Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
20 de julio de 2018Vigente

Acuerdo No.1043-2018, referente a delegación de firma en la Dirección de Evaluación y Control Ambiental a la Ing.Adriana Maribel Zelaya Aguilera, en los documentos descritos en el presente Acuerdo.

Poder Ejecutivo

  • Publicación: 20 de julio de 2018
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 34,097
  • Categoria: Administrativo

Considerandos

Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente.

Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales.

Que este órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios. SEGUNDO: La Delegación de Firma de los documentos señalados, tendrá vigencia durante el periodo del uno (1) de junio al treinta y uno,(31) de diciembre del corriente año dos mil dieciocho (2018). TERCERO: La ciudadana GLADYS VERONICA ALMENDAREZ GIRON, será responsable por el ejercicio de la facultad de firma que le ha sido delegada por dicho periodo. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. QUINTO: Hacer las transcripciones de Ley. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE, CARLOS PINEDA FASQUUELLE SECRETARIO DE ESTADO, POR LEY EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE NARCISO E. MANZANARES SECRETARIO GENERAL A 7 Derechos Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH Sección A - Acuerdos y Leyes La Gaceta

Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general "el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficiencia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados".

Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, "todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deben sugeirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación administrativa cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos".

Articulos

Articulo 1.-

Delegar en la Ingeniera ADRIANA MARIBEL ZELAYA AGUILERA, Analista Técnico de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), con Identidad número 0801-1963-04895, funciones de Asistente Técnico de la Dirección, con la facultad de firmar especificamente: 1. Providencias de salida de expediente.- 2. Informes y Dictámenes Técnicos con requerimientos previo a emisión y/o renovación de licencias, informes de control y seguimiento, análisis de Informes de Cumplimiento de Medidas Ambientales de proyectos de desarrollo comunitario, categoría 1, 2 y 3, que son ejecutados por el Estado de Honduras, a través de las Instituciones Centralizadas, Descentralizadas, Gobiernos Municipales y otros relacionados al Gobierno Central. 3. Informes Técnicos de denuncias ambientales; Análisis de información y dictamen técnico para proyectos que soliciten Constancias de no requerir Licencia Ambiental (CO), para proyectos relacionados al Gobierno Central. 4. Memorándum, Oficios de convocatoria a integrar al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA).

Articulo 2.-

La Delegación de firma de los documentos señalados, tendrá vigencia durante el periodo del uno (1) de junio al treinta y uno,(31) de diciembre del corriente año dos mil dieciocho (2018).

Articulo 3.-

La ciudadana ADRIANA MARIBEL ZELAYA AGUILERA, será responsable por el ejercicio de la facultad de firma que le ha sido delegada por dicho periodo.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 5.-

Hacer las transcripciones de Ley. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. CARLOS PINEDA FASQUUELLE SECRETARIO DE ESTADO, POR LEY EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE NARCISO ENRIQUE MANZANARES SECRETARIO GENERAL 8 A Derechos Reservados ENAG

Notas

Cargando…