Vigente
28 de noviembre de 2018

Acuerdo Ejecutivo — Normas de Cierre Contable y Liquidación Presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2018

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IV COMPENSACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y OTRAS OPERACIONES REALIZADAS ENTRE INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de la Dirección General de Instituciones Descentralizadas (DGID), antes del 28 de noviembre del 2018, notificará a las Instituciones Descentralizadas los valores pendientes de pago que por concepto de Servicios Públicos adeudan, estos valores serán suministrados por las Instituciones prestadoras de los Servicio Públicos. La notificación tendrá como objetivo que las Instituciones deudoras procedan a conciliar valores con la Institución prestadora de los Servicios Públicos, una vez levantada el Acta de conciliación de cuentas por las instituciones involucrados, la DGID procederá a coordinar las reuniones entre éstas y la DGP, para que estas posteriormente realicen la compensación con sus respectivos registros presupuestarios y contables, en aplicación a lo dispuesto en el Artículo 205 de las Disposiciones Generales de Presupuesto Ejercicio Fiscal 2018. V BIENES DE USO Y DE CONSUMO. 1. Todas las Instituciones de la Administración Pública excepto los Gobiernos Locales tienen hasta el 28 de diciembre de 2018, para incorporar al Subsistema de Bienes Nacionales en ambiente SIAFI el Inventario de Bienes Muebles, Activos Biológicos e Intangibles por objeto del gasto. 2. Todas las Instituciones del Sector Público, excepto los Gobiernos Locales deben remitir a la Dirección Nacional de Bienes del Estado los Inventarios Físicos de Bienes Muebles e Inmuebles a más tardar el 28 de diciembre de 2018. 3. Todas las Instituciones del Sector Público, excepto los Gobiernos Locales deben remitir los inventarios de Bienes de Consumo que estén bajo su custodia más tardar el 28 de diciembre de 2018, a la Dirección Nacional de Bienes del Estado. 4. Para el registro de compras, donaciones y solicitudes de catalogación el subsistema de Bienes Nacionales estará habilitado hasta el 28 de diciembre de 2018. Todos los documentos que se encuentren en estado “Elaborado” o “Verificado” serán automáticamente eliminados en el proceso de cierre del ejercicio. 5. Todas las Instituciones de la Administración Pública, deben enviar sus solicitudes de descargo y reversiones de bienes muebles ante la Dirección Nacional de Bienes del Estado a más tardar el 15 de noviembre de 2018, La Dirección Nacional de Bienes del Estado deberá aprobar las solicitudes que cumplan con los requerimientos establecidos (requerimientos administrativos y registros en SIAFI) para tal fin a más tardar el 28 de diciembre de 2018.-Todos los documentos que se encuentren en estado “Elaborado” o “Verificado” al cierre del ejercicio serán automáticamente eliminados en el proceso de cierre 6. Todas las Instituciones de la Administración Pública, deben hacer sus solicitudes de certificación de vehículos que estén registrados ante la Dirección Nacional de Bienes del Estado en el Sub Sistema de Bienes Nacionales, a más tardar el 30 de noviembre del 2018, excepto cuando sean compras, transferencias o donaciones de primer ingresos al Sub Sistema de Bienes Nacionales en el ambiente SIAFI, que será hasta el 21 de diciembre del 2018. VI INFORMACIÓN QUE DEBEN REMITIR LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO A LA CONTADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. 1. Las Instituciones que tienen suscritos Contratos de Arrendamientos con terceros deben enviar una lista con copia de los mismos a más tardar el 31 de octubre de 2018, con el propósito de dar cumplimiento a la Norma Internacional de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) número 13 referente a los Arrendamientos. -- 19 of 24 -- 2. Todas las Instituciones Descentralizadas, Empresas Públicas, y los Gobiernos Locales deben presentar la Información Financiera cumpliendo con la NICSP 1, con sus respectivos Anexos, Notas a los Estados Financieros, Políticas Contables en los formatos establecidos por la Contaduría General de la República, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2018, a más tardar el 31 de enero de 2019, respetando el Plan Único de Cuentas Contables (PUCC) del Sector Público vigente en el presente ejercicio. Los Estados Financieros deben ser presentados debidamente firmados y sellados, y con cifras definitivas; la CGR no aceptará cifras preliminares. 3. La Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional y la Secretaría de Coordinación General de Gobierno debe entregar a más tardar el 31 de enero de 2019, el Informe de las Donaciones recibidas al 31 de diciembre de 2018, éste debe indicar el monto firmado y ejecutado, el Organismo Financiador, Organismo Ejecutor (Sector Público y Privado) y la finalidad de los Fondos. 