Resolución No. 033-18 — Aprobación de la Regulación de Aeronáutica Civil de Honduras RAC-10 sobre Telecomunicaciones Aeronáuticas
Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC)
- Decreto: 033-18
- Publicación: 24 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC)
- Gaceta: 34,828
Considerandos
Que, la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONAUTICA CIVIL, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil en la República de Honduras, siendo competente para emitir, aprobar, revisar, reformar o derogar las Regulaciones Aeronáuticas Civiles (RAC), conforme lo señala el artículo 18, numeral 2) literal a) de la Ley de Aeronáutica Civil;
Que el artículo 4 del Reglamento de aplicación de la referida Ley, establece que la AHAC mediante resolución y con conocimiento de las personas naturales y jurídicas a quienes serán dirigidas, emitirá, revisará, derogará las Regulaciones Aeronáuticas Civiles (RAC); consta en autos, que se difundió a través de la página web de la AHAC durante un periodo de diez (10) días el texto del proyecto de la modificación de la tercera edición, de la “Regulación Servicios de Telecomunicaciones Aeronáuticas” -(RAC-10).
Que la modificación propuesta está referida a la necesidad de compatibilizar nuestras Regulaciones con los estándares internacionales prescritos por la Organización de Aviación Civil Internacional; particularmente con la Enmienda 90 Anexo 10 Volumen IV, Enmienda 91 Anexo 10 volumen I, Enmienda 91 Anexo 10 volumen II al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
Que, durante el período de difusión no han sido recibidos comentarios, ni sugerencias de los usuarios y administrados dentro del procedimiento de revisión de la RAC, entonces resulta necesario expedir el acto que apruebe el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica Civil de Honduras RAC 10.
Que, el texto de modificación de RAC 10 cuenta con la opinión favorable del Departamento de Asesoría Técnico Legal
Articulos
Aprobar el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica Civil de Honduras - RAC 10 “TELECOMUNICACIONES AERONAUTICAS”, TERCERA EDICION la cual incluye la Enmienda 90 Anexo 10 Volumen IV, Enmienda91Anexo10volumenI,Enmienda91Anexo10volumen II al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, la cual forma parte integrante de la presente resolución.- SEGUNDO: Dejar sin efecto los anteriores textos de la RAC 10 que se opongan a la presente resolución. TERCERO: Para disposición de los usuarios, la Sección de Biblioteca Técnica queda facultada para realizar las modificaciones de forma del presente documento sin alterar las disposiciones de fondo contenidas en el mismo. CUARTO: Las Circulares Conjuntas de Asesoramiento, serán aprobadas mediante autorización del suscrito y deben ser adjunta das a la Regulación por este acto aprobada COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. LIC. WILFREDO LOBO REYES DIRECTOR EJECUTIVO ABOG. CARMEN MARIA MARADIAGA L. SECRETARIA ADMINISTRATIVA “REGULACION DE AERONAUTICA CIVIL RAC 10 “TELECOMUNICACIONES AERONAUTICAS TABLA DE CONTENIDOS Portada. Sistema de Edición y Enmienda. Registro de Ediciones y Revisiones. Preámbulo. Lista de páginas efectivas. Tabla de Contenidos. Definiciones y abreviaturas. Sección 1 requisitos. SUBPARTE A ESPECIFICACIONES GENERALES RAC 10.005 Efectividad. RAC 10.010 Aplicabilidad. RAC 10.015 Responsabilidades. SUBPARTE B GENERALIDADES RAC 10.020 Efectividad.
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