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17 de agosto de 2018Vigente

NuevoDocumento 2018-08-21

Congreso Nacional

  • Publicación: 17 de agosto de 2018
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,721
  • Categoria: Administrativo

Considerandos

Que mediante Decreto No.38-2018 de fecha 2 de mayo de 2018, se reformó el Artículo 3 de las Disposiciones del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2018, contenido en el Decreto No.141-2017 de fecha 18 de enero de 2018, mediante el cual se autoriza una amnistía general de multas, recargos e intereses derivados de deudas por tasas, contribución por mejoras e impuestos municipales, con validez, hasta el 31 de diciembre del 2018, para personas naturales o jurídicas que tengan o no gestión de cobro o planes de pago, procurando el saneamiento y la recuperación de recursos, para mejorar las finanzas municipales y facilitar el pago a los contribuyentes.

Que en dicho Decreto, existe una tabla de aplicación de descuentos, afectando los presupuestos municipales y beneficiando al contribuyente con mayor cantidad de años en mora, lo cual le ha generado un acto de injusticia tributaria que no está favoreciendo la fluidez y el monto de la recaudación.

Que es potestad del Congreso Nacional, de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Que la protección de la salud es un derecho de los hondureños y que es deber la promoción y preservación de la salud personal y de la comunidad; siendo obligación del Gobierno de la República, tomar todas las medidas que permitan brindar dichos servicios de salud en todo el territorio nacional.

Que históricamente la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, ha tenido una formulación presupuestaria deficitaria y que para el año 2018 enfrenta un gran déficit presupuestario para el pago de sueldos y colaterales de personal bajo la modalidad de contrato temporal, especialmente personal médico, así como otras necesidades de insumos.

Que a raíz del déficit presupuestario que presentan los Renglones antes mencionados, la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud ha identificado recursos financieros, poniéndolos a disposición para que sean transferidos y así autofinanciar

Articulos

Articulo 1.-

Reformar el Artículo 3 del Decreto No.38-2018 de fecha 2 de mayo del 2018, contentivo del Decreto No.141-2017 de fecha 18 de enero de 2018, referente a las DISPOSICIONES DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA, EJERCICIO FISCAL 2018, que ahora en adelante deberá leerse de la manera siguiente: "ARTÍCULO 3.- Ordenar a todas las municipalidades del país que apliquen amnistía en el pago de multas, recargos e intereses por deudas provenientes de tasas e impuestos municipales en mora, así como la contribución por mejoras, generados hasta el 31 de diciembre de 2017. Esta amnistía tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2018 y es aplicable a personas naturales o jurídicas, independientemente que tengan o no, planes de pago o gestión de cobro".

Articulo 2.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los siete días del mes de junio de dos mil dieciocho. MAURICIO OLIVA HERRERA PRESIDENTE JOSE TOMAS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Por Tanto: Publíquese. Poder Legislativo DECRETO No. 85-2018 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que la protección de la salud es un derecho de los hondureños y que es deber la promoción y preservación de la salud personal y de la comunidad; siendo obligación del Gobierno de la República, tomar todas las medidas que permitan brindar dichos servicios de salud en todo el territorio nacional. CONSIDERANDO: Que históricamente la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, ha tenido una formulación presupuestaria deficitaria y que para el año 2018 enfrenta un gran déficit presupuestario para el pago de sueldos y colaterales de personal bajo la modalidad de contrato temporal, especialmente personal médico, así como otras necesidades de insumos. CONSIDERANDO:Que a raíz del déficit presupuestario que presentan los Renglones antes mencionados, la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud ha identificado recursos financieros, poniéndolos a disposición para que sean transferidos y así autofinanciar

Notas

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