4. Las Unidades Ejecutoras que ejecutan proyectos de Inversión Real deben enviar a más tardar el 31 de enero de 2019, un informe con copia a la Dirección Nacional de Bienes del Estado de las obras en proceso y finiquitadas al cierre del ejercicio 2018, adjuntando la documentación respectiva e incluyendo los costos imputados a las mismas por código BIP. 5. El Servicio de Administración de Rentas (SAR) deberá informar a más tardar el 31 de enero de 2019: a) Saldo acumulado de los Impuestos y Derechos Tributarios por Cobrar, incluyendo propio cómputo y pagos a cuenta, por tipo de impuesto, multa, recargo e intereses del ejercicio anterior y del actual, al 31 de diciembre de 2018, y el reporte de los asientos manuales registrados y aprobados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI) b) Saldos acumulados de los Reparos Tributarios vigentes líquidos firmes y exigibles que no hayan prescrito, por tipo de impuesto, multa, recargo e intereses del ejercicio anterior y el vigente, al 31 de diciembre de 2018, y el reporte de los asientos manuales registrados y aprobados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI) c) Saldos acumulados de los Planes de Pago vigentes por tipo de impuesto, multa, recargo e intereses del ejercicio anterior y del actual al 31 de diciembre de 2018, y el reporte de los asientos manuales registrados y aprobados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI) d) Saldos acumulados pendientes de aplicar a favor del Contribuyente mediante notas de crédito (Cuentas Impositivas por Pagar) del ejercicio anterior y del actual, al 31 de diciembre de 2018, y el reporte de los asientos manuales registrados y aprobados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI) e) Información sobre las Notas de Crédito Fiscal establecidas como instrumento de pago, emitidas mediante resolución de la Secretaría de Finanzas y el Comité Interinstitucional ejecutadas y pendientes de aplicar, resultantes de la aplicación de los Decretos No. 26-2013 referente a Notas de Crédito Fiscal, Decreto No. 45-2013 Programa de Infraestructura, Viabilidad Comunitaria y Generación de Empleo, Decreto No. 086-2013, Ley Programa Voluntario de Recorte, Promoción y Fomento del Sector de Comunicaciones, y otros que se aprueben en el transcurso del ejercicio 2018. f) Información sobre el inventario de las demandas a favor y en contra del Estado que contenga descripción, cantidad y monto -- 20 of 24 -- 6. La Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA) deberá informar a más tardar el 31 de enero de 2019: a) Saldos acumulados de los Reparos Aduaneros vigentes líquidos firmes y exigibles por tipo de impuesto, multa, recargo e intereses al 31 de diciembre de 2018, y el reporte de los asientos manuales registrados y aprobados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI). b) Saldos acumulados de los Planes de Pago por Reparos Aduaneros, por tipo de impuesto, multa, recargo e intereses del ejercicio anterior y del actual al 31 de diciembre de 2018, y el reporte de los asientos manuales registrados y aprobados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI). c) Saldos acumulados a favor del Contribuyente (Cuentas Impositivas por Pagar) del ejercicio anterior y del actual, al 31 de diciembre de 2018, y el reporte de los asientos manuales registrados y aprobados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI). 7. En cumplimiento del Artículo 2 de la Ley Orgánica del Presupuesto, la Procuraduría General de la República deberá informar a más tardar el 31 de enero de 2019: a) El saldo detallado de la Responsabilidad Fiscal de Funcionarios públicos pendientes de pago al 31 de diciembre de 2018. b) El inventario de las demandas a favor y en contra del Estado que se tenga la posibilidad de quedar en sentencia firme, con sus respectivos montos al 31 de diciembre de 2018. 8. Las Instituciones de la Administración Central deberán presentar a la Contaduría General de la República, un inventario al 31 de diciembre del 2018 de las Demandas a favor y en contra del Estado a más tardar el 31 de enero del 2019. 9. La Superintendencia de Alianzas Público-Privadas (SAPP) deberá entregar a más tardar el 31 de enero de 2019: a) Informe del estado de los proyectos bajo la modalidad de Alianza Público Privada al 31 de diciembre de 2018. b) Detalle de los activos que se concedieron al 31 de diciembre de 2018. c) Ficha de cada uno de los proyectos que contengan la inversión financiera al 31 de diciembre de 2018 debidamente firmada. d) Informe de supervisión y fiscalización de los contratos bajo la modalidad de Alianza Pública Privada aprobados y en ejecución, fundamentado en el Artículo 78 del Acuerdo Ejecutivo No. 02073-2010 Reglamento General de la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada, 10. Las instituciones del sector público que son beneficiarias de los Fondos de Fideicomisos deben presentar a más tardar el 31 de enero de 2019: a) La liquidación de ingresos y gastos ejecutados al 31 de diciembre de 2018, incluyendo los Fideicomisos que se constituyen con Fondos Propios. b) El reporte de los asientos manuales registrados y aprobados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI); en cuanto a las Instituciones que no forman parte de la Administración Central y son Beneficiarias de los Fondos en Fideicomisos, deberán ser registrados por la Gerencia Administrativa de la Institución Fideicomitente. -- 21 of 24 -- 11. Las Instituciones del Sector Público que son Fideicomitentes deberán presentar a la Contaduría General de la República los Estados Financieros al 31 de diciembre 2018, remitidos por los Bancos Fiduciarios a más tardar el 31 de enero de 2019. 12. Las instituciones de la Administración Central deberán elaborar y aprobar los asientos manuales para el registro de descargos, reversiones y transferencia de bienes de uso, activos Biológicos e Intangibles y los relacionados con la conciliación de los mismos, y presentar a la Contaduría General de la República a más tardar el 31 de enero de 2019 la conciliación de los bienes de uso de los saldos del módulo de contabilidad y el módulo de bienes nacionales al 31 de diciembre de 2018. 