VigenteCategoria: AdministrativoTipo: Acuerdo

Tarifario-cca-ccit

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Resumen

Este tarifario establece los costos que cobra el Centro de Conciliación y Arbitraje de la CCIT por resolver conflictos comerciales. Define honorarios para conciliadores y árbitros, gastos administrativos, y servicios adicionales, con tarifas que varían según el monto del litigio. Aplica a empresas y personas que usen estos servicios para resolver disputas.

Texto completo

  AApprroobbaaddaass ppoorr llaa JJuunnttaa D Diirreeccttiivvaa ddee llaa CCCCIITT eenn sseessiióónn ddee ffeecchhaa 2299 ddee ffeebbrreerroo ddee 22001166.. TARIFAS DE LA CONCILIACION CCA CCIT GASTOS DE ADMINISTRACION: El Centro de Conciliación y Arbitraje de la CCIT, aplicará la siguiente tabla de tarifas para los procedimientos de conciliación, tomando como base la cuantía estimada del conflicto: Hasta Lps 100,000.00 la suma fija de Lps. 1,400.00 De Lps 100,001.00 a Lps 250,000.00 …………………….. Lps. 1,500.00 De Lps 250,001.00 a Lps 500,000.00 …………………….. Lps. 2,000.00 De Lps 500,001.00 a Lps 1,000,000.00 ……………………. Lps. 3,000.00 De Lps 1,000,001.00 a Lps . 10,000,000.00 la cantidad .............. Lps. 4,500.00 De Lps 10,000,001.00 en adelante el 0.05% Hasta un máximo de …... Lps. 11,000.00 En caso de cuantía indeterminada, el valor será el de la tarifa mínima incrementada en la mitad. * El costo de Gastos de Administración no incluye ISV. HONORARIOS DEL CONCILIADOR: Se establece para el conciliador la siguiente tarifa de honorarios, tomando como base la cuantía estimada del conflicto: Hasta Lps 100,000.00 la suma fija de Lps. 1,400.00 De Lps 100,001.00 a Lps 200,000.00 la suma fija de Lps. 2,500.00 De Lps 200,001.00 a Lps 550,000.00 la suma fija de Lps. 3,000.00 De Lps 550,001.00 a Lps 1,000,000.00 la suma fija de Lps. 3,500.00 De Lps 1,000,001.00 en adelante, la suma fija de Lps. 5,500.00 Si de común acuerdo las partes y el conciliador deciden efectuar más de tres sesiones, por cada sesión adicional los honorarios del conciliador y gastos de administración, se incrementarán en un 5% de la tarifa total resultante. Si se trata de asuntos de cuantía indeterminada, se aplicará la tarifa mínima incrementada en la mitad, sin perjuicio del acuerdo a que puedan llegar si deciden efectuar más de tres sesiones. En este último caso, si en el transcurso del procedimiento de conciliación se lograse determinar la cuantía o si tuviese trascendencia o consecuencia económica, se reajustarán los honorarios y gastos administrativos a las tarifas de acuerdo a la cuantía determinada. El monto total de los gastos administrativos y los honorarios del conciliador deberán cancelarse antes de la celebración de la primera audiencia de conciliación. -- 1 of 3 --   AApprroobbaaddaass ppoorr llaa JJuunnttaa D Diirreeccttiivvaa ddee llaa CCCCIITT eenn sseessiióónn ddee ffeecchhaa 2299 ddee ffeebbrreerroo ddee 22001166.. TARIFAS DEL ARBITRAJE CCA CCIT HONORARIOS POR ÁRBITRO: Para fijar los honorarios de los árbitros, se establece la siguiente tarifa, tomando como base las pretensiones patrimoniales de las partes en la cuantía estimada del litigio: Hasta L.150,000.00 las suma fija de L.4,000.00, si es más de un árbitro L.3,000.00 cada uno. L. 150,001.00 a L. 500,000.00.... 2% mínimo L. 3,000.00 L. 500,001.00 a L. 1,000,000.00.. 1.5% mínimo L. 10,000.00 L. 1,000,001.00 a L. 5,000,000.00.. 