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16 de septiembre de 2026Vigente

Contrato No. 1472/GLA/AMDC/2024 — Modificación № 1 - Supervisión de la Solución de Pavimentación desde el Tablón hacia Azacualpa

Municipalidad del Distrito Central (AMDC)

  • Decreto: 1472/GLA/AMDC/2024
  • Publicación: 16 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Municipalidad del Distrito Central (AMDC)
  • Gaceta: 37,247
  • Categoria: Municipal

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este decreto autoriza una modificación al contrato de supervisión de pavimentación de la carretera Tablón-Azacualpa. Aumenta el presupuesto en L. 4.8 millones (40% más) y extiende el plazo 167 días para incluir obras adicionales de drenaje, protección contra erosión y estabilización del terreno que se detectaron necesarias durante la construcción.

Texto completo

3. LA MODIFICACIÓN № 1 CONTRATO No. 1472/GLA/AMDC/2024.-CODIGO № -PROD-002 “SUPERVISION DE LA SOLUCION DE PAVIMENTACION DESDE EL TABLON HACIA AZACUALPA CONCURSO PUBLICO NACIONAL No. CPuNO-002-AMDC-020-2024; por un monto total de DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON DIECISÉIS CENTAVOS (L 16,802,215.16), suscrito el 08 de enero del año 2026, entre la Municipalidad del Distrito Central (AMDC) denominado el contratante y la Sociedad Mercantil, GEOCONSULT, S.A DE C.V., denominado El Consultor. Que literalmente dice… MODIFICACIÓN № 1 CONTRATO No. 1472GLA/AMDC/2024.-CODIGO № -PROD-002 “SUPERVISION DE LA SOLUCION DE PAVIMENTACION DESDE EL TABLON HACIA AZACUALPA CONCURSO PUBLICO NACIONAL No. CPuNO-002-AMDC-020-2024 3. LA MODIFICACIÓN № 1 CONTRATO No. 1472/GLA/AMDC/2024.- CÓDIGO № -PROD- 002 “SUPERVISIÓN DE LA SOLUCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DESDE EL TABLÓN HACIA AZACUALPA CONCURSO PÚBLICO NACIONAL No. CPuNO-002-AMDC-020-2024; por un monto total de DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON DIECISÉIS CENTAVOS (L 16,802,215.16), suscrito el 08 de enero del año 2026, entre la Municipalidad del Distrito Central (AMDC) denominado el contratante y la Sociedad Mercantil, GEOCONSULT, S.A. DE C.V., denominado El Consultor. Que literalmente dice… MODIFICACIÓN № 1 CONTRATO No. 1472GLA/AMDC/2024.- CÓDIGO № -PROD-002 “SUPERVISIÓN DE LA SOLUCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DESDE EL TABLÓN HACIA AZACUALPA CONCURSO PÚBLICO NACIONAL No. CPuNO-002-AMDC-020-2024 Nosotros, JORGE ALEJANDRO ALDANA BARDALES, mayor de edad, soltero, Licenciado en Periodismo, hondureño y de este domicilio, con Documento Nacional de Identificación número 0801-1975-02901, actuando en mi condición de Alcalde Municipal del Distrito Central, y en consecuencia Representante Legal de la Alcaldía Municipal del Distrito Central, nombrado para tal cargo mediante Acta Especial de Juramentación número 001-GDFM-2022 de fecha veinticinco de enero de dos mil veintidós (2022), quien para los efectos Legales de esta Modificación se denominará EL CONTRATANTE y el señor MANUEL ENRIQUE FLORES PEÑALBA, de nacionalidad hondureña, mayor de edad, portador del Documento Nacional de Identificación No. 0801-1970-03820 y de este domicilio, quien actúa en su condición de Representante de la Sociedad Mercantil denominada GEOCONSULT, S.A. DE C.V., Representación que se acredita mediante Instrumento Público N° 26 de fecha 04 de agosto del año 2008; Autorizado por el Abogado y

Notario Marco Vinicio Zuniga Medrano e inscrito bajo N° 89, Tomo N° 710 del Registro Mercantil de Francisco Morazán Centro Asociado I.P., quien en lo sucesivo y para efectos de esta Modificación No. 1 se denominará “EL CONSULTOR” por la otra parte; por cuanto hemos acordado celebrar la presente Modificación No. 1 al Contrato para el proyecto denominado “SUPERVISIÓN DE LA SOLUCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DESDE EL TABLÓN HACIA AZACUALPA”, Código N° PROD-002., Concurso Público Nacional No. CPuNO-002-AMDC-020-2024 de acuerdo a los términos siguiente: DEFINICIONES.- Siempre que en la presente modificación se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que se expresa a continuación:

  • 1)

    EL CONTRATANTE: Alcaldía Municipal del Distrito Central

  • 2)

    EL CONSULTOR: GEOCONSULT, S.A. DE C.V.