13. Las Instituciones de la Administración Central deberán elaborar y aprobar los asientos manuales para el registro de bienes de consumo, capitalizaciones de obras terminadas y las relacionadas con la conciliación bancaria al 31 de diciembre de 2018, y presentar a la Contaduría General de la República el informe de cumplimiento a los procesos antes mencionados, a más tardar el 31 de enero de 2019. 14. Las Instituciones de la Administración Central cabecera de Instituciones Descentralizadas que reciben transferencia de fondos de las cuentas especiales a las libretas operativas en la CUT, para proyectos financiados con fondos externos, deben regularizar las Transferencias entre Cuentas TEC a más tardar el 28 de diciembre de 2018, y presentar a la Contaduría General de la República el informe de cumplimiento del proceso antes mencionado, a más tardar el 15 de enero de 2019. VII REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA A LAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS: 1. La Tesorería General de la República deberá informar a más tardar el 31 de enero de 2019, sobre los aspectos siguientes: a) De los Embargos y de las Garantías al 31 de diciembre de 2018: a). 1. Movimientos por Secretaría. a). 2. Conciliación Bancaria. a). 3. Detalle de los Ingresos y Depósitos a). 4. Comprobantes de Depósitos y Oficios de Transferencias a). 5. Listado de Cheques en circulación. a) 6. Informe de los asientos manuales registrados y aprobados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI). b) Informe de cumplimiento de la conciliación entre el Módulo de Contabilidad y Tesorería de las cuentas bancarias y libretas auxiliares de las que son titulares y de las Instituciones Descentralizadas que operan con la Cuenta Única de Tesorería (CUT). c) Priorización de los Oficios de Títulos Valor, la Tesorería General de la República debe mantener actualizado el registro de la deuda flotante cancelada a través del medio de pago Oficio Título Valor (OTV), a fin de que ninguna de estas obligaciones canceladas a través de este mecanismo de pago quede sin su respectivo registro. Para tal motivo la Tesorería General de la República debe informar a la Contaduría General de la República sobre estos valores pendientes de pago de manera mensual durante el último trimestre, a fin de dar seguimiento a este proceso, el cual debe quedar completado al final del ejercicio. d) Informe de la Deuda Flotante de todas las fuentes al 31 de diciembre de 2018. 2. La Dirección General de Crédito Público deberá entregar referente al Sector Centralizado y Descentralizado y Gobiernos Locales a más tardar el 31 de enero de 2019, lo siguiente: -- 22 of 24 -- a) Informe al 31 de diciembre de 2018 de los Saldos de la Deuda Pública Interna y Externa de la Administración Central. b) Informe al 31 de diciembre de 2018 de los saldos de Préstamos de Alivios Externos de la Administración Central. c) Informe al 31 de diciembre de 2018 de Saldos de Préstamos Otorgados por la Administración Central. d) Informe de cumplimiento de la conciliación entre el SIAFI y el SIGADE. de la Deuda Pública Interna, Externa, Alivios Externos y Préstamos otorgados por la Administración Central 3. La Dirección General de Presupuesto deberá remitir informe de las Instituciones y Gerencias Administrativas que para la Formulación Presupuestaria de la gestión 2019 efectuaron cambios en su estructura presupuestaria a más tardar el 28 de diciembre, 2018. 4. La Unidad de Contingencias Fiscales deberá remitir informes de obligaciones firmes producto de contingencias fiscales por contratos de Asociación Pública Privada al 31 de diciembre de 2018, a más tardar el 31 de enero, 2019. VIII LIQUIDACIÓN PRESUPUESTARIA Y CIERRE CONTABLE La Contaduría General de la República para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Acuerdo, registrará en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI) las fechas máximas para cada tipo de tareas y dará el seguimiento a todo el proceso de cierre contable y de la liquidación presupuestaria en coordinación con las dependencias de la Secretaría de Finanzas. Con el Objetivo de cumplir con el Artículo 197 de la Disposiciones Generales del Presupuesto y dado que estas operaciones la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas las realiza finalizado el 31 de diciembre del 2018, las tareas de las Normas de Cierre que involucra estas operaciones, serán habilitadas por la Contaduría General de la República hasta el 15 de febrero del 2019, previa solicitud de habilitación de tareas por parte de las Direcciones involucradas de la Secretaría de Finanzas. Por el no cumplimiento por parte de las instituciones en los plazos establecidos en estas Normas, la Contaduría General de la República preparará y remitirá un informe al Tribunal Superior de Cuentas a más tardar el 29 de marzo de 2019. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de cumplimiento obligatorio y el incumplimiento de la presente Normas de Cierre dará lugar a las sanciones establecidas en la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas; el Artículo 122 de la Ley Orgánica del Presupuesto y Artículo 5 del Decreto Legislativo No.141-2017 de las Disposiciones Generales del Presupuesto. El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE. LIC. ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas. CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA Secretario General. -- 23 of 24 -- (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.

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