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23 de diciembre de 2017Vigente

Reglamento — Estatuto de la Universidad Nacional de Agricultura

Comisión Interventora de la Universidad Nacional de Agricultura

  • Publicación: 23 de diciembre de 2017
  • Órgano emisor: Comisión Interventora de la Universidad Nacional de Agricultura
  • Gaceta: 34,525

Articulos

Articulo 1.-

) La Universidad Nacional de Agricultura es una comunidad académica integrada por estudiantes, docentes, graduados y personal administrativo y de apoyo que asume la educación superior como derecho fundamental y un servicio público esencial. La Universidad Nacional de Agricultura tiene como fines primordiales la gestión del conocimiento para contribuir a desarrollar el sector agrícola nacional y afines en su multidimensional idad: tierra, agua, mar, aire; mediante la formación humanista, científica y tecnológica, la generación y difusión de conocimientos, así como la realización de actividades de vinculación con la sociedad, con una clara conciencia de la naturaleza multicultural y compleja de la nación hondureña. Estas U D I-D EG T-U N AH actividades son desarrolladas en un marco de mejora continua, con enfoques multi, inter y trans culturales, y con principios éticos y de responsabilidad social y ambiental que orientan la búsqueda de la calidad y pertinencia con equidad para el cumplimiento de su misión.

Articulo 2.-

) La Universidad Nacional de Agricultura tiene sus orígenes en la Escuela Granja Demostrativa creada mediante Decreto Legislativo No. 35 del 20 de enero de 1950 del Congreso Nacional de Honduras, la cual cambió su denominación a Escuela Nacional de Agricultura a partir del año de 1968. Su conversión a Universidad fue autorizada por el soberano Congreso Nacional de la República mediante Decreto No. 192-2001 de fecha 01 de noviembre del 2001 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta con fecha 06 de diciembre del 2001. Para todos los efectos legales aplicables, la Universidad Nacional de Agricultura sustituye a la Escuela Nacional de Agricultura.

Articulo 3.-

) La creación, organización y funcionamiento de la Universidad Nacional de Agricultura fue aprobado por el Consejo de Educación Superior mediante Acuerdo 1058-153-2002 del 02 de diciembre de 2002.

Articulo 4.-

) La Universidad Nacional de Agricultura es una institución de derecho público con personalidad jurídica, sin fines de lucro, y con patrimonio propio asignado por Estado de Honduras. Goza de independencia para el desempeño de sus funciones académicas y cuenta con plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. De igual manera, y en observancia de todas las leyes aplicables, cuenta con la libertad de organizarse, decidir sobre aspectos que le competen, y de establecer relaciones institucionales de colaboración, nacionales e internacionales, en el ámbito de sus funciones universitarias.

Articulo 5.-

) La Universidad Nacional de Agricultura se rige por la Constitución de la República, por las Leyes Nacionales, Ley de Educación Superior y su Reglamento, por las Normas Académicas de la Educación Superior, por el presente Estatuto y las reglamentaciones que en consecuencia se dicten.

Articulo 6.-

) La Universidad Nacional de Agricultura podrá ser identificada por las siglas que se establezcan posteriormente, su logotipo y su estandar te y otros símbolos representativos que se crearen. Estos distintivos serán producto de un proceso participativo de toda la Comunidad Universitaria que será convocada al respecto. CAPÍTULO II DE LA NATURALEZA ÚNICA Y PARTICULAR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE AGRICULTURA

Articulo 7.-

) La Universidad Nacional de Agricultura es una Institución especializada, de impacto social amplio, y de trascendencia en el tiempo. La Universidad Nacional de Agricultura es ESPECIALIZADA porque sus áreas científicas y tecnológicas a desarrollar abarcan las ciencias orientadas al desarrollo del agro hondureño y al estudio de las ciencias de la tierra que fundamentan el desarrollo y la conservación de los recursos naturales que Honduras posee. En la Universidad Nacional de Agricultura tienen cabida todos los adelantos de la ciencia y la técnica en sus variados campos, y constituye un amplio espacio para el desarrollo de todas las manifestaciones de la cultura en general, y del ser humano con todas sus potencialidades en lo particular. Su ámbito de acción, en consecuencia, es especial, no solamente por las disciplinas especializadas que en ella se atienden, sino también porque su efecto es compatible en todos los espacios de la tierra. La Universidad Nacional de Agricultura incide en toda la sociedad, y su especialidad en disciplinas estratégicas para el desarrollo nacional le asegura su relevancia y trascendencia en el tiempo.

