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15 de octubre de 2026Vigente

Acuerdo — Integración de la Comisión Liquidadora del Programa Presidencial de Empleo Con Chamba Vivís Mejor

Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social

  • Publicación: 15 de octubre de 2026
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social
  • Gaceta: 37,270
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Se reorganiza la Comisión Liquidadora del Programa "Con Chamba Vivís Mejor" nombrando cuatro servidores públicos para terminar de liquidar este programa de empleo. La comisión debe finalizar todas las operaciones pendientes, pagar deudas, distribuir bienes y presentar un informe final al Presidente.

Considerandos

Que en el Artículo 5 del Decreto Ejecutivo número PCM 22-2024 se decreta “Se autoriza e instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (SETRASS), para proceder en calidad de Comisión Liquidadora del Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor” y los proyectos de empleo que lo conformaron, con atribuciones plenas en lo conducente a la liquidación del personal, pago de pasivo y deudas, disposición de los bienes y activos; quedando dicha comisión expresamente facultada para asumir todas las competencias y atribuciones que correspondían al Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor” y los proyectos de empleo que lo conformaron, a efecto exclusivo de su liquidación, para lo cual puede requerir el auxilio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), así como de otras instituciones del Estado si fuere necesario, de acuerdo a la Ley. Al concluir la liquidación, se deberá presentar un informe a la Presidencia de la República sobre las operaciones realizadas y hallazgos encontrados”.

Que, la Comisión Liquidadora del Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor” y los Proyectos de Empleo que lo conformaron, ha sido integrada con anterioridad, sin que a la fecha se hayan alcanzado los avances necesarios para culminar el proceso de liquidación; asimismo, de las personas que anteriormente integraban dicha Comisión, únicamente continúan vinculados a esta Secretaría de Estado los servidores públicos EDILBERTO PORTILLO y JENNIFER ELIZABETH BARRIENTOS, mientras que los demás integrantes ya no forman parte del personal de la institución; en consecuencia, resulta necesario proceder a una nueva integración de la Comisión con servidores públicos que cuenten con los perfiles, conocimientos y experiencia requeridos, manteniendo a quienes aún se encuentran vinculados a la Secretaría, a fin de dar continuidad a las actuaciones realizadas, impulsar las diligencias pendientes y asegurar el cumplimiento efectivo de lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo PCM-22-2024, bajo el liderazgo y coordinación del servidor público que ha sido designado para tales efectos, quien deberá orientar y articular las actuaciones de la Comisión para procurar la conclusión ordenada, eficiente y oportuna del proceso de liquidación.

Articulos

Articulo 1.-

Integrar nuevamente la Comisión Liquidadora del PROGRAMA PRESIDENCIAL DE EMPLEO CON CHAMBA VIVÍS MEJOR, quien estará facultada para ejecutar todas las acciones necesarias y emitir los actos administrativos requeridos para dar cumplimiento al mandato consignado en el Decreto Ejecutivo PCM-22-2024, dictado por la Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado, en el sentido de la liquidación operativa, administrativa, financiera y presupuestaria al igual que de los activos y pasivos, debiendo realizar todas las operaciones necesarias a fin de dar cumplimiento a los establecido en el ] Decreto de manera ordenada, eficaz y eficiente.

Articulo 2.-

La Comisión Liquidadora quedará integrada en razón de los perfiles identificados por los servidores públicos:

  • 1)

    REINA LETICIA BARAHONA ESPINAL;

  • 2)

    JENNIFER ELIZABETH BARRIENTOS;

  • 3)

    EDILBERTO PORTILLO:

  • 4)

    SANDY PAOLA RAMOS GARCÍA, para que integren la COMISIÓN LIQUIDADORA DEL PROGRAMA PRESIDENCIAL DE EMPLEO CON CHAMBA VIVÍS MEJOR; los servidores públicos antes mencionados desempeñarán sus funciones bajo la supervisión del COORDINADOR DE LA COMISIÓN LIQUIDADORA DEL PROGRAMA PRESIDENCIAL DE EMPLEO CON

    CHAMBA VIVÍS MEJOR, ANDRÉS ROBERTO CASTRO RODRÍGUEZ.

Articulo 3.-

DEJAR SIN VALOR NI EFECTO cualquier disposición anterior relacionado con la integración de la Comisión que se oponga o resulte incompatible con el presente Acuerdo.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo no causa efecto presupuestario y está sujeto a revocación por la autoridad nominadora en cualquier momento.

Articulo 5.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata; deberá ser debidamente transcrito a los interesados y publicado en el Diario Oficial La Gaceta, para los efectos legales correspondientes. NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ABG. FERNANDO PUERTO CASTRO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ABG. MARÍA UBALDINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social

Notas

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