Acuerdo Ejecutivo No. 120-2014 — Nombramiento de Roberto Antonio Ordóñez Wolfovich como Director del Consejo de Inversiones Ad honorem
- Decreto: 120-2014
- Publicación: 7 de agosto de 2017
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Nombrar al ciudadano ROBERTO AnTOniO ORDÓÑEZ WOLFOviCH, en el cargo de Director del Consejo de Inversiones, Ad honorem.
El nombrado tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley, el juramento que establece el Segundo párrafo del artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.
El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COmunÍQuESE Y puBLÍQuESE. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegugalpa M.D.C., a los veinte días del mes de febrero del año dos mil catorce. juAn ORLAnDO HERnÁnDEZ ALvARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RiGOBERTO CHAnG CASTiLLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN ACuERDO no. 121-2014 Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización EL pRESiDEnTE COnSTiTuCiOnAL DE LA REpúBLiCA, En uso de sus facultades de que está investido y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública.
Texto completo
pRimERO: Nombrar al ciudadano ROBERTO AnTOniO ORDÓÑEZ WOLFOviCH, en el cargo de Director del Consejo de Inversiones, Ad honorem. SEGunDO: El nombrado tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley, el juramento que establece el Segundo párrafo del artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COmunÍQuESE Y puBLÍQuESE. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegugalpa M.D.C., a los veinte días del mes de febrero del año dos mil catorce. juAn ORLAnDO HERnÁnDEZ ALvARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RiGOBERTO CHAnG CASTiLLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN
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