Certificación No. 2017-19996 — Registro de Marca de Fábrica ECLAT
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2017-19996
- Publicación: 29 de diciembre de 2017
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 34,529
- Categoria: Mercantil
Texto completo
AADVANTAGE 1/ Solicitud: 2017-19996 2/ Fecha de presentación: 08-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR 4/ Solicitante: ECLAT GROUP CORPORATION 4.1/ Domicilio: 3401 NW 82 Avenue, #105G Doral, Florida, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FLORIDA
- B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECLAT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Motores para automóviles; dispositivos de suspensión para automóviles, específicamente coilovers; componentes de sistema de suspensión para automóviles, específicamente perchas de resortes; ejes para sistemas de suspensión neumática en vehículos; kits de reparación de cilindros de freno, vendidos como una unidad para vehículos terrestres; cilindros de freno; discos de freno; discos de freno para vehículos; tambores de freno para vehículos terrestres; tambores de freno para vehículos; pastillas de freno para vehículos terrestres; rotores de freno para vehículos terrestres; zapatos de freno para vehículos terrestres; sistemas de freno para vehículos; frenos para carros de motor; frenos para vehículos; soportes de motor para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres; frenos de disco hidráulicos, frenos de llanta hidráulicos; kits de reconstrucción de motor de vehículo terrestre, vendido como unidad, partes de suspensión de vehículos terrestres, específicamente muelles espirales; partes de suspensión de vehículos terrestres, específicamente ecualizadores; partes de suspensión de vehículos terrestres, específicamente muelles de ball esta; partes de suspensión de vehículos terrestres, específicamente barras de torsión/ oscilantes; cilindros de freno principal; motores para vehículos terrestres; sistemas de suspensión para automóviles y camiones; partes de vehículos, específicamente puntales de suspensión; suspensión de llantas; cilindros de motor para vehículos terrestres; bombas de combustible para vehículos terrestres; correas de distribución para motores de vehículos terrestres; bombas de agua para vehículos terrestres. 8.1/ Página Adicional:
- D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.
- E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-11-2017. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2017 y 16 E. 2018. ECLAT
Leyes relacionadas
- Resolución No. 189-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica y aprobación de estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Comunidad de Campana — Esta resolución otorga personalidad jurídica a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de Campana, Puerto Cortés, permitiéndole funcionar como organización sin fines de lucro para administrar, operar y mantener el sistema de agua potable comunitario. La junta estará gobernada por una asamblea de usuarios y una junta directiva de 7 miembros que recaudarán tarifas, gestionarán fondos y realizarán labores de educación sanitaria en la comunidad. (Decreto 189-2017, 2018)
- Acuerdo No. CU-E-063-05-2024 — Política de Inclusión y Equidad en la Educación Superior para la Cohesión Social (PIES-UNAH) — La UNAH aprobó una política institucional que garantiza educación superior inclusiva y equitativa para toda su comunidad (estudiantes, docentes, personal administrativo). Busca eliminar barreras de discriminación por género, discapacidad, origen étnico u orientación sexual mediante acceso equitativo, apoyo integral, formación inclusiva y evaluación continua. Beneficia especialmente a grupos vulnerables. (Decreto CU-E-063-05-2024, 2024)
- Acuerdo No. 007-2017 — Límites de gastos de campaña para las Elecciones Generales 2017 — Este acuerdo del Tribunal Supremo Electoral establece los límites máximos que pueden gastar los partidos políticos y candidatos en sus campañas electorales para las elecciones generales de 2017. Define montos específicos permitidos según el tipo de cargo a elegir (presidente, diputados, etc.). La norma busca garantizar equidad electoral y transparencia en el uso de recursos durante las campañas. (Decreto 007-2017, 2017)
- Acuerdo No. 007-2017 — Límites de gastos de campaña para elecciones generales 2017 — Este acuerdo establece los límites máximos de gasto que pueden hacer los partidos políticos y candidatos en sus campañas para las elecciones generales de 2017. Afecta a todos los partidos políticos y candidatos, y busca garantizar transparencia y equidad en la competencia electoral controlando cuánto dinero se invierte en campaña según el tipo de cargo (presidencial, diputados, etc.). (Decreto 007-2017, 2017)
- Acuerdo No. 007-2017 — Límites de gastos de campaña para Elecciones Generales 2017 — Este acuerdo establece los límites máximos de gasto que pueden hacer los candidatos y partidos políticos en sus campañas para las Elecciones Generales de 2017. El Tribunal Supremo Electoral fija estos montos diferenciados según el tipo de cargo a elegir (presidencia, diputados, municipalidades) para garantizar transparencia y equidad en las contiendas electorales. (Decreto 007-2017, 2017)