Vigente
Decreto No. 023-2018 | 26 de septiembre de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,059

Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 — Autorizar al Servicio de Administración de Rentas para adquirir implementación integral de plataformas ORBIS, OSIRIS, TP CATALYST, TP PRO y OWNERSHIP

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad al Artículo 245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República, dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
  2. 2.Que de conformidad al Artículo 9 de la Ley de Contratación del Estado, la declaración del estado de emergencia se hará mediante Decreto del Presidente de la República en Consejo de Ministros.
  3. 3.Que la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO), como Secretaría Ejecutiva del SINAGER ha presentado ante este Consejo de Ministros el análisis y evaluación para brindar soluciones a las comunidades afectadas por la sequía severa debido al Fenómeno El Niño especialmente aquellos municipios que se encuentran en la zona sur, centro y oriente.
  4. 4.Que el Fenómeno de El Niño a pesar de ser un evento leve, prolongó la canícula hasta inicios del mes de septiembre de 2019, registrándose menos de la mitad de la lluvia que normalmente se acumula en este periodo en las regiones anteriormente expuestas y la temperatura aumentó dos grados en su promedio. -- 1 of 7 -- CONSIDERANDO: Debido a que el periodo de canícula fue prolongado, se perdieron las cosechas del ciclo de producción de primera de granos básicos, principalmente de maíz y sorgo en varios departamentos del país, afectando la oferta para cubrir la demanda nacional, lo cual pone en riesgo la seguridad alimentaria en aquellos municipios de los departamentos afectados. CONSIDERANDO: Debido a estos efectos y que los mismos se han vuelto repetitivos por el cambio climático, es necesario buscar los mecanismos que aseguren las cosechas de aquellos productores que tienen una producción de subsistencia y aquellos que abastecen el mercado nacional y con quien se crea la reserva estratégica para los años siguientes.
  5. 5.Que debido a que la baja precipitación afecta tanto al agro, la ganadería, así como el consumo de agua humano, se deben buscar soluciones integrales al problema, que garanticen el constante suministro de agua para riego mediante la construcción de reservorios de agua, perforación de pozos, así como la construcción de represas, todo con el fin de preservar y hacer uso adecuado del agua para los fines antes mencionados.
  6. 6.Que al bajar el nivel de agua en los embalses, el sol provoca la proliferación de algas que ocasionan mal olor y mal sabor al agua, por lo que el Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), se ha visto obligado en aplicar más dosis de químicos para poder garantizar el suministro de agua a los habitantes de la ciudad capital de la República, cumpliendo las normas de calidad para evitar una epidemia en la población.
  7. 7.Que por los cambios climatológicos las actuales fuentes de suministros de agua de las ciudades de Tegucigalpa y Comayagüela son insuficientes, para atender la creciente demanda de la población, según lo evidencia la imposibilidad de llenar los embalses de La Concepción, Los Laureles y las fuentes de superficie por la falta de lluvia situación que ha obligado al Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA) a adoptar severos racionamientos del servicio.

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