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11 de septiembre de 2017Vigente Descargar PDF original

Acuerdo Ejecutivo No. 554-2017 — Autorización para suscribir Contrato de Préstamo con el BCIE para Proyecto Corredor Logístico Villa de San Antonio-Goascorán

Poder Ejecutivo

  • Decreto: 554-2017
  • Publicación: 11 de septiembre de 2017
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Categoria: Financiero y Tributario

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

El gobierno de Honduras autoriza tomar un préstamo de casi 87 millones de dólares del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) para construir una carretera entre Villa de San Antonio y Goascorán. Este proyecto beneficiará a ciudadanos de Comayagua, La Paz y Valle al conectar regiones y crear una ruta alternativa que evite pasar por Tegucigalpa, impulsando el desarrollo económico y comercial del país.

Considerandos

Que el Presidente de la República tiene dentro de sus facultades constitucionales emitir, entre otro tipo de actos administrativos, acuerdos y decretos conforme a la Ley.

Que el Gobierno de la República de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, ha convenido suscribir un Contrato de Préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) para la ejecución del “Proyecto Construcción del Corredor Logístico Villa de San Antonio-Goascorán, Secciones II y III”, hasta por un monto de Ochenta y Seis Millones Ochocientos Treinta y Cuatro Mil Setecientos Veintitrés con 07/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$86,834,723.07).

Que dicho Contrato de Préstamo sustituirá los recursos no desembolsados del Contrato de Financiamiento No. 13.2.0247.1, suscrito el 06 de junio de 2013, con el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), para la ejecución del proyecto “Construcción del Corredor Logístico Villa San Antonio- Goascorán Secciones II y III”.

Que el proyecto tiene como objetivo impulsar el desarrollo económico, social y productivo del país mediante una ruta pavimentada que comunica a los departamentos de Comayagua, La Paz y Valle, además servirá de alternativa a la carretera Norte-Sur, evitando el paso por la capital y facilitando una vía más expedita entre el corredor Centro-Norte con la carretera del Sur y viceversa.

Texto completo

ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 554 Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, 05 de septiembre de 2017 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República tiene dentro de sus facultades constitucionales emitir, entre otro tipo de actos administrativos, acuerdos y decretos conforme a la Ley. CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, ha convenido suscribir un Contrato de Préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) para la ejecución del “Proyecto Construcción del Corredor Logístico Villa de San Antonio-Goascorán, Secciones II y III”, hasta por un monto de Ochenta y Seis Millones Ochocientos Treinta y Cuatro Mil Setecientos Veintitrés con 07/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$86,834,723.07). CONSIDERANDO: Que dicho Contrato de Préstamo sustituirá los recursos no desembolsados del Contrato de Financiamiento No. 13.2.0247.1, suscrito el 06 de junio de 2013, con el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), para la ejecución del proyecto “Construcción del Corredor Logístico Villa San Antonio- Goascorán Secciones II y III”. CONSIDERANDO: Que el proyecto tiene como objetivo impulsar el desarrollo económico, social y productivo del país mediante una ruta pavimentada que comunica a los departamentos de Comayagua, La Paz y Valle, además servirá de alternativa a la carretera Norte-Sur, evitando el paso por la capital y facilitando una vía más expedita entre el corredor Centro-Norte con la carretera del Sur y viceversa. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 245 numeral 11, 247, 248, 255 de la Constitución de la República, 33, 36 numerales 1 y 2, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA