Acuerdo Ejecutivo No. 069-2019 — Modificación presupuestaria mediante traslados internos en la Empresa Nacional Portuaria
Considerandos
- 1.Que el Artículo 245 de la Constitución de la República de Honduras en su numeral 11, establece que: “Es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a Ley”.
- 2.Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública estatuye que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada.
- 3.Que el Decreto No. 180-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 20 de diciembre de 2018, contentivo del “Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2019”, en su Artículo 30 “No se permitirá modificaciones presupuestarias que afecten asignaciones consignadas para gastos de capital para financiar gastos corrientes de cualquier fuente financiamiento, en caso de requerirlas se deberá contar con la aprobación del Presidente de la República y el mismo se formalizará mediante Acuerdo Ejecutivo, previo su aprobación, se deberá conocer la opinión de la Comisión Intrainstitucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas”.
- 4.Que mediante Decreto Legislativo No. 266-2013 del 16 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha veintitrés de enero del dos mil catorce, se reforma el Artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública definiendo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como el Ente del Estado encargado de la formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas.
- 5.Que es potestad del Presidente de la República de Acuerdo a lo establecido en el Artículo 37, Numeral 2 reformado de la Ley Orgánica del Presupuesto realizar las adecuaciones presupuestarias entre Secretarías de Estado, con el fin de obtener una ejecución eficiente y efectiva entre los órganos y actividades estatales.
- 6.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 de fecha 16 de abril del 2018 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 20 de abril de 2018, el Presidente de la República acuerda delegar en la Subsecretaría de Coordinación General de Gobierno, MARTHA VICENTA DOBLADO ANDABA, la facultad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que, según’ la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción.
- 7.Que por error involuntario se estipuló en los Artículos 1 y 2 del Acuerdo Ejecutivo No. 52-2019 de fecha 24 de septiembre de 2019, una estructura programática que no corresponde a la Empresa Nacional Portuaria.
Articulos
Articulo 1
Dejar sin valor ni efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 52-2019 de fecha 24 de septiembre de 2019 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 30 de octubre de 2019.
Articulo 2
Incrementar a través de traslados internos las asignaciones presupuestarias siguientes: -- 1 of 2 --
Articulo 3
Los traslados descritos en el Artículo anterior se financiarán de las estructuras presupuestarias siguientes:
Articulo 4
Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que realice en el Presupuesto de la Empresa Nacional Portuaria la Modificación Presupuestaria por traslados internos establecida en el presente Acuerdo.
Articulo 5
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (13.12.2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA -- 2 of 2 --