1% mínimo L. 15,000.00 L. 5,000,001.00 a L.20,000,000.00 .75% mínimo L. 50,000.00 L.20,000,001.00 en adelante.................. .5% mínimo L.150,000.00 máximo L.300,000.00 GASTOS ADMINISTRATIVOS: Para fijar los gastos de administración de los tribunales de arbitramento, a favor del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa, se establece la siguiente tarifa la cual toma como base la cuantía estimada del litigio: Hasta L.150,000.00 las suma fija de L.3,000.00. L. 150,001.00 a L. 500,000.00.... 2% mínimo L. 3,000.00 L. 500,001.00 a L. 1,000,000.00.. 1.5% mínimo L. 10,000.00 L. 1,000,001.00 a L. 5,000,000.00.. 1% mínimo L. 15,000.00 L. 5,000,001.00 a L.20,000,000.00 .75% mínimo L. 50,000.00 L.20,000,001.00 en adelante................ .5% mínimo L.150,000.00 máximo L.300,000.00 * El costo de Gastos de Administración no incluye ISV. CUANTIA INDETERMINADA: En caso de cuantía indeterminada el valor será el de la tarifa mínima, incrementada en la mitad. En este último caso, si en el transcurso del procedimiento de arbitraje se lograse determinar la cuantía o si tuviese trascendencia o consecuencia económica, se reajustarán los honorarios o gastos administrativos a las tarifas de acuerdo a la cuantía determinada. HONORARIOS DE SECRETARIOS DE TRIBUNALES DE ARBITRAMENTO: Los honorarios del Secretario del Tribunal Arbitral, serán del 50% de los honorarios correspondientes a un árbitro, hasta un máximo de L. 100,000.00. -- 2 of 3 --   AApprroobbaaddaass ppoorr llaa JJuunnttaa D Diirreeccttiivvaa ddee llaa CCCCIITT eenn sseessiióónn ddee ffeecchhaa 2299 ddee ffeebbrreerroo ddee 22001166.. TARIFAS DEL RECURSO DE NULIDAD CCA CCIT HONORARIOS POR ÁRBITRO: Los honorarios de los árbitros que conocerán del Recurso de Nulidad a que se refiere la Ley de Conciliación y Arbitraje y el Reglamento de este Centro de Conciliación y Arbitraje, serán del 30% de los honorarios correspondientes a los árbitros que conocieron del fondo del asunto. GASTOS ADMINISTRATIVOS: Los gastos de administración de los tribunales de arbitramento que conocerán del Recurso de Nulidad, a favor del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa, serán del 30% de los Gastos Administrativos correspondientes por la administración del tribunal de arbitramiento que conoció del fondo del asunto. * El costo de Gastos de Administración no incluye ISV. HONORARIOS DE SECRETARIOS DE TRIBUNALES DE ARBITRAMENTO: Los honorarios del Secretario del Tribunal Arbitral que conocerá del Recurso de Nulidad, serán del 30% de los honorarios correspondientes al secretario del Tribunal Arbitral que conoció del fondo del asunto. TARIFAS POR EMISION DE CONSTANCIAS Y COPIAS CERTIFICADAS CCA CCIT EMISION DE CONSTANCIA: La tarifa por emisión de constancia que se le requiera al Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa, será de doscientos Lempiras exactos (L.200.00). EMISION DE COPIAS CERTIFICADAS: La tarifa por emisión de copias certificadas que se le requiera al Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa, será de trescientos Lempiras exactos (L.300.00) hasta por 10 páginas, y por cada página en exceso se deberá cancelar además la cantidad de veinte lempiras exactos (L.20.00). * Las tarifas por emisión de constancias y copias certificadas no incluye ISV. *Las tarifas por emisión de constancias y copias certificadas se aplicarán en los casos en los que el Tribunal Arbitral haya cesado en sus funciones.  Las tarifas para otros servicios que presta el Centro de Conciliación y Arbitraje y que no se encuentran establecidas en este tarifario serán determinadas por la Comisión de Arbitraje. -- 3 of 3 --

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