  • 3)

    UNIDAD EJECUTORA: Dirección de Control y Seguimiento

  • 4)

    FINANCIAMIENTO: Fondos Municipales CONSIDERANDO #1: Que la Alcaldía Municipal del Distrito Central suscribió el CONTRATO No. 1472/GLA/ AMDC/2024.- CÓDIGO No. PROD-002, con fecha Veinte (20) de junio del año dos mil veinticuatro (2024), entre el señor Alcalde Municipal del Distrito Central y la Empresa GEOCONSULT, S.A DE C.V. por un monto de DOCE MILLONES UN MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO LEMPIRAS CON 68/100, (L.12,001,818.68). y en un plazo de ejecución de Trescientos treinta (330) días calendario. CONSIDERANDO #2: Que la fecha de orden de inicio del proyecto fue el Veintidós (22) de julio del año dos mil veinticuatro (2024) y con fecha de finalización el Diecisiete (17) de junio del año dos mil veinticinco (2025). CONSIDERANDO #3: Que se emitió Acta de Suspensión temporal No. 1 en fecha Cinco (05) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), por los siguientes motivos:

    • 1)

      Durante el proceso de construcción del Proyecto se han detectado zonas en que las condiciones del terreno natural generan velocidades muy altas en el flujo de la escorrentía causada al llover. Esto produce erosión en varios del proyecto lo cual repercute en la sedimentación anticipada de las obras hidráulicas de drenaje a lo largo del proyecto, haciendo que esta se acolmaten la pérdida de capacidad del sistema existente de drenajes pluviales genera daños en los taludes de relleno de la carretera.

    • 2)

      Se requiere tomar en consideración toda la información técnica recopilada y con esta realizar una revisión del estado actual del sistema con las condiciones observadas y diseñar las obras complementarias necesarias para lograr el correcto funcionamiento del sistema, protegiendo las obras terminadas e incrementando la capacidad de funcionamiento

      del sistema existente, incluyendo las alcantarillas necesarias, obras de canalización, obras de protección contra erosiona si como disipadores de energía en donde sean requeridos para reducir lo más posible la erosión,

    • 3)

      Considerando que es necesario realizar una optimización del diseño original, se procede en la suspensión del proyecto con el fin de lograr este objetivo y así complementar el proyecto original con obras que le aseguren el correcto funcionamiento a la carretera y sus obras de protección contra la escorrentía no controlada, por lo tanto, se justifica la Suspensión Temporal No. 1 del proyecto. CONSIDERANDO #4: Que en fecha Cinco (05) de enero del año dos mil veintiséis (2026) se emitió Acta de Reinicio, Una vez realizada la evaluación técnica detallada de las condiciones Hidráulicas y geotécnicas del proyecto, y con base a la información recopilada durante el periodo de Suspensión Temporal se ha desarrollado y aprobado las soluciones técnicas necesarias para mitigar los problemas identificados relacionados con la escorrentía no controlada, la erosión y sedimentación en las obras de drenaje. Estas mejoras han sido formalmente incorporadas al contrato mediante la Modificación No. 1 la cual contempla la optimización del diseño original y la ejecución de obras complementarias clave tales, como la estabilización de la Subrasante con cemento la ampliación y sustitución de tuberías de drenaje pluvial, la construcción de estructuras de protección como muros, cabezales y disipadores de energía, la instalación de cunetas así como el suministro y colocación de guardavías tipo HG como medida preventiva para mejorar la seguridad en los tramos con mayor riesgo de la carretera, garantizando la funcionalidad a largo plazo de la infraestructura vial. CONSIDERANDO #5: Que la Empresa Supervisora contratada remitió a la Dirección de Control y Seguimiento en fecha Siete (07) de enero del año dos mil veintiséis (2026), solicitud de Modificación No.1 del CONTRATO No. 1472/GLA/AMDC/2024.- CÓDIGO No. PROD- 002 denominado “SUPERVISIÓN DE LA SOLUCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DESDE EL TABLÓN HACIA AZACUALPA”. donde la Supervisión solicita formalmente la ampliación por un Monto del L. 4,800,396.48, que equivale al 40.00% del contrato original siendo un Total de L.16,802,215.16, así mismo un incremento de 167 días calendario establecidos en la Modificación del contratista, extendiendo nuestro contrato hasta el 02 de agosto del 2026, considerando la fecha de la entrega del informe final. CONSIDERANDO #6: Que la Dirección de Control y Seguimiento remite solicitud de Modificación No. 1 por Ampliación de Monto y Tiempo Contractual del CONTRATO No. 1472/GLA/AMDC/2024.- CÓDIGO No. PROD-002 denominado “SUPERVISIÓN DE LA SOLUCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DESDE EL TABLÓN HACIA AZACUALPA”. Dicha modificación fue revisada