Articulo 8.-

) La Universidad Nacional de Agricultura es una institución pública cuya naturaleza nacional le permite gestionar y liderar el conocimiento del sector agrícola y afines del país, y contribuir de manera amplia y efectiva a la formación humanística, crítica y propositiva de ciudadanos representativos de la identidad y multiculturalidad hondureña. La Universidad Nacional de Agricultura es una institución LAICA, pero se respeta la libertad de culto y religión individual de sus miembros. La Universidad Nacional de Agricultura es NACIONAL porque le pertenece a la nación, es inherente a ella y forma parte del Estado en el campo de la contribución al desarrollo del agro hondureño. Su extensión es territorial y social. Está presente en todos los confines de la geografía nacional, atiende a la sociedad en la prevención de problemas y en la búsqueda de soluciones de los que se presentan en el sector agrícola y afines. Por su condición de Universidad orientada a desarrollar un campo de la ciencia, pertenece a un sistema superior en su responsabilidad del desarrollo del saber. La Universidad Nacional de Agricultura tiene libertad para actuar sin imposiciones o prejuicios de ideas, siendo ésta una característica necesaria para la educación superior y para cualquier Universidad, en tanto permite ejercer las libertades de cátedra, transmitir todo conocimiento que haya sido generado científicamente, y que goce de aceptación universal. La Universidad Nacional de Agricultura, ES DE HONDURAS porque crea, a pr en de, e investiga para Honduras; pero también a través de la ciencia, la tecnología y la cultura que produce y contribuye a que Honduras participe del o universal y se universal ice, tomando siempre en cuenta la dimensión centroamericana y Caribeña de la que forma parte. Sobre esta naturaleza y modelo de universidad se sustentan la misión, visión, valores y principios institucionales. Por su naturaleza única y particular, la Universidad Nacional de Agricultura representa por tradición y efectividad una figura emblemática de la gestión del conocimiento en el sector agrícola y afines como participante de la educación superior hondureña. Igualmente, constituye un vehículo idóneo para la formación de ciudadanos críticos, altamente representativos de la identidad nacional y de su cultura.

Articulo 9.-

) En el marco de la normativa aplicable a las instituciones de Educación Superior de Honduras, la Universidad U D I-D EG T-U N AH Nacional de Agricultura goza de libertad en el cumplimiento de sus funciones básicas. Dicha libertad incluye el pleno reconocimiento de su accionar académico, normativo, de gobierno, económico- financiero, y administrativo, así como la libertad de pensamiento y de cátedra, de conformidad con las leyes nacionales.

Articulo 10.-

) La función académica constituye la expresión más acabada de la razón de ser de la actividad universitaria, para lo cual la Universidad determina el marco más apropiado del proceso de enseñanza-aprendizaje. Ello implica el señalamiento y delimitación de los planes de estudios, programas de investigación, formas de ingreso y egreso de estudiantes, y otros. En todo caso, estas potestades se ejercen en el marco del régimen normativo establecido en la Ley de Educación Superior.

Articulo 11.-

) En consonancia con las Normas Académicas y la Ley de Educación Superior de Honduras, la Universidad Nacional de Agricultura tiene la potestad de crear sus normas internas (reglamentos) destinadas a estructurar, organizar, conducir y regular la institución. Además, tiene la potestad de administrar y disponer del patrimonio institucional, así como para fijar los criterios de generación y aplicación de los recursos, siguiendo los principios y lineamientos establecidos por el Estado para el uso transparente de los fondos públicos.

Articulo 12.-

) El ejercicio de las potestades indicadas en los artículos 9,10, y 11 de este Estatuto se rigen por las siguientes reglas: Son nulos y carecen de validez los acuerdos que las a) autoridades y los órganos de gobierno colegiados adopten siendo sometidos a actos de violencia física, psicológica o moral, y en general todos aquellos actos dictados al margen de la Ley; Las instalaciones de la Universidad Nacional de b) Agricultura deben utilizarse exclusivamente para el cumplimiento de sus fines, bajo responsabilidad de la respectiva autoridad universitaria; quienes les causen daños, las ocupen ilícitamente o impidan su uso serán denunciados ante las autoridades nacionales competentes; Las instalaciones de la Universidad Nacional de c) Agricultura a nivel nacional, son inviolables y su vulneración acarrea responsabilidad conforme a Ley; Bajo el régimen judicial nacional, la Policía Nacional d) y el Ministerio Público sólo pueden ingresar a las instalaciones universitarias por mandato judicial o a petición de autoridad competente de la institución; Cuando las autoridades universitarias tomen e) conocimiento de la presunta comisión de un delito, dan cuenta al Ministerio Público, para el inicio de las investigaciones a que hubiere lugar.

