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26 de noviembre de 2015Vigente

Acuerdo de Nombramiento Comisionada Presidencial de la Administración Tributaria

Poder Ejecutivo

  • Publicación: 26 de noviembre de 2015
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Categoria: Financiero y Tributario

Considerandos

Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Constitución de la República el Presidente de la República, tiene a su cargo la Administración General del Estado y dentro de sus atribuciones está la de nombrar y separar libremente a los funcionarios y empleados cuyo nombramiento no esté atribuido a otras autoridades, de igual manera para ejercer sus atribuciones tiene la facultad de emitir acuerdos y decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.

Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-083-2015 de fecha 26 de noviembre de 2015, el Presidente de la República en Consejo de Ministros, decretó Suprimiry Liquidar la Dirección Ejecutiva de Ingresos.

Que el Artículo 7 del Decreto Ejecutivo relacionado en el considerando anterior ordena que, en virtud de la supresión y liquidación de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) las funciones y solicitadas inherentes a las obligaciones tributarias que se presenten y los expedientes que se encuentren en trámite o ejecución en la referida institución a la fecha de entrada en vigencia del referido Decreto, se sustanciarían hasta su resolución definitiva bajo la responsabilidad de un comisionado designado por el Presidente de la República.

Que de conformidad con el Artículo 245 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado, y dentro de sus atribuciones está la de hacer que se recauden las rentas del Estado y reglamenta su inversión con arreglo a la Ley. De igual manera para ejercer sus atribuciones tiene la facultad de emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.

Que el Artículo 351 de la Constitución de la República, establece que el Sistema Tributario se regirá por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad, de acuerdo con la capacidad económica del contribuyente.

Que el Artículo 45 de la Ley General de la Administración Pública, establece que los órganos o entidades Desconcentradas se crearán, modificarán, fusionarán o suprimirán mediante Decreto del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado.

Que es necesario estructurar la Administración Tributaria con el fin de recaudar con efectividad los ingresos que el Estado requiere para cumplir con sus obligaciones financieras, en particular las que tienen relación con la inversión social en salud, educación, seguridad, vivienda e infraestructura; así como para la modernización del Estado.

Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-083-2015 de fecha veintiséis (26) de noviembre de dos mil quince (2015), fue suprimida y liquidada la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI).

Articulos

Articulo 1.-

Nombrar a la ciudadana ANGELA MARIA MADRID LOPEZ, en el cargo de Comisionada Presidencial para que proceda a dar cumplimiento a lo establecido en Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-083-2015 de fecha 26 de noviembre de 2015, emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros.

Articulo 2.-

La Comisionada tiene las facultades de emitir y ejecutar los actos administrativos necesarios y pertinentes para el ejercicio de sus funciones una vez entre en vigencia dicho Decreto, delegándole además la atribución de nombrar al Secretario General por el período que dure su cargo. La permanencia en el cargo esta sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.

Articulo 3.-

El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su notificación y debe publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los quince (15) días del mes de enero del año dos mil dieciséis (2016). REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA KARLA EUGENIA CUEYA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO, POR LEY EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 27 DE FEBRERO DEL 2016 No. 33,971 DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-084-2015 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado, y dentro de sus atribuciones está la de hacer que se recauden las rentas del Estado y reglamenta su inversión con arreglo a la Ley. De igual manera para ejercer sus atribuciones tiene la facultad de emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley. CONSIDERANDO: Que el Artículo 351 de la Constitución de la República, establece que el Sistema Tributario se regirá por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad, de acuerdo con la capacidad económica del contribuyente. CONSIDERANDO: Que el Artículo 45 de la Ley General de la Administración Pública, establece que los órganos o entidades Desconcentradas se crearán, modificarán, fusionarán o suprimirán mediante Decreto del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado. CONSIDERANDO: Que es necesario estructurar la Administración Tributaria con el fin de recaudar con efectividad los ingresos que el Estado requiere para cumplir con sus obligaciones financieras, en particular las que tienen relación con la inversión social en salud, educación, seguridad, vivienda e infraestructura; así como para la modernización del Estado. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-083-2015 de fecha veintiséis (26) de noviembre de dos mil quince (2015), fue suprimida y liquidada la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI). POR TANTO, En uso de las facultades contenidas en los Artículos 245 numerales 1), 2), 11, 19) y 26, Artículos 252 y 255 de la Constitución de la República; Artículos 1,3,7,11,13,17,18,20,22