      y aprobada por la Unidad Ejecutora mediante Resumen Ejecutivo de fecha Ocho (08) de enero del año dos mil veintiséis (2026) y memorándum AMDC-DCS-0010-2026; por lo que esta modificación al contrato está debidamente justificada y soportada conforme a lo siguiente: El contrato 1472GLA/AMDC/2024 “SUPERVISIÓN DE LA SOLUCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DESDE EL TABLÓN HACIA AZACUALPA”, comprende dentro de su alcance, la administración y supervisión del contrato de obra No. 1448/GLA/AMDC/2024 “SOLUCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DESDE EL TABLÓN HACIA AZACUALPA”, cuyo objetivo del proyecto es mejorar la accesibilidad garantizando que las vías sean transitables durante todo el año, permitiendo el acceso seguro y eficiente a las comunidades, zonas rurales, áreas agrícolas, y sitios de interés económico y turístico. Asimismo, se busca impulsar el desarrollo económico y social al facilitar el acceso a servicios básicos, educación y centros de salud, promoviendo el desarrollo económico y mejorando la calidad de vida de las comunidades locales. El 05 de enero del 2026 la supervisión emite el informe de modificación no. 1 al contrato de obra en el cual manifiesta la necesidad de disminuir y/o aumentar cantidades de obra en Actividades contratadas Originalmente; para incorporar Actividades Nuevas complementarias e importantes para el buen funcionamiento Hidráulico de la Carretera y asegurar la calidad y durabilidad del Pavimento. Esta Variación de Cantidades se da debido a requerimientos especiales de la REPRESA SAN JOSÉ como ser: La capacidad de carga de la carretera, radios de giros; lo cual se considera extraer de este contrato el tramo de las estaciones 0+000 a la 1+455; en función de alcanzar las especificaciones Requerida de la Represa. En consecuencia y atención a las nuevas condiciones del proyecto y al análisis técnico integral realizado, se determina la necesidad de una ampliación de plazo por 167 días calendario al contrato de obra, debido a la incorporación de actividades adicionales que inciden directamente en la ruta crítica del proyecto, incrementando el tiempo requerido para la ejecución de los tramos estipulados. En consecuencia, se establece un plazo total de ejecución de 712 días calendario para completar el proyecto en su totalidad siendo su fecha de terminación el 17 de julio de 2026 para el contratista. Por lo anterior la supervisión emite el informe de la Modificación No. 1 al contrato de supervisión para asegurar que se realicen los trabajos planificados y garantizar la finalización de los proyectos con la calidad requerida en su totalidad. CAUSALES DE LA JUSTIFICACIÓN: La DIRECCIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO, ha estudiado los diferentes imprevistos suscitados a lo largo

      del proyecto, detallando los causales que dieron lugar a la presente, incurriendo en un incremento en el plazo de conformidad a lo establecido en el artículo No. 125 de la Ley de Contratación del Estado y el artículo 187 del reglamento. AMPLIACIÓN DE TIEMPO Con el propósito de disminuir y/o Aumentar las cantidades de obra en el contrato del contratista, en relación a las actividades contratadas originalmente e incorporar las cantidades de obra de actividades nuevas, como ser: Estabilización de sub rasante con Sub-base y cemento 3% (mezclado en planta dosific

Notas

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