Articulo 13.-

) Conforme a su naturaleza nacional, descentralizada y dependiente del Sistema de Educación Superior, la Universidad Nacional de Agricultura puede gestionar su desarrollo científico y tecnológico en concordancia con la Constitución de la República, las políticas públicas del Estado, las leyes o normas internacionales aplicables, y la normativa del Sistema de Educación Superior de Honduras.

Articulo 14.-

) El domicilio legal y sede principal de la Universidad Nacional de Agricultura está en la ciudad de Catacamas, Km. 6 carretera al Municipio de Dulce Nombre de Culmí, en el Departamento de Olancho. Para un mejor cumplimiento de sus funciones y con la finalidad de incrementar su contribución al desarrollo integral de Honduras, además de la sede principal en Catacamas, la Universidad Nacional de Agricultura podrá crear centros regionales y unidades académicas especializadas descentralizadas en cualquier parte del territorio nacional, para lo cual deberá observar las regulaciones que las leyes aplicables establecen.

Articulo 16.-

) Los Centros Regionales de la Universidad conforman el Sistema de Centros Regionales y su unidad coordinadora tendrá el nivel jerárquico académico de una Dirección Normativa Académica y acompañada por los Decanos de las Facultades en la gestión del conocimiento;forman parte de la estrategia Institucional para responder amplia y satisfactoriamente a las demandas sociales y de desarrollo en las diferentes regiones del territorio nacional. Los centros regionales y las unidades especializadas desarrollarán una o más de las siguientes actividades: Docencia; a) Investigación e innovación; b) Vinculación universitaria y proyección social con las c) regiones de influencia; Producción de bienes y servicios propios del quehacer d) Universitario; Prestación de servicios de formación y capacitación e) permanente del talento humano institucional; y, Los demás que señale este Estatuto, su reglamento, y f) otros que se deriven de estos y que no se contrapongan a la misión y principios de la Universidad, así mismo que no puedan ser tergiversa dos. CAPÍTULO III DE LOS PRINCIPIOS, FINES Y FUNCIONES

Articulo 17.-

) Para cumplir con su misión o naturaleza, la organización interna de la Universidad y todas sus actuaciones serán establecidas con el propósito de desarrollar, consolidar y cumplir con los principios y fines institucionales.

