Resolución No. 2026-374 — Resolución de Cancelación por No Uso de Marca de Fábrica LONGI SOLAR
Dirección General de Propiedad Intelectual - Departamento Legal de Propiedad Industrial
- Decreto: 2026-374
- Publicación: 7 de octubre de 2026
- Órgano emisor: Dirección General de Propiedad Intelectual - Departamento Legal de Propiedad Industrial
- Gaceta: 37,264
- Categoria: Mercantil
Resumen
Esta resolución cancela el registro de la marca "LONGI SOLAR" de la empresa RETSSA por no usarla en Honduras durante el tiempo requerido. LONGI GREEN ENERGY Technology solicitó la cancelación y, como RETSSA no demostró que usaba la marca comercialmente en el país, el registro fue cancelado. El propósito es liberar la marca para que otros la usen.
Considerandos
... CONSIDERANDO TERCERO:... POR TANTO:... RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Acción de Cancelación por No Uso denominada "SOLICITA CANCELACIÓN POR NO USO" contra Registro No. 154769, con escrito de ingreso No. 2024/001717, de fecha 24 de septiembre de 2024, presentada por la Abogada CLARIBEL MEDINA DE LEON actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil LONGI GREEN ENERGY TECHNOLOGY CO. LTD., contra el Registro de "MARCA DE FÁBRICA" denominado "LONGI SOLAR", clase internacional (09), presentada el 25 de MARZO de 2019, por el Abogado ARTURO ZACAPA quien actuó en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada "RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS S.A. (RETSSA)" con domicilio en: Panamá, por la razones siguientes: Que después de haber analizado la Solicitud de Cancelación por no Uso, en la cual esta Oficina hizo apertura de los plazos establecidos para el procedimiento de la Cancelación por no uso y en virtud que el Representante Legal y/o Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil de "RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS S.A. (RETSSA)" no hizo uso de los plazos establecidos para comparecer y acreditar el uso y comercialización en Honduras de la Marca de Fábrica denominado "LONGI SOLAR" propiedad de "RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS S.A. (RETSSA)", esta Oficina Legal ha determinado declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación Por No Uso, por lo que ordena una vez firme la presente Resolución, el interesado deberá acreditar recibo de pago de tasa por Cancelación por No Uso y publicar en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de mayor circulación en Honduras la presente resolución.
Una vez firme la presente resolución, mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de mayor circulación y una vez acreditadas las publicaciones y el recibo de pago por tasa de cancelación por No Uso ante esta oficina procédase a hacer la anotación marginal en los Libros y Sistema respectivo que a efecto lleva esta Oficina de Registro, cancelando por No Uso el registro No. 154769, de la marca LONGI SOLAR, clase 09, propiedad de la Sociedad Mercantil denominada "RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS S.A. (RETSSA)". TERCERO: La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición ante el órgano que la hubiera dictado dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación del acto impugnado, el Recurso de Apelación que deberá de interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la resolución, dentro de los tres (03) días siguientes a la notificación de la misma remitiéndose a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad al día siguiente de dicha formalización. Artículo No. 149 de la Ley de Propiedad Industrial Decreto 12-99-E y Artículo 22 de la Ley de Propiedad.- NOTIFÍQUESE.- FIRMA Y SELLO. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA, REGISTRADOR LEGAL. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de septiembre de 2026. DENIS OMAR TURCIOS HERRERA AUTORIZADO MEDIANTE ACUERDO DELEGACIÓN DE FIRMA DIGEPIH-IP-06-2026 DE FECHA 08 DE SEPTIEMBRE DE 2026 7 O. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E O C T U BRE D E L 2026 N o . 37,264 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS
Texto completo
CERTIFICACIÓN PARA EFECTOS DE PUBLICACIÓN El infrascrito, Jefe del Departamento Legal de Propiedad Industrial dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual. CERTIFICA: Resolución No.2026-374 de fecha 10 de abril de 2026, misma que en su parte contundente dice: VISTA: Para resolver la Acción de Cancelación por No Uso denominada "SOLICITA CANCELACIÓN POR NO USO" contra Registro No. 154769, con escrito de ingreso No. 2024/001715, de fecha 24 de septiembre de 2024 presentada por la Abogada CLARIBEL MEDINA DE LEON, actuando en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil LONGI GREEN ENERGY TECHNOLOGY CO. LTD., contra el Registro de "MARCA DE FÁBRICA", denominado "LONGI SOLAR", clase internacional (09), presentada el 25 de MARZO de 2019, por el Abogado ARTURO ZACAPA quien actuó en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada "RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS S.A. (RETSSA)" con domicilio en: Panamá.. RESULTA PRIMERO: (...); RESULTA SEGUNDO: (...); RESULTA TERCERO: (...);RESULTA CUARTO: (...); RESULTA QUINTO: (...); RESULTA SEXTO: (...);RESULTA