisar dispositivos electrónicos, realizar peritajes y evaluaciones médicas. El delito se castiga con servicios comunitarios o cárcel de 6 meses a 2 años, más multa.
Articulos
Provocación Sexual. - Quien por cualquier medio directo vende, difunde o exhibe entre menores de dieciocho (18) años o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, material pornográfico que puede afectar gravemente al normal desarrollo de su sexualidad, debe ser castigado con la pena de prestación de servicios de utilidad pública o a las víctimas de seis (6) meses a dos (2) años y multa de doscientos (200) a quinientos (500) días. 40 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 15 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,509
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