Articulo 18.-

) La Universidad Nacional de Agricultura se rige por los siguientes principios: Humanismo y convivencia. a) La Universidad garantiza el respeto irrestricto a la dignidad humana y a los derechos de las personas. De igual manera, la Universidad reconoce el pluralismo y la divergencia, propios de las Universidades, y garantiza, dentro del ámbito Universitario, la libertad U D I-D EG T-U N AH de pensamiento y la libre expresión de ideas sin más limitaciones que el respeto mutuo y el derecho de terceros. Organización inteligente y una comunidad de b) aprendizaje. La Universidad sustenta su accionar en la era de la sociedad del conocimiento en donde se reconoce el valor de la participación de los diferentes actores sociales que la constituyen, aunando su pensamiento tácito con el explícito, aprovechando toda la fuerza intelectual, los conocimientos, y la experiencia de que dispone para evolucionar continuamente en beneficio de la transformación universitaria y el desarrollo humano sostenible. Respeto a la diversidad étnica y cultural. c) La Universidad reconoce la naturaleza pluriétnica y multicultural de la Comunidad Universitaria, de Honduras y Centro América, fomentando la promoción y el pleno respeto a la diversidad étnica y cultural en todas sus expresiones y manifestaciones culturales. Educación superior con inclusión e igualdad. d) La Universidad considera la educación como un bien común y un derecho humano fundamental, que se obtiene en base a méritos. La Universidad, en el marco de la normativa institucional, favorece el derecho a la educación superior sin discriminación de ninguna índole.Además,la inclusión con dignidad de los sectores menos favorecidos por razones económicas y culturales se garantiza mediante una oferta académica, políticas de admisión y programas de becas especialmente dirigidos a estos grupos en desventaja, sin menosprecio de la calidad educativa. Institucionalización de la meritocracia. e) La Universidad institucionaliza el mérito como una estrategia fundamental para alcanzar la excelencia en todos los ámbitos. Para ello, establece políticas y reglas claras que fomenten y profundicen la meritocracia académica como un elemento angular y permanente de reconocimiento y estímulo de los logros institucionales, académicos y profesionales de la Comunidad Universitaria. Libertad en el desarrollo de las funciones sustantivas. f) La Universidad Nacional de Agricultura fundamenta su actividad académica en el principio de libertad de investigación, de aprendizaje y de cátedra para favorecer el desarrollo integral del estudiante como fin superior. Universidad pertinente y transparente. g) La Universidad garantiza su compromiso social a través del desarrollo de la gestión del conocimiento mediante programas académicos, de docencia, de investigación y de vinculación que aborden y prioricen los grandes retos y problemas de Honduras y de la región Centroamericana aplicables al desarrollo del sector agrícola y áreas afines. En este accionar, la Universidad crea los mecanismos institucionales para fomentar una cultura de transparencia y rendición de cuentas ante la comunidad universitaria, el Estado, la sociedad en general y la comunidad académica internacional. Democracia institucional: h) La Universidad reconoce el valor fundamental de la democracia en el quehacer universitario. Para profundizar la democracia, la Institución promueve la más amplia participación de los diferentes actores de la Comunidad Universitaria en la vida institucional y en la conducción de la búsqueda de la transformación de la Universidad, y el respeto a la igualdad de género, credo, etnia, procedencia y equidad para el acceso a los diferentes cargos. Prob i) idad y ética. Es obligación de todo integrante de la Comunidad Universitaria actuar con honestidad, justicia y rectitud en el ejercicio de los derechos y deberes que la Institución le otorga, así como la correcta administración y tutela de los recursos bajo su responsabilidad. Prevalencia académica. j) La Universidad reconoce como propósito esencial de la Universidad el cumplimiento de la gestión del conocimiento, objetivo a cuyo servicio están la planificación institucional, la administración y ejecución presupuestaria, y en general todos sus procesos institucionales. Evaluación de la gestión y aprendizaje continuo. k) La Universidad cuenta con la política, mecanismos, y sistemas de indicadores de gestión y control de calidad de todas sus funciones que permitan la evaluación, aprendizaje, y el mejoramiento continuo de su labor sustantiva Institucional. Calidad educativa con sentido ético, cívico y de l) solidaridad social. Los procesos institucionales se desarrollan dentro de los más altos parámetros de calidad, implementando los modelos científicos administrativo- financieros, pedagógicos, métodos y metodologías que más contribuyan y faciliten el desarrollo institucional, el aprendizaje, e incorpora principios éticos, valores cívicos, de comunicación y de solidaridad social en todo su accionar. Legalidad e Idoneidad. m) La Universidad garantiza que las personas que se vinculen a la institución, en forma permanente o temporal, cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos por la Institución para el cumplimiento idóneo de las funciones para las cuales se contratan. De igual manera, sus miembros ejercerán sus funciones promoviendo la innovación y la creatividad, y procurando alcanzar los más altos estándares de desempeño en ellas. Conservación y mejoramiento ambie n) ntal y fomento del desarrollo sostenible. Mediante las diferentes formas de su quehacer sustantivo, la Universidad promueve la protección de los recursos naturales y el ambiente, a fin de asegurar su conservación para las futuras generaciones. U D I-D EG T-U N AH o. Internacionalización. La Universidad promueve ampliamente la movilidad estudiantil y docente, el desarrollo conjunto de programas con instituciones internacionales, la publicación científica y en general la participación de los miembros de la comunidad universitaria en espacios internacionales, como complemento a la misma, se incluye la integración al proceso docente educativo: los contenidos y formas de los programas de curso, métodos didácticos, sistemas evaluativos, investigación y extensión, criterios de calidad, concepto de pertinencia, cobertura y equidad.