SÉPTIMO: (...) CONSIDERANDO PRIMERO:... CONSIDERANDO SEGUNDO:... CONSIDERANDO TERCERO:... POR TANTO:... RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Acción de Cancelación por No Uso denominada "SOLICITA CANCELACIÓN POR NO USO" contra Registro No. 154769, con escrito de ingreso No. 2024/001717, de fecha 24 de septiembre de 2024, presentada por la Abogada CLARIBEL MEDINA DE LEON actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil LONGI GREEN ENERGY TECHNOLOGY CO. LTD., contra el Registro de "MARCA DE FÁBRICA" denominado "LONGI SOLAR", clase internacional (09), presentada el 25 de MARZO de 2019, por el Abogado ARTURO ZACAPA quien actuó en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada "RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS S.A. (RETSSA)" con domicilio en: Panamá, por la razones siguientes: Que después de haber analizado la Solicitud de Cancelación por no Uso, en la cual esta Oficina hizo apertura de los plazos establecidos para el procedimiento de la Cancelación por no uso y en virtud que el Representante Legal y/o Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil de "RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS S.A. (RETSSA)" no hizo uso de los plazos establecidos para comparecer y acreditar el uso y comercialización en Honduras de la Marca de Fábrica denominado "LONGI SOLAR" propiedad de "RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS S.A. (RETSSA)", esta Oficina Legal ha determinado declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación Por No Uso, por lo que ordena una vez firme la presente Resolución, el interesado deberá acreditar recibo de pago de tasa por Cancelación por No Uso y publicar en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de mayor circulación en Honduras la presente resolución. SEGUNDO: Una vez firme la presente resolución, mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de mayor circulación y una vez acreditadas las publicaciones y el recibo de pago por tasa de cancelación por No Uso ante esta oficina procédase a hacer la anotación marginal en los Libros y Sistema respectivo que a efecto lleva esta Oficina de Registro, cancelando por No Uso el registro No. 154769, de la marca LONGI SOLAR, clase 09, propiedad de la Sociedad Mercantil denominada "RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS S.A. (RETSSA)". TERCERO: La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición ante el órgano que la hubiera dictado dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación del acto impugnado, el Recurso de Apelación que deberá de interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la resolución, dentro de los tres (03) días siguientes a la notificación de la misma remitiéndose a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad al día siguiente de dicha formalización. Artículo No. 149 de la Ley de Propiedad Industrial Decreto 12-99-E y Artículo 22 de la Ley de Propiedad.- NOTIFÍQUESE.- FIRMA Y SELLO. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA, REGISTRADOR LEGAL. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de septiembre de 2026. DENIS OMAR TURCIOS HERRERA AUTORIZADO MEDIANTE ACUERDO DELEGACIÓN DE FIRMA DIGEPIH-IP-06-2026 DE FECHA 08 DE SEPTIEMBRE DE 2026 7 O. 2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E O C T U BRE D E L 2026 N o . 37,264 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS
Leyes relacionadas
- Resolución No. 0114-ARSA-2026 — Revocación de Acuerdo 0142-ARSA-2025 sobre regulación de promoción y publicidad sanitaria (Decreto 0114-ARSA-2026, 2026)
- Decreto-62-2026 — Este decreto aprueba el Presupuesto General de Honduras para 2026 por L444,335 millones, con un déficit fiscal del 1.0%. Prioriza inversión en educación, salud e infraestructura, asignando L48,229 millones (4.4% del PIB) a proyectos productivos. Establece normas de ejecución y control presupuestario para todas las instituciones públicas. (Decreto 62-2026, 2026)
- Decreto Legislativo No. 88-2026 — Reformas al Decreto Presupuestario 62-2026 y disposiciones sobre recursos externos (Decreto 88-2026, 2026)
- Decreto Legislativo No. 62-2026 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2026 — Este decreto aprueba el presupuesto nacional de Honduras para 2026 por L444,335,810,947. Establece los ingresos tributarios esperados, autoriza el gasto público en todas las instituciones del Estado, y prioriza inversión en educación, salud e infraestructura con un déficit fiscal controlado del 1.0% según la Ley de Responsabilidad Fiscal. (Decreto 62-2026, 2026)
- Decreto Legislativo No. 84-2026 — Reformas al Código Penal y Código Procesal Penal - Delitos de extorsión, maras y pandillas — Esta ley fortalece las penas contra la extorsión (15 a 20 años de prisión) y las maras y pandillas, consideradas ahora como asociaciones terroristas. Aumenta castigos cuando hay violencia, menores de edad involucrados o funcionarios públicos corruptos, y permite reducciones de penas para quienes colaboren con autoridades. Afecta a delincuentes, víctimas y ciudadanos que reciben extorsiones, buscando frenar el control territorial y el miedo que generan estas organizaciones criminales. (Decreto 84-2026, 2026)