Articulo 19.-

) Son fines de la Universidad Nacional de Agricultura los siguientes: Contribuir a la construcción de una sociedad plural y a) tolerante mediante el reconocimiento y respeto de la diversidad de creencias y corrientes de pensamiento, y la apertura universitaria para todos los sectores sociales, étnicos y culturales que conforman la sociedad hondureña; Crear, asimilar crítica mente, gestionar y difundir el b) conocimiento en los campos avanzados de las ciencias, la técnica, la tecnología, el arte y las humanidades a fin de contribuir a la transformación y desarrollo de la sociedad; Promocionar una cultura de la calidad en las distintas c) funciones de la Institución y de todos los actores de la Comunidad Universitaria, que orienten hacia la pertinencia, la transparencia y la rendición de cuentas ante los estudiantes, padres de familia, el Estado y la sociedad hondureña en la consecución de los fines y funciones de la Universidad; Formar profesionales e investigadores sobre una base d) integral que incluya aspectos científicos, éticos y humanísticos, dotándolos de una conciencia crítica e innovadora que guarde armonía con los requerimientos científicos y tecnológicos del desarrollo mundial, y que les faculte para atender de manera responsable, efectiva y creativa los retos y problemas que enfrenta la sociedad hondureña; Formar ciudadanos libres y con valores democráticos, e) comprometidos con la cohesión,el dialogo y entendimiento social, y respetuosos de la vida y los derechos humanos, como ciudadanos del mundo; Propiciar una cultura y ambiente institucional que estimule f) el desarrollo colectivo e individual de los integrantes de la Comunidad Universitaria, que promueva la calidad educativa, y que impulse el desarrollo de las ciencias, la tecnología, el arte y la cultura; P g) romover el desarrollo de la Comunidad Universitaria y de la comunidad académica nacional mediante el fomento de la colaboración interinstitucional con comunidades académicas y científicas nacionales e internacionales, promoviendo los espacios que vinculan los sistemas agrícolas, ambientales y agroindustriales, para compartir con instituciones de nivel superior experiencias de innovación y alta tecnología; Promover la investigación científica y tecnológica de alto h) nivel académico, para contribuir al mejoramiento de la vida social, cultural, política y económica del país y la región; Estudiar y analizar de manera sistemática y permanente i) la realidad nacional e internacional en el campo de pertinencia institucional, y a partir de ello ofrecer soluciones adecuadas a los problemas nacionales; Prestar apoyo y asesoría al Estado en materia científica, j) tecnológica, técnica, cultural y artística, con autonomía académica e investigativa para el fomento del desarrollo del sector agrícola y áreas afines del país; Contribuir a mejorar la calidad y acceso a la educación k) superior mediante la evaluación institucional permanente y la cooperación con otras universidades e instituciones nacionales e internacionales; Estimular el pensamiento complejo, la intra, inter l) y multi disciplinar iedad a través de la integración y colaboración entre los miembros de la Comunidad Universitaria y entre las diferentes unidades académicas; Vincular activa y dinámicamente a la Comunidad m) Universitaria con el Estado, la sociedad civil, la empresa privada, y otras formas organizativas, a fin de cumplir con la misión Institucional e incrementar la contribución de la misma con la sociedad; Promover el desarrollo humano y sostenible en el ámbito n) local, regional, nacional e internacional; Promover el debate teórico y pronunciarse sobre los o) problemas nacionales en los temas relacionados con su campo de acción; Coadyuvar en los procesos de desarrollo, modernización p) y mejoramiento técnico y tecnológico de los sectores productivos y desarrollar programas especiales para la formación y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, y las cadenas productivas en general; Promover y asumir compromisos concretos en temas q) nacionales prioritarios, particularmente en temas de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional, seguridad hídrica, cambio climático y gestión integral del riesgo a desastres; Generar y utilizar el conocimiento, bajo el enfoque de la r) gestión moral, en el campo avanzado de las ciencias, las técnicas, las tecnologías, el arte, la filosofía, el deporte, y; Proponer e implementar formulacion e s) s y soluciones pertinentes para el desarrollo científico y tecnológico del campo agrícola y áreas afines, a nivel nacional e internacional.

Articulo 20.-

) Son funciones de la Universidad Nacional de Agricultura, las siguientes: La gestión del conocimiento en las áreas de competencia a) de la Universidad; La formación universitaria, profesional, científica, b) tecnológica, humana y social de la población hondureña; U D I-D EG T-U N AH La investigación y el desarrollo de la innovación c) educativa y tecnológica; La vinculación de su accionar con la sociedad; d) El desarrollo de la Cultura, las Artes y el Deporte, para e) el desarrollo humano personal de los estudiantes, la formación de ciudadanía que permita la convivencia y cultura de respeto a los derechos humanos universales y la paz; La Internacionalización que propicie la formación del f) ciudadano del mundo; La Educación continua; g) La Educación permanente; h) La contribución al desarrollo humano mediante programas i) de educación abierta, el fomento a la convivencia y a la cultura de paz; y, Las demás que le señala la Constitución de la República, j) la Ley de Educación Superior, sus reglamentos y otras Leyes conexas.